QUISPE/
Rol
V-284-2021
Fecha
14 de abril de 2022
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Que compareció Abel Rembert Quispe Condori, químico farmaceutico, domiciliado en Fontana Rosa N° 7077, departamento 801, comuna de Las Condes, solicitando se ordene la rectificación de su partida de nacimiento, mediante el cambio de su apellido, pasando a llamarse para todos los efectos legales y administrativos como “Abel Rembert Sáez Condori” y, además, se ordene que se practiquen las inscripciones y subsinscripciones que corresponda en el Registro respectivo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Señala que sufre un gran desmedro moral por su apellido, habiendo sido víctima de bullyng durante su etapa formativa, razón por la que se ha hecho conocer hace más de 5 años como Abel Rembert Saéz Condori. Fundamentó la demanda en lo preceptuado en el artículo 1° letra b) de la Ley N°17.344 y solicita lo ya referido. En un otrosí de su presentación solicita que se haga extensiva la rectificación del cambio de nombre solicitado a la partida de nacimiento de su hijo menor de edad, Matías Sebastián Quispe Parrado, inscrito con el N° 3.333, del Registro de Nacimientos de la circunscripción de Vitacura, del año 2021. En los autos se recepcionó oficio por parte del Servicio de Registro Civil e Identificación, informando que la inscripción de nacimiento N°2040, Registro NER, año 2021, de la Circunscripción de Santiago, corresponde a Abel Rembert Quispe Condori, consignándose en el rubro correspondiente al padre a Martin Severo Quispe Mamani y al de madre a doña Paulina Condori. En el mismo oficio se hizo presente que los extranjeros, como el solicitante de autos, se les otorga cédula de identidad conforme a los nombres y apellidos registrados en su documentación válida y vigente para ingresar al país. El 23 de noviembre de 2021, se llevó a efecto la información sumaria de testigos, con la comparecencia de Alfonso Flores Ramírez y María Mirela Pereira Salas, quienes dieron cuenta que la solicitante, hace más de cinco años a esta fecha, que se ha hecho conoc
Fundamentos
Considerando: Primero: Que ha comparecido Abel Rembert Quispe Condori, solicitando que se ordene la rectificación de su partida de nacimiento, mediante el cambio de orden de sus apellidos, pasando a llamarse para todos los efectos legales y administrativos “Abel Rembert Sáez Condori” Segundo: Que para resolver el asunto sometido a conocimiento de este sentenciador y con el objeto de dar estricto cumplimiento a la Ley N°17.344, se tuvo presente la siguiente prueba documental que obra en autos: 1.- Certificado de nacimiento del solicitante; 2.- Certificado de nacimiento del hijo menor de edad del solicitante 3.- Publicación electrónica realizada en el Diario Oficial con fecha 1 de diciembre de 2022, del extracto de la solicitud tramitada en la presenta causa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley 17.344. Tercero: Que la solicitante rindió información sumaria respecto de los testigos Alfonso Flores Ramírez y María Mirela Pereira Salas, quienes dieron cuenta que la solicitante hace más de cinco años a esta fecha que se ha hecho conocer por sus parientes, amistades y por toda persona, como Abel Rembert Sáez Condori. Cuarto: Que, a su tiempo, el Servicio de Registro Civil manifestó que resulta conveniente modificar la partida señalada, agregando que la solicitante no registra anotaciones en el Registro General de Condenas, remitiendo el extracto de filiación y antecedentes que dan prueba de ello. Quinto: Que, si bien el peticionario es extranjero, de nacionalidad boliviana, el artículo 1° de la Ley N°17.344 le otorga legitimidad activa para efectuar la solicitud de autos a cualquier persona, sin hacer distinción respecto a si se refiere a nacionales o extranjeros con residencia en Chile. Refuerza la conclusión anterior el hecho que la referida ley, en su artículo 3, inciso segundo, establece que: “tratándose de personas nacidas en el extranjero y cuyo nacimiento no está inscrito en Chile, será necesario proceder previamente a la inscripción del nacimiento en el Registro de la Primera Sección de la comuna de Santiago”, gestión ya efectuada por el peticionario de autos al encontrarse su nacimiento inscrito bajo el número N°2040, Registro NER, año 2021, de la Circunscripción de Santiago. No obstante lo anterior, es menester poner de relieve que para los efectos de la emisión de la cédula de identidad de extranjeros en Chile por parte del Servicio de Registro Civil e Identificación, se efectúa sobre la base de los términos expuestos en el documento válido con el que ingresó al país, pasaporte o cédula de identidad de su país de origen, donde conste su nombre y nacionalidad. Por lo anterior, la concesión de una solicitud como la formulada en estos autos, si bien es tramitada bajo la normativa chilena, sólo surtirá plenos efectos una vez ejecutada en el país de su inscripción de nacimiento, lo que de acuerdo al artículo 314 del Código de Bustamante, será bajo la Ley de cada Estado, y una vez ejecutada en su país de origen podrá surti
Fallo
se decide: I. Que se acoge la petición efectuada por la solicitante y se ordena rectificar la partida de nacimiento de Abel Rembert Quispe Condori, en el sentido de cambiar el su nombre, debiendo quedar inscrito con el nombre de “Abel Rembert Sáez Condori”. II. Se ordena rectificar la inscripción de nacimiento N°3333 del año 2021 de la circunscripción Vitacura, correspondiente a Matías Sebastián Quispe Parrado, en el sentido de modificar su nombre como “Matías Sebastián Saéz Parrado” y consignar el nombre de su padre como “Abel Rembert Saéz Condori”. III.- Que, asimismo, el cumplimiento de la sentencia deberá efectuarse ante el país de origen del solicitante, a fin de que produzca plenos efectos en Chile y se rectifique la inscripción de nacimiento N° 2040, Registro NER, del año 2021, de la Circunscripción de Santiago. Para tales efectos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 del Código de Derecho Internacional Privado, el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile deberá remitir, gratuitamente, certificación literal y oficial al país del interesado de la inscripción ordenada realizar en esta sentencia, por la vía diplomática, debiendo informar oportunamente a este tribunal sobre el cumplimiento de lo ordenado, sin perjuicio de la facultad que tiene el interesado, por la vía del exequátur, en su país de origen, conforme lo autoriza el artículo 314 del referido cuerpo normativo, para solicitar el cumplimiento de esta sentencia y obtener prontamente su
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-284-2021 CARATULADO : QUISPE/ Santiago, catorce de abril de dos mil veintidós. Visto: Que compareció Abel Rembert Quispe Condori, químico farmaceutico, domiciliado en Fontana Rosa N° 7077, departamento 801, comuna de Las Condes, solicitando se ordene la rectificación de su partida de nacimiento, mediante el camb
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