30º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK CHILE S. A./SCOPA SPA

Rol

C-6756-2021

Fecha

11 de abril de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Con fecha 9 de agosto de 2021 comparece don Luis Felipe Abogabir Said, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº 6.362.280-K, con domicilio en Santa Lucía Nº 330, piso 1 comuna de Santiago, Región Metropolitana, en representación convencional de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo Gerente General es don Diego Patricio Masola, de nacionalidad argentina, casado, contador público; sucesor y continuador legal de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, después denominado Scotiabank Azul, ambos domiciliados en Avenida Costanera Sur Nº 2.710, Torre A, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien deduce demanda ejecutiva de cobro del pagaré suscrito por “Scopa Chile SpA”, sociedad del giro de su denominación, Rut 76.453.594-4, representada por don Richard Franc Briones González, chileno, de quien ignora profesión u oficio y estado civil, cédula nacional de identidad Nº 9.699.972-0, en su calidad de suscriptor y deudor principal, ambos con domicilio en Antonio Varas 175, Depto 402, comuna de Providencia, pagaré suscrito en los siguientes términos: 1.- Pagaré Scotiabank Chile, 710117212784 a la vista y a la orden, suscrito por don Juan Cortes Pizarro por el banco y en representación del deudor en su calidad de suscriptor y deudor principal, por la cantidad de $3.939.811.- cuya firma se encuentra C-6756-2021 Foja: 1 autorizada ante Notario Público, suscrito en virtud de Contrato, pagaré que fuera emitido con fecha 29 de julio de 2021. Indica que el referido pagaré vista es presentado a cobro con motivo de la interposición de la presente demanda ejecutiva, de conformidad al Artículo 49 de la Ley 18.092, adeudándose por concepto de capital la suma de $3.939.811.- más los intereses respectivos y hasta la fecha del pago efectivo de la deuda. Hace presente que todas las obligaciones demandadas por esta vía son líquidas, actualmente exigibles y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. Por tanto, previas citas legales, solicita tene

Fundamentos

fundamentos de derecho, e ininteligible y que pueda provocar la indefensión del demandado”. Asimismo, el máximo Tribunal ha dictaminado que “(…) dicha defensa (la excepción en cuestión) es procedente cuando la demanda no cumpla con alguno de los requisitos del artículo 254 del mismo texto legal, es decir, cuando está mal formulada, sea ininteligible o vaga respecto de las personas o de la causa de pedir o de la cosa pedida”. Alega que se trata además de requisitos indispensables para que el tribunal de la causa tenga la claridad del litigio que se somete a su decisión, de los hechos que deberá conocer y las peticiones que deberá fallar. Así lo explica Andrés Bordalí: “El deber de cumplimiento de los requisitos formales de la demanda no sólo está establecido para favorecer la defensa del demandado, sino también para que el tribunal de la causa pueda cumplir de mejor manera su función y concretar su sentencia a las acciones que se han deducido en la forma y oportunidad legales”. C-6756-2021 Foja: 1 Así también lo han sostenido invariablemente nuestros tribunales superiores de justicia, que han señalado, por ejemplo, que una demanda: “debe contener todos y cada uno de los requisitos que indica el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, los que deben reunirse al momento de notificarse al demandado. En consecuencia, dicha demanda debe contener una exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho en que se apoya, del mismo modo, requiere que la petición sometida al conocimiento y

Fallo

Por tanto, previas citas legales, solicita tener por entablada demanda ejecutiva en contra de “Scopa Chile SpA”, representada por don Richard Franc Briones González, en su calidad de suscriptor y deudor principal, por la suma total de $3.939.811.- correspondiente a capital respecto del pagaré de autos, todo ello más los intereses respectivos, y hasta la fecha del pago efectivo de la deuda, más las costas del juicio y disponer que se continúe la ejecución, acogiendo la demanda en todas sus partes, hasta que se haga entero pago al actor de sus acreencias, con costas. Solicita en consecuencia, disponer que se continúe la ejecución, acogiendo la demanda en todas sus partes, hasta que se haga al ejecutante entero pago de sus acreencias con costas. Con fecha 24 de septiembre de 2021 se notifica de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil a Scopa Chile SPA, representada por don Richard Franc Briones González. Con fecha 27 de septiembre de 2021 se le tiene por requerido de pago. Con fecha 6 de octubre de 2021 la parte ejecutada opone las excepciones contempladas en el Nº 2, 4 y 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal del que comparezca en su nombre; la ineptitud del libelo; y la falta de C-6756-2021 Foja: 1 alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demanda

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C-6756-2021 Foja: 1 FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 30 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6756-2021 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./SCOPA SPA Santiago, once de Abril de dos mil veintid só Vistos: Con fecha 9 de agosto de 2021 comparece don Luis Felipe Abogabir Said, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº 6.362.280-K, con domicilio en Santa Lucí

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