LINKER SPA/INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO
Rol
I-307-2022
Fecha
6 de febrero de 2023
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OÍDOS: Con fecha 13 de septiembre de 2022 comparece el abogado Lautaro Téllez Anguitaen representación de la sociedad Linker SpA., ambos domiciliados en calle San Sebastián N° 2.812, oficina 611, comuna de Las Condes, quien interpone reclamo judicial en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago, representada por Guillermo Reyes Arredondo, ambos domiciliados en Moneda N°723, comuna de Santiago. Señala que con fecha 26 de agosto de 2022 su representada fue notificada de la Resolución de Multas N°1735/22/21-1-2 dictada por la reclamada, mediante la cual se cursaron dos multas por un monto total de 120 U.T.M. por haber incurrido en las siguientes infracciones: a) distribuir la jornada ordinaria semanal de 45 horas en menos de cinco días respecto de los trabajadores y períodos que se indican; y b) no dar cumplimiento al contrato de trabajo de los trabajadores al alterar unilateral y discrecionalmente la distribución, duración y horarios de la jornada de trabajo, respecto de los trabajadores y períodos que se indican. Refiere que en la citada resolución de multas, se le imputa a su representada haber infringido los artículos 28 inciso 1°, artículos 5 incisos 3, artículo 7 y 10 del Código del Trabajo, todos en relación con el artículo 506 del mismo cuerpo legal. Indica que respecto de la primera infracción, esto es, distribuir la jornada ordinaria semanal de 45 horas en menos de cinco días, respecto de los trabajadores don Alejandro Valderrama, entre diciembre de 2021 y marzo de 2022; de don Ronald Figueroa, entre abril y julio de 2022; de don Carlos Tenorio, entre junio y julio de 2022, y; de don Max Galdames, entre diciembre de 2021 y julio de 2022, aquella se encuentra fundada en un error de hecho, puesto que de acuerdo a Resolución Exenta KBXL GDVL VMQD, de fecha 5 de abril de 2022, su representada se encuentra autorizada para prestar sus servicios para el mandante Transbank S.A. en la faena denominada Transbank Casa Matriz, ubicada en huérf
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Linker SpA. quien interpone reclamación judicial en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago, todos suficientemente individualizados, por los motivos de hecho y de derecho ya reseñados en la parte expositiva de esta sentencia. Por su parte, la reclamada en la oportunidad procesal destinada al efecto solicitó el rechazo del reclamo impetrado. SEGUNDO: Que, con el objeto de acreditar los fundamentos de su reclamo la reclamante rindió la siguiente prueba: I. Documental: 1) Copia de Resolución de Multas N° 1735/22/21-1-2, de fecha 26 de agosto de 2022, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago; 2) Copia de RESOLUCIÓN EXENTA: KBXL GDVL VMQD, de fecha 5 de abril del año 2022, dictada por el Departamento de Inspección de la Dirección del Trabajo; 3) Copias de Anexos de Contratos de Trabajo de los señores Carlos Alberto Tenorio Carrillo, Max Antonio Galdames González y Alejandro Hernán Valderrama Zavala; 4) Copia de Anexo de Contrato de Trabajo de don Ronald Enrique Figueroa Maturana. 5) Copias de Acuerdos de Trabajo en Jornada Especial Autorizada de los trabajadores señores Alejandro Hernán Valderrama Zavala, Ronald Enrique Figueroa Maturana, Max Antonio Galdames González y Carlos Alberto Tenorio Carrillo. II. Testimonial. Compareció Sebastián Osvaldo Rioseco Silva, quien legalmente juramento señaló que se desempeña como subgerente de la reclamante. Refiere que el giro de la reclamante es de servicios de guardias de seguridad. Indica que respecto del servicio con Transbak S.A. se ofrece un servicio de asistente de recepción, el cual es similar al de guardia de seguridad, estando los trabajadores en recepción controlando el ingreso del personal, señalando que la jornada de dichos trabajadores es cuatro días de trabajo por cuatro días libres, por doce horas diarias, y que dicha distribución es atendida la función que cumplen, lo cual se encuentra autorizado por la Inspección del Trabajo, afirmando que los trabajadores se encuentran de acuerdo con dicha distribución y forma de trabajo. TERCERO: Que, atendida la rebeldía de la reclamada en la audiencia de juicio, no se rindió prueba a su efecto. CUARTO: Que, la resolución que se impugna en estos autos corresponde a la N°1735/22/21 de 12 de agosto de 2022 dictada por la reclamada, la cual constata en procedimiento de fiscalización lo siguiente: “1) distribuir la jornada ordinaria semanal de 45 horas en menos de cinco días respecto de los trabajadores y períodos que a continuación se indican: Alejandro Valderrama entre diciembre de 2021 y marzo de 2022; trabajador Ronald Figueroa entre abril y julio de 2022; Carlos Tenorio en junio y julio de 2022; Max Galdames entre diciembre de 2021 y julio de 2022. 2) No dar cumplimiento al contrato de trabajo de los trabajadores al alterar unilateral y discrecionalmente la distribución, duración y horarios de la jornada de trabajo, al establecer turnos 4x4 según Res. Exenta KBXL GDVL VMQD del
Fallo
Por estas consideraciones, la reclamación citada y visto además lo dispuesto en los artículos 28 inciso 1°, artículos 5 incisos 3, artículo 7, 10, 503 y 505 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Se RECHAZA en todas sus partes el reclamo de 13 de septiembre de 2022 interpuesto por Linker SpA.; II. No se condena en costas a la reclamante por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT I-307-2022 RUC 22- 4-0428275-5 Dictada por SEBASTIAN ALONSO PLATT ASTORGA, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, seis de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS Y OÍDOS: Con fecha 13 de septiembre de 2022 comparece el abogado Lautaro Téllez Anguitaen representación de la sociedad Linker SpA., ambos domiciliados en calle San Sebastián N° 2.812, oficina 611, comuna de Las Condes, quien interpone reclamo judicial en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago, representada por Guillermo
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