18º Juzgado Civil de Santiago

REYES/CERDA

Rol

C-6986-2021

Fecha

14 de abril de 2022

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece don Luis Humberto Reyes Farías, contador, domiciliado en Avenida El Salvador n°1995, comuna de Ñuñoa y deduce demanda en juicio sumario de cese de uso gratuito de bien común en contra de doña Claudia Rosa Cerda Becerra, ignora profesión u oficio, domiciliada en calle Joaquín Godoy n°107, comuna de La Reina. Funda la demanda en que es dueño de derechos en el inmueble ubicado en calle Joaquín Godoy n°107, comuna de La Reina, singularizado en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago como propiedad ubicada en calle Palermo, hoy calle Joaquín Godoy número ciento 107, formada por los sitios números treinta y seis y treinta y siete, comuna de La Reina, inscrito a fojas 71492, número 102425, y a fojas 76291, número 109437, ambos correspondientes al Registro de Propiedad del año 2016. Señala que estos derechos fueron adquiridos por cesión de derechos de doña Denisse Michelle Jiménez Cerda, según escritura de fecha 29 de junio de 2016, otorgada en la Notaría de don Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, bajo el repertorio 3148-2016, y por don Jorge Enrique Reyes Farías, según escritura de fecha 13 de septiembre de 2016 otorgada en la misma Notaría bajo el repertorio 4829-2016. Menciona que la demandada adquirió derechos por sucesión por causa de muerte de su padre, don Juan Roberto Cerda Castillo, según Resolución Exenta n°7237, de fecha 20 de marzo de 2008, del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación, la inscripción de Posesión Efectiva la cual se practicó a fojas 7850, n°12510 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009. Por su parte, la inscripción especial de herencia referente al inmueble de marras se practicó a fojas 7851, n°12511 del Registro de Propiedad y año mencionado. C-6986-2021 Foja: 1 Refiere que la comunidad de la cual forma parte se encuentra indivisa y que el derecho a poner término al goce gratuito de alguno o algunos de los comuneros sobre la cosa común puede ejercerse

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Que, don Luis Humberto Reyes Farías, contador, domiciliado en Avenida El Salvador n°1995, comuna de Ñuñoa y deduce demanda en juicio sumario de cese de uso gratuito de bien común en contra de doña Claudia Rosa Cerda Becerra, ignora profesión u oficio, domiciliada en calle Joaquín Godoy n°107, comuna de La Reina, conforme los argumentos fácticos y jurídicos ya reseñados en la parte expositiva de esta sentencia, solicitando en definitiva se ordene el cese del uso y goce gratuito en el inmueble ya singularizado, con costas. En cuanto a la Excepción de Incompetencia Absoluta. 2°) Que, la parte demandada procedió a oponer la excepción de incompetencia absoluta del tribunal, la que hizo consistir, en síntesis, en que este Juzgado es incompetente para conocer de la acción deducida debido a que el cese de goce gratuito debe ser conocido y resuelto por un juez árbitro. 3°) Que, a fin de acreditar la incompetencia alegada, el demandado acompañó la siguiente prueba instrumental: copia de demanda de designación de árbitro y su proveído, dictado por el 29° Juzgado Civil de Santiago en los autos rol C-9247-2021, caratulados Cerda con Reyes; y copia de impresión de pantalla de conversación emanada de la aplicación para dispositivos móviles “whatsapp”. 4°) Que, de los documentos singularizados en el considerando anterior, no objetados, es posible entender que existe entre las partes la provocación a un juicio particional, ello mediante la solicitud de nombramiento de juez partidor. Por consiguiente, existen antecedentes graves, precisos y concordantes de la existencia de un eventual juicio particional relativo a una masa hereditaria respecto de la cual el inmueble objeto de la demanda de autos forma parte, razón por la cual y conforme lo previsto en el artículo 227 n°2 del Código Orgánico de Tribunales es competencia del juez árbitro la partición de bienes, motivo suficiente para que esta Magistrado acoja la excepción de incompetencia alegada, como se dirá en lo resolutivo. C-6986-2021 Foja: 1 5°) Que, habiéndose acogido la excepción de incompetencia, no se hará pronunciamiento respecto del fondo del asunto. 6°) Que, los demás antecedentes allegados y no pormenorizados en nada alteran lo que se ha venido diciendo.

Fallo

en mérito de lo expuesto y dispuesto en normas legales que cita, solicitando tener por interpuesta demanda en juicio sumario en contra de doña Claudia Rosa Cerda Becerra, ya individualizada, y en definitiva acoger la acción deducida, ordenado el cese del uso y goce gratuito en el inmueble ya singularizado, con costas. Con fecha 22 de noviembre de 2021, se llevó a efecto la audiencia de estilo con la sola asistencia de la parte demandada. En dicha oportunidad, el demandado procedió mediante minuta a escrita a oponer la excepción de incompetencia del Tribunal en virtud de los siguientes fundamentos. Afirma que este Tribunal es incompetente, de incompetencia absoluta, para conocer de la acción deducida ya que se infringen los artículo 654 y 655 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 1 y 108 del Código Orgánico de Tribunales, debido a que la materia de autos sometida a conocimiento del tribunal corresponde de forma privativa y exclusiva al juez particional, ello en atención a la causa a pedir del demandante. Indica que el cese del uso y goce gratuito de la cosa común debe ser resuelta por un juez partidor, al efecto, menciona que realizó petición de designación de juez partidor, por lo que este tribunal carece de competencia por disposición del artículo 227 n°2 del Código Orgánico de Tribunales, la cual se encuentra en tramitación ante el 29° Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol 9247-2021, caratulados Cerda con Reyes. Atendida la rebeldía antes

Texto Completo (Preview)

C-6986-2021 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6986-2021 CARATULADO : REYES/CERDA Santiago, catorce de Abril de dos mil veintid só VISTOS: Comparece don Luis Humberto Reyes Farías, contador, domiciliado en Avenida El Salvador n°1995, comuna de Ñuñoa y deduce demanda en juicio sumario de cese de uso gratuito de bien común en

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica