MAGMA UNDERGROUND INGENIERIA Y SERVICIOS SPA./SOLARPACK CHILE LTDA.
Rol
C-13881-2019
Fecha
11 de abril de 2022
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos A folio 1, con fecha 1 de octubre de 2019, comparece José Andrés Rojas Young, abogado, representación de MAGMA UNDERGROUND INGENERIA Y SERVICIOS S.p.A., RUT: 76.453.738-6, ambos domiciliados en Jorge Avenida Alessandri Rodríguez 10100 A. Comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, quien interpone demanda ejecutiva, previa gestión preparatoria de notificación judicial de factura, en contra de la sociedad Solar Pack Chile Ltda rut 76.041-002-0, persona jurídica del giro Generación de Energía Eléctrica y otras, representada legalmente por don JAIME SOLAUN BUSTILLOS, ignor profesión u oficio, pasaporte español AA1564216, ambos con domicilio en calle Avenida Vitacura 2939 Of 2702, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $25.241.316 con intereses, reajustes y con costas. Refiere que su representada es emisora de la siguiente factura según glosa; Ejecución 25% según OC, ejecución del 25% de OC enviada y aceptada según oferta P103-2018 770 uf Referencias; OC P07026-SPK-CL13 DEL 2018-11-17 Monto neto $ 21.211.190 pesos IVA $4.030.126 pesos TOTAL $ 25.241.316 1) Factura Electrónica N° 193, DE FECHA 30 DE ENERO DE 2019, POR LA SUMA DE $25.241.316 PESOS. C-13881-2019 Foja: 1 La referida factura, se encuentra irrevocablemente aceptada de acuerdo al artículo 3o de la ley 19.983, ya que no fue reclamada y consta en ellas que el servicio fue recibido. Dicha factura fue emitida conforme el pedido de compra N° OC P07026-PK-CL13, que realizó SOLAR PACK CHILE LTDA, a su representada con fecha 17 de noviembre de 2018, con pago crédito Asimismo, se procedió a la notificación de la gestión preparatoria correspondiente, cuya certificación de ejecutoria consta en carpeta digital con fecha 28 de agosto de 2019, se rechazaron las excepciones interpuestas por el demandado, con costas y con fecha 12 de septiembre se certificó la ejecutoria de dicha resolución, la que en consecuencia se encuen
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Ha comparecido, MAGMA UNDERGROUND INGENERIA Y SERVICIOS S.p.A FLOTA VERSCHAE SANTIAG., deduciendo demanda ejecutiva en contra de Solar Pack Chile Ltda, todos ya individualizados, y solicita que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $25.241.316 C-13881-2019 Foja: 1 PESOS más intereses y costas. Funda demanda en antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: La ejecutada opuso a la ejecución las excepciones del artículo 464N° 2, 7 y 14 del Código de Procedimiento Civil, conforme se detalló en lo expositivo de este fallo. TERCERO: Que, conforme al artículo 1698 del Código civil, corresponde probar las obligaciones o su extinción a quien alegue estas o aquellas. CUARTO: Que, a fin de probar sus alegaciones, la ejecutante acompañó la siguiente prueba documental no objetada por la contraria: 1.- Factura Electrónica N° 193, DE FECHA 30 DE ENERO DE 2019, POR LA SUMA DE $25.241.316 PESOS en la que se indica Ejecución 25% Según OC. Ejecución del 25% de OC enviada y aceptada según Oferta P103-2018”. “Referencia la “Orden Compra N° P-07.026- SPK-CL-13 del 2019-11- 17” 2.- orden de compra de Solarpack a Magma, de fecha 17 de noviembre de 2018, N° P-07.026-SPK-CL-13en la que se indica que para pagarse “Se facturará las perforaciones realmente ejecutadas.” “Para la facturación de las perforaciones se debe tener la aceptación por parte de calidad, Topografía y Seguridad y Salud”. Enviar factura electrónica junto con fichero XML a la dirección proveedores chile@solarpack.es, junto a orden de compra. Si no es factura electrónica, enviar la factura física a nuestras oficinas de Santiago. Valor total 3665.2 UF por 4.000 perforaciones más IVA. QUINTO: Que, la ejecutada acompañó los siguientes C-13881-2019 Foja: 1 documentos: 1)Correo electrónico de 17 de diciembre de 2018, enviado por Magma a Solarpack, asunto “Estado de Pago Tricahue”, se indica en el correo “ estimado, adjunto estado de pago de pozos perforados en obra Tricahue con sus respectivos respaldos en donde se reciben los trabajos realizados. Saludos cordiales”. 2) Estado de Pago N° 01 de Magma, de 14 de diciembre de 2018, cantidad “27” Excavación de Pozos, y por un total de UF 24,74. 3) Report de perforación n° 1 a n° 4, de Magma, que, sumadas las cuatro, dan cuenta de 27 perforaciones. 4) Cadena de correos electrónicos que inicia con uno de 17 de diciembre de 2018, enviado por Magma a Solarpack, y que finaliza con uno de 12 de febrero de 2019, enviado por Magma a Solarpack, asunto “RE: Estado de Pago Pozos”. Dentro de estos correos está el correo de fecha 19 de diciembre de 2018, enviado por Solarpack a Magma, en el que se indica “Te propongo pagarlas al 50%, en realidad, esas perforaciones ya las excavamos completas, para mi significa pagar dos veces por esas 27 perforaciones, ya que el estado en que quedaron no nos sirve y no nos permite rellenar con el material que tenemos”. Luego
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba A folio 57, el 18 de marzo de 2022 se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO PRIMERO: Ha comparecido, MAGMA UNDERGROUND INGENERIA Y SERVICIOS S.p.A FLOTA VERSCHAE SANTIAG., deduciendo demanda ejecutiva en contra de Solar Pack Chile Ltda, todos ya individualizados, y solicita que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $25.241.316 C-13881-2019 Foja: 1 PESOS más intereses y costas. Funda demanda en antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: La ejecutada opuso a la ejecución las excepciones del artículo 464N° 2, 7 y 14 del Código de Procedimiento Civil, conforme se detalló en lo expositivo de este fallo. TERCERO: Que, conforme al artículo 1698 del Código civil, corresponde probar las obligaciones o su extinción a quien alegue estas o aquellas. CUARTO: Que, a fin de probar sus alegaciones, la ejecutante acompañó la siguiente prueba documental no objetada por la contraria: 1.- Factura Electrónica N° 193, DE FECHA 30 DE ENERO DE 2019, POR LA SUMA DE $25.241.316 PESOS en la que se indica Ejecución 25% Según OC. Ejecución del 25% de OC enviada y aceptada según Oferta P103-2018”. “Referencia la “Orden Compra N° P-07.026- SPK-CL-13 del 2019-11- 17” 2.- orden de compra de Solarpack a Magma, de fecha 17 de noviembre de 2018, N° P-07.026-SPK-CL-13en la que se indica que para pagarse “Se facturará las perfor
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C-13881-2019 Foja: 1 FOJA: 89 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13881-2019 CARATULADO : MAGMA UNDERGROUND INGENIERIA Y SERVICIOS SPA./SOLARPACK CHILE LTDA. Santiago, once de Abril de dos mil veintid só Vistos A folio 1, con fecha 1 de octubre de 2019, comparece José Andrés Rojas Young, abogado, representación de MAGMA UNDERGROUND INGENERIA
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