1º Juzgado Civil de Valdivia

FISCO DE CHILE/GONZALEZ

Rol

V-48-2019

Fecha

7 de abril de 2022

Materia

EXPROPIAR, GESTIÓN DE PAGO PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 02 de marzo de 2.022, comparece do a ñ ALICIA DEL CARMEN GONZALEZ CORTES, por sí y en representaci n de laó sucesi n quedada al fallecimiento de don Eduardo Gonz lez Gonz lez, conó á á domicilio en el Sector Vivanco s/n, en la comuna de R o Buenoí , solicitando se gire cheque a su nombre por la suma consignada con motivo de la expropiaci n, que recae sobre el inmueble de propiedad de laó sucesi n, bas ndose en la documentaci n que acompa an y en el hecho deó á ó ñ no haberse deducido oposici n de terceros dentro del plazo legal.ó

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Consta de la certificaci n secretarial de fecha 25 deó marzo de 2.022, que ning n otro interesado se ha presentado dentro delú plazo legal, haciendo valer sus derechos o cr ditos, sobre las sumasé depositadas en la cuenta corriente del Tribunal, seg n lo dispone el art culoú í 20 inciso final del Decreto Ley 2.186. SEGUNDO: Se agreg copia de inscripci n de dominio del inmuebleó ó expropiado, rolante a fojas 981 vuelta, bajo el N 998 del Registro de° Propiedad del a o 2.019, del Conservador de Bienes Ra ces de R o Bueno,ñ í í instrumento ratificado por el competente funcionario en cumplimiento de lo instruido por la Excma. Corte Suprema en el Acta 87-2014, acredit ndoseá que la sucesi n solicitante es due a del lote expropiado, cuyo rol de aval oó ñ ú corresponde al N 351-8, ubicado en la comuna de R o Bueno.° í TERCERO: Adem s, rolan Certificados de Aval o y deuda vigentesá ú de la propiedad, que indican que sta se encuentra afecta al pago deé contribuciones de bienes ra ces y sin deuda vigente a la fecha de ingreso deí la petici n. ó CUARTO: En la presente causa se cumplen los requisitos exigidos en el art culo 26 del Decreto Ley N 2.186, ya que la sucesi n peticionariaí ° ó acredit el dominio del inmueble expropiado, que ste se encontraba sinó é deuda pendiente en el pago de contribuciones y no hay terceros opuestos dentro de plazo, en consecuencia, se har lugar al pago de la indemnizaci ná ó provisional consignada en esta causa. Y visto, adem s, lo dispuesto en el art culo 20, 26 del Decreto Ley Ná í ° 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y art culos 170, 817í y siguientes del C digo de Procedimiento Civil,

Fallo

se resuelve: ó I.- SE ACOGE la solicitud de fecha 02 de marzo de 2.022 y se ordena el pago del monto consignado, como indemnizaci n provisional deó la expropiaci n, gir ndose cheque con citaci n, a nombre de do a ó á ó ñ ALICIA DEL CARMEN GONZALEZ CORTES, por la suma de $1.312.129- (un mill n, trescientos doce mil, ciento veintinueve pesos) con cargo a laó Boleta Bancaria respectiva. II.- Concurra a la entrega del cheque el representante de la sucesi n,ó personalmente. Reg strese, notif quese.í í Rol V-48-2.019.- Dictada por don Edinson Lara Aguayo, Juez Titular. Autoriza don David Silva Estrada, Secretario Titular.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. Valdivia, siete de abril de dos mil veintid s.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-04-07T12:21:41-0400

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FOJA:21.-Veintiuno.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : V-48-2019 CARATULADO : FISCO DE CHILE/GONZALEZ Lmv Valdivia, siete de Abril de dos mil veintid s.ó VISTOS: Con fecha 02 de marzo de 2.022, comparece do a ñ ALICIA DEL CARMEN GONZALEZ CORTES, por sí y en representaci n de laó sucesi n quedada al fallecimiento de don Eduardo Gonz lez Gonz lez, con

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