4º Juzgado de Letras de Talca

HELMO/TESORERÍA PROVINCIAL DE CURICO

Rol

C-1290-2021

Fecha

13 de abril de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que bajo el folio 1 y con fecha 28 de julio de 2021, comparece don MARCELO ALEJANDRO LITTIN CURINAO, abogado, en representaci n convencional de donó DARIO ENRIQUE HELMO MALDONADO, dependiente, ambos domiciliados en Portal Norte tres, torre C N 301, comuna y ciudad de Talca, e interpone demandaº declarativa de Prescripci n Extintiva, en juicio de hacienda en contra de la Tesorer aó í Provincial de Curic (FISCO DE CHILE), representada por el abogado Provincial deó Tesorer a, don Hern n Gonz lez Castro, ambos domiciliados en calle Carmen N 560,í á á º Tercer Piso, Curic , a fin se declare prescrita la acci n de cobro del fisco, de lasó ó supuestas obligaciones contenidas en los Formularios 21 folio 289169 fecha de vencimiento 12 de agosto de 2010; formulario 21 folio 289173 fecha de vencimiento 12 de diciembre de 2010; formulario 21 folio 289175 fecha de vencimiento 12 de enero de 2011; formulario 21 folio 289177 fecha de vencimiento 12 de octubre de 2011; formulario 21 folio 289179 fecha de vencimiento 12 de noviembre de 2011; formulario 21 folio 289183 fecha de vencimiento 12 de diciembre de 2011; formulario 21 folio 289255 fecha de vencimiento 12 de enero 2012; formulario 21 folio 289289 fecha de vencimiento 12 de mayo 2012; formulario 21 folio 289293 fecha de vencimiento 12 de junio de 2012; formulario 21 folio 289301 fecha de vencimiento 12 de julio de 2012; formulario 21 folio 289307 fecha de vencimiento 12 de septiembre de 2012; formulario 21 folio 1338367 fecha de vencimiento 13 de febrero de 2012; formulario 21 folio 1338371 fecha de vencimiento 12 de marzo de 2012; ascienden a la suma total de $18.820.497 (dieciocho millones ochocientos veinte mil cuatrocientos noventa y siete pesos), de la cual la cantidad de $4.250.867 (cuatro millones doscientos cincuenta mil ochocientos sesenta y siete pesos) corresponden a deuda neta, el saldo a reajustes, intereses y multas, y todo ello de acuerdo a los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que a continuaci n expone, con expresa condenaci n en costas en caso deó ó mediar oposici n del Servicio de Tesorer as:ó í Indica que respecto al formulario 21, folio 1338367, de fecha de vencimiento 13 de febrero de 2012 y el formulario 21, folio 1338371, de fecha de vencimiento 12 de marzo 2012, se inici por la Tesorer a el expediente administrativo Rol N 10713-ó í º 2012 con fecha 9 de enero de 2013. Agrega, que posteriormente se continu el cobroó ante la Justicia Ordinaria dando origen a la causa C-1367-2013 ante el 2 Juzgado deº Letras de Curic , caratulado FISCO DE CHILE/HELMO el cual finaliz con laó “ ” ó resoluci n de fecha 22 de junio de 2020, que declar abandonado el procedimiento poró ó parte de la Tesorer a, cuya ejecutoria se certific con fecha 28 de julio de 2020,í ó perdiendo la Tesorer a, desde el punto de vista procesal, el derecho de continuar elí procedimiento abandonado y de hacer valer sus acciones en un nuevo juicio y desde el punto de vista sustantivo, la posibilidad de alegar la interrupci n de la prescripci n aló ó haberse declarado abandonada la instancia. Refiere que en atenci n a lo se alado precedentemente, ha transcurrido conó ñ creces el plazo para el ejercicio de la acci n de cobro por parte del FISCO, plazo queó en este caso debe computarse desde notificaci n administrativa del giro, efectuado conó fecha 13 de Febrero de 2012 y el 12 de Marzo del 2012 respectivamente. Que en cuanto a los restantes formularios que se indican; siendo estos los siguientes: el Formulario 21 folio 289169; formulario 21 folio 289173; formulario 21 folio 289175; formulario 21 folio 289177; formulario 21 folio 289179; formulario 21 folio 289183; formulario 21 folio 289255; formulario 21 folio 289289; formulario 21 folio 289293; formulario 21 folio 289301; formulario 21 folio 289307; su representado fue requerido de pago el 3 de julio de 2015 en el expediente administrativo Rol 10408-2015, interrumpiendo el plazo de prescripci n y empezando aó correr otro nuevo que a la fecha de la presentaci n de su demanda ha transcurridoó plenamente sin haberse interrumpido por haberse verificado la inactividad de la Tesorer a General de la Rep blica.í ú En cuanto al derecho se ala: ñ 1.- TRIBUNAL COMPETENTE PARA CONOCER LA PRESENTE DEMANDA; cita el art culo 48 del C digo Org nico de Tribunales el que prescribe queí ó á Los jueces de letras de comunas asiento de Corte conocer n en primera instancia de las“ á causas de hacienda, cualquiera sea su cuant a.í A su turno, el art culo 748 del C digo de Procedimiento Civil dispone que Losí ó “ juicios en que tenga inter s el Fisco y cuyo conocimiento corresponda a los tribunalesé ordinarios, se substanciar n siempre por escrito, con arreglo a los tr mites establecidosá á para los juicios del fuero ordinario de mayor cuant a, salvo las modificaciones que en losí siguientes art culos se expresaní ” Refiere que en virtud de las disposiciones legales citadas resulta claro que la

Fallo

por tanto eló fisco un inter s pecuniario manifiesto, de otro lado, el conocimiento y resoluci n de laé ó acci n de prescripci n extintiva compete a la justicia ordinaria.ó ó Finalmente, se al que la Tesorer a Provincial de Curic , cuando ha sidoñ ó í ó demandada de prescripci n extintiva ante los tribunales de dicha ciudad, ha interpuestoó la excepci n dilatoria de incompetencia, invocando precisamente que el tribunaló competente es un juez de letras en lo civil de la comuna asiento de corte respectiva, a saber Talca. 2.- RESPECTO DE LA PRESCRIPCION EXTINTIVA Y DEL PLAZO Á QUE SE REFIERE EL ARTICULO 201 DEL CT PARA QUE PRESCRIBA LÁ ACCION DE COBRO DE IMPUESTOS, INTERESES, SANCIONES Ý RECARGOS, Y SU APLICACION AL CASO:́ Aclar , que en primer lugar, y en virtud de lo resuelto por la Exma. Corteó Suprema en diversas sentencias, entre ellas la dictada en autos sobre casaci n en el fondoó Rol N 36.127-17, esto por referirse a la misma materia de derecho que la del caso que° somete a conocimiento de este Tribunal. En segundo lugar, explic que esta argumentaci n reviste especial inter s para lasó ó é deudas consignadas en el formulario 21 folio 289169; formulario 21 folio 289173; formulario 21 folio 289175; formulario 21 folio 289177; formulario 21 folio 289179; formulario 21 folio 289183; formulario 21 folio 289255; formulario 21 folio 289289; formulario 21 folio 289293; formulario 21 folio 289301; formulario 21 folio 289307. En el mismo sentido y de acuerdo al art culo 200 d

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NOMENCLATURA: 1. [40] Sentencia JUZGADO: 4 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL: C-1290-2021 CARATULADO: HELMO/TESORERIA PROVINCIAL DE CURICO Talca, a trece de abril de dos mil veintid s.ó VISTOS: Que bajo el folio 1 y con fecha 28 de julio de 2021, comparece don MARCELO ALEJANDRO LITTIN CURINAO, abogado, en representaci n convencional de donó DARIO ENRIQUE HELMO MALDONADO, dependiente, ambos dom

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