21º Juzgado Civil de Santiago

CORDERO/

Rol

V-347-2021

Fecha

7 de abril de 2022

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO.- Que comparece do a ñ GRACIELA DE LAS MERCEDES CORDERO MU OZÑ , chilena, pensionada, c dulaé nacional de identidad n mero 4.101.575-6, domiciliada en Santa Adelaú N 5280, comuna de San Miguel, quien solicita que el Conservador de° Bienes Ra ces de Santiago practique la inscripci n rectificatoria de posesi ní ó ó efectiva y especial de herencia de su hermano don JUAN NORBERTO CORDERO MU OZÑ , c dula nacional de identidad n mero 3.014.675-1,é ú en base a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que a continuaci nó expone. Se ala que con fecha 17 de junio de 2019, solicit la posesi n efectivañ ó ó de su hermano Juan Norberto Cordero Mu oz, fallecido el 2 de julio deñ 2015, soltero, sin hijos ni ascendientes, concurriendo como herederos sus hermanos vivos, y respecto de sus hermanos fallecidos, sus sobrinos y sobrinos nietos por derecho de representaci n. ó Contin a se alando que se practic la inscripci n de posesi n efectivaú ñ ó ó ó a fojas 59140 N 82352, y la inscripci n especial de herencia, a Fojas 59141° ó N 82353, correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de° Bienes Ra ces de Santiago, ambas del a o 2020, conteniendo la solicitud deí ñ posesi n efectiva el total de los herederos, a saber:ó a) Rosa Rebeca Cordero Mu oz; ñ b) Graciela de las Mercedes Cordero Mu oz; ñ c) In s Mercedes Cordero Mu oz; é ñ Foja: 1 d) A los hijos por representaci n de Julia Del Carmen Corderoó Mu oz, fallecida el 8 de marzo de 2010, añ - Julia Rosa Godoy Cordero; - Ana rebeca Godoy Cordero, fallecida el 16 de abril de 2008, representada por sus hijos: i) Sandra Fabiola Leiva Godoy, ii) Luis Alberto Leiva Godoy, iii) Guillermo Ambrosio Leiva Godoy, iv) Eduardo Andr sé Leiva Godoy, v) Rodrigo Alejandro Leiva Godoy, y vi) Daniel Jes s Leivaú Godoy; - Eduardo Fernando Cordero Mu ozñ , fallecido el 6 de agosto de 2007, representado por sus hijos: i) Andrea Alejandra Godoy Cerda, ii) Carolina Francesca Godoy Cerda, iii) Javiera Ignacia Godoy Cerda, y iv) Mar a Constanza Godoy Cerda.í Expresa que por error del Registro Civil se agregaron a la posesi nó efectiva dos sobrinos fallecidos antes que el causante de nombre Ana Rebeca Godoy Cordero y Eduardo Fernando Cordero Mu oz (Godoyñ Cordero), y adem s, se incorporaron en el listado de herederos a los hijos deá cada uno de stos quienes concurr an por representaci n. Sin embargo,é í ó esgrime que en dicho listado se omiti una sobrina nieta de nombre Sandraó Fabiola Leiva Godoy, quien suced a por derecho de representaci n a suí ó madre Ana Rebeca, sobrina fallecida del causante. Narra que acompa a la solicitud de posesi n efectiva un anexoñó ó explicativo al formulario de fecha 16 de junio de 2019, donde aparec aí Sandra Fabiola Leiva Godoy como heredera en su calidad de sobrina nieta, documento que conten a muchos nombres e indicaciones lo que condujo alí error del Servicio. Por lo anterior, solicit al Registro corregir y, atendido a losó antecedentes acompa ados y acreditados ante el Servicio de Registro Civil yñ en m rito del art culo 10 de la Ley 19.903, dicha instituci n enmend elé í ó ó error indicado, y conforme a lo dispuesto en la norma transcrita, se rectificó el certificado de posesi n efectiva.ó Explica que al momento de solicitar al Conservador de Bienes Ra cesí de Santiago que realizara la anotaci n marginal para rectificar el error,ó rechaz la solicitud en virtud del art culo 8 de la Ley 19.903. ó í Foja: 1 En cuanto al derecho, invoca y transcribe lo

Fallo

SE DECLARA:ó Foja: 1 Que se rechaza el reclamo formulado en estos antecedentes, por cuanto, la negativa del Sr. Conservador de Bienes Ra ces de Santiago seí encuentra ajustada a derecho. Reg strese, notif quese y arch vese.í í í Rol V-347-2021. (Carpeta electr nica. Ley 20.886).ó Pronunciada por don ROBERTO EMILIO SOTO BUSTAMANTE, JUEZ SUPLENTE. Anotada en el Registro Computacional de Causas Voluntarias para fallo del Tribunal. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, siete de Abril de dos mil veintid s.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos h o r a s . P a r a m á s i n f o r m a c i ó n c o n s u l t e http://www.horaoficial.cl 2022-04-07T15:37:08-0400

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 0 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 21 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-347-2021 CARATULADO : CORDERO/ Santiago, siete de Abril de dos mil veintid s.ó VISTOS: PRIMERO.- Que comparece do a ñ GRACIELA DE LAS MERCEDES CORDERO MU OZÑ , chilena, pensionada, c dulaé nacional de identidad n mero 4.101.575-6, domiciliada en Santa Adelaú N 5280, comuna de San Miguel, quien

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