PEÑA/COMUNIDAD EDIFICIO EUROPLAYA
Rol
O-1438-2022
Fecha
7 de febrero de 2023
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la demanda. Argumentos contenidos íntegramente en el registro de audio por lo que no se transcriben.- El Tribunal Resuelve: La parte demandada no asiste por lo que no prospera el llamado a conciliación y, asimismo, no habiendo contestado la demanda, se estima no hay hechos controvertidos por lo que se procede a dictar el fallo. Dictación y Notificación de la Sentencia. Valparaíso, a siete de febrero del año dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 58, 63, 67, 159, 160, 161, 162, 163, 171, 173, 453 N°1, 454 y demás pertinentes del del Código del Trabajo, SE DECLARA: I. Que, se acoge la demandada deducida por don CRISTIAN ANDRÉS PEÑA GATICA en contra de COMUNIDAD EDIFICO EUROPLAYA, del giro de su denominación, representada por don MARCELO OCAMPO, ya individualizado, declarando que el despido indirecto materia de estos autos se encuentra debidamente justificado y que el vínculo laboral existente entre las partes, entre el 01 de junio de 1999 y hasta el 30 de septiembre de 2022, terminó por incumplimiento grave de las obligaciones del empleador, acogiendo además, las siguientes prestaciones: i. Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $611.605. ii. Indemnización por años de servicio, equivalente a $6.727.655. iii. Recargo legal correspondiente a la aplicación de la causal, de conformidad a lo que dispone el artículo 168, en relación al artículo 171, equivalente al 50% del recargo legal, por la suma de $3.363.827. iv. Al pago del feriado proporcional, correspondiente a 7 días del período 2022, equivalente a $142.107 y dos períodos de feriado legal adeudados, correspondientes al periodo junio 2020 a junio de 2022, por la suma de $856.247. II. Que, no habiéndose enterado en tiempo y forma las cotizaciones previsionales y de salud del trabajador, se condena a la demandada al pago de todas aquellas cotizaciones previsionales devengada
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO POR VIDEOCONFERENCIA EN PLATAFORMA ZOOM. FECHA Valparaíso, martes, 07 de febrero de 2023 RUC 22-4-0436377-1 RIT O-1438-2022 MAGISTRADO Catalina Lagos Gómez ADMINISTRATIVO DE ACTAS Jean Paul Debeuf HORA DE INICIO 10:12 Horas.- HORA DE TERMINO 10:39 Horas.- SALA DE AUDIENCIA VIRTUAL Sala N° 8 Nº REGISTRO DE AUDIO 22-4-0436377-
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