PINTO/
Rol
V-292-2020
Fecha
1 de abril de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 09 de diciembre de 2020, en folio 1, rectificada en folio 29, se presenta don GASTÓN ENRIQUE VELÁSQUEZ CONTRERAS, abogado, con domicilio en calle Colo Colo N°358, 2° piso, Oficina N°3, Los Ángeles, en representación de doña PETRONILA OLIMPIA PINTO ROMERO, cédula nacional de identidad N° 8.192.350-7, labores de casa, chilena, soltera, domiciliada en Hijuela Santa Olga, Lote A, ubicado en el sector Mortandad, comuna de Los Ángeles, quien actúa en su calidad de curadora general legítima y definitiva de su hermano don ORLANDO MARCELINO PINTO ROMERO, cédula nacional de identidad N° 9.016.716-2, chileno, soltero, de su mismo domicilio, y expone: Que don Orlando Marcelino Pinto Romero fue declarado judicialmente interdicto por sentencia definitiva de fecha 13 de junio de 2017 dictada en autos Rol V-61-2017, de ingreso de este Tribunal, y su hermana doña Petronila Olimpia Pinto Romero fue nombrada como su curadora general legítima y definitiva. Añade que el día 29 de agosto de 2017, se procedió a inscribir el decreto respectivo de interdicción y de la designación de curaduría, según consta de la inscripción de fojas 5810 vuelta Nº 2532 del Registro de Prohibiciones e Interdicciones de Enajenar del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles. Indica que consta de la copia autorizada de la inscripción de dominio de fojas 5604 N° 4873 del Registro de Propiedad del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, que acompaña, que el interdicto don Orlando Marcelino Pinto Romero es dueño de acciones y derechos de los inmuebles denominados Lotes A y D, ubicados en el sector Mortandad de la comuna de Los RIT« » Foja: 1 Ángeles, región del Biobío y que tiene las siguientes superficies y deslindes, Lote A, tiene una superficie aproximada de 1,46 hectáreas y deslinda: AL NORTE, Sucesión Santos Pulgar, separada por cerco; AL ESTE , Camino público de Tucapel a Los Ángeles; AL SUR, Sucesión Julio Herrera Lara, separado por cerco; y AL OESTE, Suce
Fundamentos
CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, conforme lo consignado en la parte expositiva precedente, la solicitante comparece en su calidad de curadora general y definitiva de su hermano interdicto don Orlando Marcelino Pinto Romero, solicitando autorización judicial para enajenar las acciones y derechos de las cuales su pupilo es titular en el inmueble denominado Lote A, inscrito a fojas 5604, N° 4873, del Registro de Propiedad del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, mediante un contrato de permuta a celebrarse con don Eliecer Cruces Cruces en su calidad de administrador de la sociedad conyugal habida con doña Corina del Rosario Almendras Cabezas, respecto del inmueble de su propiedad denominado Lote A Cuatro, el cual figura inscrito a fojas 983, N° 705, del Registro de Propiedad del año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles. RIT« » Foja: 1 2°.- Que, la solicitante acompañó a la solicitud de folio 1, certificado de nacimiento y credencial de discapacidad de don Orlando Marcelino Pinto Romero; copia autorizada de sentencia definitiva de fecha 13 de junio de 2017 dictada en autos Rol V-61-2017, seguidos ante este Tribunal; copia autorizada de inscripción de fojas 5810 vuelta Nº 2532 del Registro de Prohibiciones e Interdicciones de Enajenar del año 2017 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles; copia autorizada de la inscripción especial de herencia de fojas 5604 N° 4873 del Registro de Propiedad del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles; contrato de cesión de derechos de fecha 19 de enero del año 2017; copia de inscripción de fojas 1203 N° 1035 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles correspondiente al año 2017; certificados de avalúos fiscales emitidos por el Servicio de Impuestos Internos correspondiente al segundo semestre del año 2020; copia liquidación de pago de don Orlando Marcelino Pinto Romero de fecha 28 de octubre de 2020; en folio 9, se encuentra agregado informe social proveniente del Cesfam Norte, Servicio Social, de la I. Municipalidad de esta comuna; en folio 19, acompañó inscripción dominical vigente de fojas 983, N°705 del Registro de Propiedad de año 2010, conjuntamente con certificado de hipotecas y gravámenes, interdicciones y prohibiciones de enajenar y litigios, de fecha 12 de noviembre de 2021, ambos del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles y en folio 23, acompañó certificado de matrimonio de don Eliecer Cruces Cruces con doña Corina Almendras Cabezas. 3°.- Que, en el folio 4, se acompañó información sumaria de las testigos Elba Nery Hernández Gutiérrez y Guillermina Alicia Vargas Cabezas, quienes son vecinas de la solicitante y la conocen hace más de 20 y 25 años, respectivamente, señalando en lo pertinente que les consta que vive con su hermano discapacitado Orlando Pinto Romero, encargándose de su cuidado desde hace 15 años; indican que saben que la pensión de invalidez que recibe éste no les alcanza para solventar
Fallo
En mérito de lo expuesto y normas legales que cita, pide que se autorice la enajenación de las acciones y derechos sobre el inmueble denominado Lote A, de las cuales es titular el interdicto ORLANDO MARCELINO PINTO ROMERO, facultando a su representada doña PETRONILA OLIMPIA PINTO ROMERO como curadora general legítima y definitiva del mismo, para enajenar dichas acciones y derechos, mediante un contrato de permuta con don ELIECER CRUCES CRUCES, quien comparecerá en su calidad de administrador de la Sociedad Conyugal según los artículos 1749 y siguientes del Código Civil habida con su cónyuge doña CORINA DEL ROSARIO ALMENDRAS CABEZAS, respecto del inmueble denominado Lote A Cuatro de su propiedad. En folio 4, con fecha 04 de mayo de 2021, rola información sumaria de dos testigos. En folio 14, con fecha 27 de septiembre de 2021, rola informe del Defensor Público. En folio 32, con fecha 07 de marzo de 2022, se ingresaron autos para fallo. CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, conforme lo consignado en la parte expositiva precedente, la solicitante comparece en su calidad de curadora general y definitiva de su hermano interdicto don Orlando Marcelino Pinto Romero, solicitando autorización judicial para enajenar las acciones y derechos de las cuales su pupilo es titular en el inmueble denominado Lote A, inscrito a fojas 5604, N° 4873, del Registro de Propiedad del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, mediante un contrato de permuta a celebrarse con do
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Angelesº CAUSA ROL : V-292-2020 CARATULADO : PINTO/ Los Angeles, uno de Abril de dos mil veintid só VISTO: Con fecha 09 de diciembre de 2020, en folio 1, rectificada en folio 29, se presenta don GASTÓN ENRIQUE VELÁSQUEZ CONTRERAS, abogado, con domicilio en calle Colo Colo N°358, 2° piso, Oficina N°3, Los Ángeles, e
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