MORENO/DURÁN
Rol
M-633-2022
Fecha
10 de febrero de 2023
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 5 al 11, 54 al 58, 132, 133, 138, 172,173 y 420 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que se acoge la demanda en cuanto se declara la existencia de una relación laboral ente don Francisco Andrés Moreno Moreno y don Guigui Marcelo Duran Baldo entre el 1 de mayo de 2021 y 20 el septiembre de 2022. II. Que se declara que la relación laboral terminó por despido incausado, y, en consecuencia, se condena al demandado al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: 1. La indemnización sustitutiva del aviso previo por $650.000; 2. La indemnización por un año de servicio por $650.000; 3. La compensación del feriado legal por $234.990, y del feriado proporcional por $151.662; III. Que el demandado deberá pagar al demandante las cotizaciones previsionales en AFP Hábitat, de Salud en FONASA y de seguro de cesantía en AFC, del periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2021 y el 20 de septiembre de 2022,
Fundamentos
CONSIDERANDO
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 5 al 11, 54 al 58, 132, 133, 138, 172,173 y 420 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que se acoge la demanda en cuanto se declara la existencia de una relación laboral ente don Francisco Andrés Moreno Moreno y don Guigui Marcelo Duran Baldo entre el 1 de mayo de 2021 y 20 el septiembre de 2022. II. Que se declara que la relación laboral terminó por despido incausado, y, en consecuencia, se condena al demandado al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: 1. La indemnización sustitutiva del aviso previo por $650.000; 2. La indemnización por un año de servicio por $650.000; 3. La compensación del feriado legal por $234.990, y del feriado proporcional por $151.662; III. Que el demandado deberá pagar al demandante las cotizaciones previsionales en AFP Hábitat, de Salud en FONASA y de seguro de cesantía en AFC, del periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2021 y el 20 de septiembre de 2022, considerando una remuneración mensual de $650.000. IV. El demandado deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde el despido ocurrido el 20 de septiembre de 2022 hasta la convalidación de este, considerando una remuneración de $650.000. V. Que se condenada en costas a la demandada, regulándose las personales en $200.000. VI.- Que la sumas ordenadas pagar deberán serlo con los intereses y reajustes establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Ejecutori
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 10 DE FEBRERO DE 2023 RUC 22-4-0444221-3 RIT M-633-2022 MAGISTRADA KAREN ALFARO LOPEZ ADMINISTRATIVA DE ACTAS YENIFER RASJIDO GUTIERREZ SALA 4 HORA DE INICIO 08:44 HORA DE TERMINO 11:04 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240444221-3-1337 PARTE DEMANDANTE FRANCISCO ANDRÉS MORENO MORENO ABOGADO NIKOLÁS IGNACIO
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