11º Juzgado Civil de Santiago

GUZMÁN/

Rol

V-157-2021

Fecha

13 de abril de 2022

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Comparece Nicolás Ulloa Picasso, abogado, en representación convencional de doña Carolina Guzmán Cruzat, chilena, casada y separada de bienes, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 11.841.879-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Magdalena N° 140, piso 23, comuna de Las Condes. Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil y 1386 y siguientes del Código Civil, viene en solicitar autorización para que doña Carolina Guzmán Cruzat, done a sus hijos, la suma total de $ 2.198.000.000 (dos mil ciento noventa y ocho millones de pesos), en dinero en efectivo, de acuerdo al siguiente detalle: 1.- A Cornelio Saavedra Guzmán, chileno, soltero, estudiante, mayor de edad, cédula nacional de identidad N° 19.525.375-7. 2.- A Carolina Saavedra Guzmán, chilena, soltera, estudiante, mayor de edad, cédula nacional de identidad N° 19.958.285-7. 3.- A Tomas Saavedra Guzmán, chileno, soltero, estudiante, mayor de edad, cédula nacional de identidad N° 20.471.937-3. 4.- A Maria José Saavedra Guzmán, chilena, soltera, estudiante, mayor de edad, cédula nacional de identidad N° 20.471.938-1. 5.- A Santiago Saavedra Guzmán, chileno, soltero, estudiante, mayor de edad, cédula nacional de identidad N° 21.070.867-7. 6.- A Juan Pablo Saavedra Guzmán, chileno, soltero, estudiante, menor de edad, cédula Foja: 1 nacional de identidad N° 21.900.382-K, sujeto a patria potestad de sus padres, Carolina Guzmán Cruzat, ya individualizada, y Cornelio Jorge Saavedra Correa, cedula nacional de identidad número 7.010.918-2. 7.- A Ana Saavedra Guzmán, chilena, soltera, estudiante, menor de edad, cédula nacional de identidad N° 22.655.686-9, sujeta a patria potestad de sus padres, Carolina Guzmán Cruzat, ya individualizada, y Cornelio Jorge Saavedra Correa, cedula nacional de identidad número 7.010.918-2. Las donaciones cuya autorización se requiere, se harán como mera liberalidad y en forma irrevocable por la suma total

Fundamentos

considerando en especial su participación en sociedades según detalle de los documentos que se acompañara. Hace presente que en consideración al valor total del patrimonio de la donante, la donación cuya autorización solicita, no vulneraría los derechos de sus herederos no contravendría disposición legal alguna, especialmente debido a que ellos son donatarios de la donación que por esta solicitud se pretende. Foja: 1

Fallo

Por tanto, previas citas legales de los artículos 1386 y siguientes del Código Civil y 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil, solicita se conceda autorización para efectuar las donaciones indicadas. En el primer otrosí acompaña certificado de nacimiento y de matrimonio de la donante y certificado de nacimiento de los donatarios. Copia de inscripción con vigencia de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Dalí Limitada, que rola a fojas 29431 número 21834 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces del año 2004. Copia de escritura de constitución de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Dalí Limitada, de fecha 6 de septiembre de 2004, otorgada en la Notaria de Santiago, de doña Antonieta Mendoza Escalas, que acredita que doña Carolina Guzmán Cruzat participa directamente en un 90% de los derechos de la sociedad. Copia de balance de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Dalí Limitada, al mes de diciembre de 2020, en el que se acredita que el patrimonio de la sociedad corresponde a más de $ 4.800.000.000. Con fecha 16/08/2021 se rinde información sumaria con la declaración de los testigos Adriana Capobianco May Zaidan y Frieda Ximena Inga Cortez, quienes bajo juramento, señalan conocer a la donante hace más de 3 y 2 años respectivamente por razones profesionales, dan cuenta de su situación patrimonial de $ 7.000.000.000, y la donación no va afectar su diario vivir, ni subsistencia, ni la de su cónyuge e hijos, ya que su haber es de tal magnitud que dichas

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Foja: 1 FOJA: 12 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-157-2021 CARATULADO : GUZM N/Á Santiago, trece de Abril de dos mil veintid só Vistos: Comparece Nicolás Ulloa Picasso, abogado, en representación convencional de doña Carolina Guzmán Cruzat, chilena, casada y separada de bienes, factor de comercio, cédula nacional de identidad número 11.841.87

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