1º Juzgado de Letras de Melipilla

CAT ADMINISTRADORA DE TARJETA S.A./FUENTES

Rol

C-4831-2019

Fecha

11 de abril de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece con fecha 29 de noviembre de 2019, don Paul Chateau Undurraga, abogado, Rut N 9.037.556-3, domiciliado en Agustinas 785, piso° 7, comuna de Santiago, en su calidad de mandatario judicial, de CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A., Rut N 99.500.840-8,º persona jur dica de sociedad an nima del giro de su denominaci n,í ó ó representada por su gerente general don Eulogio Guzm n Llona, Ingenieroá Comercial, domiciliado para estos efectos en calle Agustinas N 785, piso 3,º Santiago y expone: Que Cat Administradora de Tarjetas S.A., antes denominada Cencosud Administradora de Tarjetas S.A, es actual due o y leg timo tenedor, delñ í pagar a la orden n mero N 3347763, por la suma de $6.531.345., coné ú º vencimiento el 23 de septiembre de 2019, adeudado por don H CTORÉ ISRAEL FUENTES ESPINOZA, ignora profesi n u oficio, domiciliado enó Regidor Laureano Su rez N 0625, Melipilla.-á ° Funda su demanda se alando que este pagar fue suscrito enñ é representaci n del deudor el d a 23 de septiembre de 2019 por don Danieló í Alejandro Duarte Cuervo, actuando por Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., tambi n CAT S.A. y/o ACC S.A., en virtud de un mandato otorgado alé efecto por el referido deudor, seg n consta en el contrato de apertura deú cr dito Cencosud, que acompa a.-é ñ Indica que el mencionado pagar no fue pagado a la fecha de sué vencimiento, raz n por la cual el deudor ya individualizado adeuda a suó mandante la suma antes se alada, devengando adem s el m ximo de inter sñ á á é convencional que la ley permite estipular para operaciones de cr dito deé JJY RIT« » Foja: 1 dinero no reajustables en moneda nacional, por todo el per odo de la mora oí simple atraso, m s las costas.-á La obligaci n es l quida, actualmente exigible en su totalidad conformeó í a lo pactado, la acci n ejecutiva no se encuentra prescrita y, la firma deló suscriptor del pagar se encuentra autorizada ante Notario P blico conforme aé ú lo establecido en el art culo 434 N 4 del C digo de

Fundamentos

fundamentos y peticiones referidas en lo expositivo del fallo.- SEGUNDO: Que el ejecutado don H ctor Israel Fuentesé Espinoza, opuso a la ejecuci n la excepci n contemplada en el N 17ó ó ° JJY RIT« » Foja: 1 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civilí ó , esto es la prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva, funda su defensa en eló ó ó art culo 98 de la Ley N 18.092, que establece que la acci n cambiaria queí ° ó emana de las letras de cambios y pagar s prescribe en el plazo de un a o,é ñ contado desde el d a del vencimiento del documento.-í Es decir, respecto a estos t tulos de cr dito se encuentra frente a uní é plazo de prescripci n especial de corto tiempo, de un a o, contado desde queó ñ la obligaci n se hizo exigible.-ó Pues bien, consta en autos que se suscribi el pagar de autos, por loó é que se le oblig a pagar una determinada obligaci n a un plazo determinado,ó ó el d a 23 de septiembre de 2019. Es un hecho cierto, que desde el vencimientoí del pagar y la fecha de notificaci n de la demanda, transcurri un plazoé ó ó superior a un a o, por lo que la acci n ejecutiva se encuentra prescrita.-ñ ó En efecto, en el propio pagar se estableci que su fecha de vencimientoé ó ser a el 23 de septiembre de 2019, poca en que se pagar a tanto el capitalí é í como los intereses y ese vencimiento es reconocido por el propio ejecutante en su demanda, lo que constituye una confesi n judicial espont nea. En efecto,ó á se ala el demandante que el vencimiento de la obligaci n es la fecha 23 deñ ó septiembre de 2019. Asimismo, es del caso que como consta expresamente en el documento, se liber al beneficiario del pagar de la obligaci n del protesto,ó é ó por lo que inexorablemente el plazo de prescripci n extintiva comenz aó ó correr el d a 23 de Septiembre de 2019, fecha de vencimiento del pagar .-í é La demanda le es notificada con la fecha de presentaci n de ese escrito,ó por lo que entre la fecha de vencimiento pactada, 23 de Septiembre de 2019, y la fecha de notificaci n de la demanda, con la presentaci n de este escrito,ó ó transcurri con creces el plazo de un a o, por lo que la acci n cambiariaó ñ ó emanada del pagar est prescrita.-é á De esta manera, el plazo supera con creces el per odo de un a oí ñ establecido por el legislador para la prescripci n de la acci n cambiariaó ó emanada del pagar , por lo que la acci n cambiaria ejercida en autos seé ó encuentra prescrita.- En consecuencia, no cabe sino afirmar y concluir que la acci nó cambiaria ejecutiva de cobro, a la fecha de notificaci n de la demanda, seó encontraba prescrita, configur ndose as , la excepci n.-á í ó JJY RIT« » Foja: 1 En subsidio, a m s tardar el vencimiento del pagar se produjo con laá é presentaci n de la demanda en tribunales (29 de noviembre de 2019), y entreó dicha fecha y la presentaci n de este escrito, tambi n transcurri completo eló é ó plazo de prescripci n extintiva de la acci n ejecutiva deducida en autos.-ó ó En subsidio de lo expuesto aunque se est

Fallo

SE DECLARA: Que se rechaza con costas, la excepci n de prescripci n del N 17ó ó ° del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil y se ordena seguirí ó adelante con la ejecuci n hasta el entero y completo pago de la obligaci nó ó adeudada y su costas.- Reg strese.-í Rol N 4831-2019.-° DICTADA POR DON JOS SVATO NESVARA HERRERA,É JUEZ TITULAR.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Melipilla, once de Abril de dos mil veintid só .- JJY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-04-11T17:21:55-0400

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 21 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Melipillaº CAUSA ROL : C-4831-2019 CARATULADO : CAT ADMINISTRADORA DE TARJETA S.A./FUENTES Melipilla, once de Abril de dos mil veintid s.-ó VISTOS: Comparece con fecha 29 de noviembre de 2019, don Paul Chateau Undurraga, abogado, Rut N 9.037.556-3, domiciliado en Agustinas 785, piso° 7, comuna de Santiago,

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