19º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK CHILE S. A./SOTO

Rol

C-6593-2021

Fecha

6 de abril de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

C-6593-2021 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6593-2021 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./SOTO Santiago, seis de Abril de dos mil veintid só Vistos, Con fecha 05 de agosto de 2021, comparece LUIS EDUARDO MONTES MONTES, abogado, domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, Comuna de Providencia, como mandatario, en representaci n convencionaló conforme mandato judicial, seg n se acreditar , de SCOTIABANK CHILE,ú á sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n, representadaó ó legalmente por su Gerente General, don Diego Masola, rut 27.550.890-K, contador, ambos domiciliados para estos efectos en calle Morand 226,é comuna y ciudad de Santiago, e interpone demanda en juicio ejecutivo de Cobro de pagar , en contra de ANIBAL IGNACIO SOTOé FERNANDOY, se ignora profesi n u oficio, domiciliado en calle JUANó TODESCO 378, comuna de CHAIT N, Provincia de PALENA.É Funda su demanda indicando que su representada es due a de losñ pagar s a la orden suscritos con fecha 02 de julio de 2021, por el Bancoé Scotiabank (continuador legal del Banco del Desarrollo), a su vez, en representaci n de la demandada de autos, en virtud del mandato conferidoó por este ltimo en la cl usula 15 y 16 del Contrato de Apertura de L nea deú á í Cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior con Garant a Estatal seg né ó í ú Ley 20.027, cuya copia se acompa a a la demanda.-ñ A saber: 1.- Pagare a la orden, suscrito con fecha 02 DE JULIO DE 2021, por el monto de 1.359,5320 Unidades de Fomento, con vencimiento el 12 DE JULIO DE 2021.- 2.- Pagare a la orden, suscrito con fecha 02 DE JULIO DE 2021, por el monto de 52,0207 Unidades de Fomento, con vencimiento el 12 DE JULIO DE 2021.- C-6593-2021 3.- Pagare a la orden, suscrito con fecha 02 DE JULIO DE 2021, por el monto de 151,0591 Unidades de Fomento, con vencimiento el 12 DE JULIO DE 2021.- Es del caso se alar que los pagar s, antes individualizados no fueronñ é pagados a la fecha s

Fundamentos

fundamentos que en su escrito presenta. Que con fecha 22 de octubre de 2021, se tuvo por evacuado el traslado,

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibieron a prueba rindi ndose la que consta en autos.é Que con fecha 7 de marzo de 2022, encontr ndose la causa ená estado, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en lo relativo a la excepci n del n mero 11 deló ú art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la concesi n deí ó ó esperas o pr rroga del plazo, esta se constituye como una convenci n por laó ó cual el acreedor renuncia a hacer exigible la obligaci n en el t rminoó é primigeniamente estipulado, modific ndola en dicho aspecto, otorgando uná nuevo lapso al deudor para el pago de la prestaci n a que se encuentraó obligado. SEGUNDO: Que, conforme lo dispone el art culo 1698 del C digoí ó Civil, corresponde al ejecutado el acreditar los antecedentes f cticos en queá funda sus excepciones. TERCERO: Que la parte ejecutada, en orden a acreditar sus dichos, no rindi probanza alguna, situaci n que conducir a desestimar laó ó á excepciones en comento, como se dir en lo dispositivo de esta sentencia.á CUARTO: Que, por fundarse las excepciones de los numero 7 y 14 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil en similares argumentos,í ó se analizar n a continuaci n de forma conjunta. á ó QUINTO: Que, trat ndose del fundamento en virtud del se haná deducido las excepciones y que en espec fico dice relaci n con el hecho deí ó haber obrado el mandatario fuera de los l mites del mandato y fuera de lasí fa

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C-6593-2021 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6593-2021 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./SOTO Santiago, seis de Abril de dos mil veintid só Vistos, Con fecha 05 de agosto de 2021, comparece LUIS EDUARDO MONTES MONTES, abogado, domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, Comuna de Providencia, como mandatario, en representaci n con

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