21º Juzgado Civil de Santiago

INGLESI/

Rol

V-352-2021

Fecha

5 de abril de 2022

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO.- Que, con fecha 24 de diciembre de 2021, comparece don Claudio Inglesi Nieto, ingeniero civil, domiciliado en calle Camino La Villa N 1054, casa 4, comuna de Lo Barnechea, solicitando autorizarº donar, gratuita e irrevocablemente, a cada uno de sus hijos, do a Florenciañ Inglesi Croxatto, estudiante; don Pedro Inglesi Croxatto, estudiante; do añ Clara Inglesi Croxatto, estudiante; do a Josefa Inglesi Croxatto, estudiante;ñ do a Elena Inglesi Croxatto, estudiante; y do a Mar a Inglesi Croxatto,ñ ñ í estudiante, con quienes mantiene un parentesco por consanguinidad en primer grado en l nea recta, (i) la suma de $10.000.000.-; y (ii) 10 accionesí de Bersaglio SpA, sociedad del giro de inversiones, inscrita a fojas 69.768, N 37.544 del Registro de Comercio del a o 2016 del Conservador deº ñ Bienes Ra ces de Santiago. í Se ala que conforme lo expuesto su donaci n corresponde a la sumañ ó de $60.000.000.- y 60 acciones de Bersaglio SpA; a adiendo que, como elñ valor de la donaci n que pretende efectuar a sus hijos excede la sumaó exenta de insinuaci n, seg n lo dispone el art culo 1401 del C digo Civil,ó ú í ó no encontr ndose en los casos de exenci n del art culo 18 de la Leyá ó í N 16.271.-, requiere insinuar la referida donaci n, por lo que pideº ó autorizaci n al tribunal para ello.ó Foja: 1 Manifiesta encontrarse casado en r gimen de separaci n total deé ó bienes con do a Mar a Paz Croxatto Viviani, de cuyo matrimonio nacieronñ í los hijos a quienes pretende efectuar su donaci n, todos los cuales sonó menores de edad, por lo que ser n representados por sus padres, conformeá lo dispone el art culo 244 del C digo Civil.í ó A ade que la donaci n se har en forma irrevocable para sus hijos,ñ ó á gratuitamente y tiene como causa la mera liberalidad. Posteriormente, se remite al art culo 889 N 4 del C digo deí º ó Procedimiento Civil, para concluir afirmar que dicha donaci n no causaó menoscabo a su situaci n patrimonial, ni a sus rentas, ya que posee bien

Fundamentos

motivos laborales, que ratifican todo lo expuesto en la solicitud de autos, manifestando que el donante posee actualmente un patrimonio avaluado en la suma de $3.400.000.000.-, por lo que la donaci n que se ha insinuado noó afectar a su c moda subsistencia, ni los derechos hereditarios de su c nyugeí ó ó e hijos. QUINTO.- Que el art culo 21 de la Ley sobre Impuesto a lasí Herencias y Donaciones, dispone en forma expresa que no podr hacerseá entrega de bienes donados irrevocablemente sin que previamente se acredite el pago del impuesto que corresponda o la exenci n, en su caso. ó SEXTO.- Que, con fecha 03 de marzo de 2022, se encuentra agregado al expediente electr nico el correspondiente certificado de pagoó del Impuesto a las Donaciones N 79-2022, de fecha 1 de marzo de 2022,° º emitido por el Servicio de Impuestos Internos, y seis Formularios 21, denominados Giro y Comprobante de pago de Impuestos , de Folio N s“ ” ° 6775533; 6775537; 6775541; 6775543; 6775547; y 6775549, asociados a cada donatario respectivamente, pagados por caja con fecha 28 de febrero de 2022, en el Banco de Chile, Oficina de Vitacura. JV Foja: 1 S PTIMO.- É Que con el m rito de los antecedentes, laé documentaci n acompa ada, informaci n sumaria de testigos rendida conó ñ ó fecha 04 de febrero de 2022, y habi ndose efectuado el pago del impuesto aé las donaciones como consta en el Certificado de Pago de Impuesto a las Donaciones N 79-2022, emitido por el Jefe del Departamento Jur dico de la° í XV Direcci n Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio deó Impuestos Internos, se ha logrado acreditar que se re nen los presupuestosú del art culo 889 del C digo adjetivo, por lo que se acoger la petici n deí ó á ó que se trata.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto adem s, lo dispuesto en los art culosá í 1386 y siguientes del C digo Civil, art culos 889 y 890 del C digo deó í ó Procedimiento Civil; art culo 21 y siguientes de Ley N 16.271 sobreí ° Impuestos a las Herencias Asignaciones y Donaciones, SE DECLARA: 1.- Que se hace lugar a la solicitud y, en consecuencia, se autoriza a don CLAUDIO INGLESI NIETO, c dula nacional de identidad n meroé ú 14.504.615-7, a donar por mera liberalidad a cada uno de sus hijos, a saber: a) Clara Inglesi Croxatto, c dula nacional de identidad N 22.750.255-K; b)é º Elena Inglesi Croxatto, c dula nacional de identidad N 24.215.422-3; c)é º Florencia Inglesi Croxatto, c dula nacional de identidad N 22.275.486-0; d)é º Josefa Inglesi Croxatto, c dula nacional de identidad N 23.276.215-2; e)é º Mar a Inglesi Croxatto, c dula nacional de identidad N 24.754.257-4; y f)í é º Pedro Inglesi Croxatto, c dula nacional de identidad N 22.750.244-4; laé º suma de $10.000.000.- al contado y en dinero en efectivo y 10 acciones de la empresa Bersaglio SpA; 2.- Que la presente donaci n est afecta al pago de impuesto, vigenteó á a la fecha de pago, de UTM 41,77.- para los todos los donatarios, teni ndose por aprobado su pago seg n dan cuenta los seis Formularios 21é ú denominados Giro y Comprobante de Pago de Impuestos y el“ ” Foja: 1 Certificado de Pago de Impuestos a las Donaciones allegados a estos“ ” antecedentes virtuales el d a 03 de marzo de 2022.í Reg strese, notif quese y arch v

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Foja: 1 FOJA: 0 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 21 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-352-2021 CARATULADO : INGLESI/ Santiago, cinco de Abril de dos mil veintid s.ó VISTOS: PRIMERO.- Que, con fecha 24 de diciembre de 2021, comparece don Claudio Inglesi Nieto, ingeniero civil, domiciliado en calle Camino La Villa N 1054, casa 4, comuna de Lo Barnechea, solicitando autorizarº dona

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