CUYAN/SERVICIOS Y COBRANZA LIMITADA
Rol
M-3423-2022
Fecha
2 de febrero de 2023
Materia
Despido injustificado, Indemnización convenciona, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto forzados a prescindir de sus servicios de forma permanente, con el fin de disminuir los costos fijos y operacionales y revertir los resultados señalados. Los
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece al proceso ANA MARIA CUYAN HUICHAL, C.N.I. 16.385.446-5, Chilena, desempleada, con domicilio en Arturo Prat 625, oficina 32, San Bernardo, Región Metropolitana, quien interpone demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones en contra de SERVICIOS Y COBRANZAS SEYCO LTDA RUT: 76.098.502-3, empresa del giro de su denominación, representada legalmente en virtud de los dispuesto en el artículo 4° inciso primero del Código del Trabajo por don NATALIA LASTRA CASTRO, ignoro profesión u oficio, o por quien haga las veces de tal en virtud de dicho artículo, ambos domiciliados en AV. DEL VALLE 737, HUECHURABA, a fin de que se declare improcedente su despido y se condene a la demandada al pago de las prestaciones que señala, todo con reajuste, intereses y costas. Fundando lo anterior señala que con fecha 01 de diciembre de 2015, fue contratada por la demandada, bajo vínculo de subordinación y dependencia en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo, para desempeñarse como “GESTOR TELEFÓNICO DE COBRANZA”. Su remuneración mensual alcanzaba a la suma de $1.364.483.- Con fecha 19 de octubre de 2022 su empleador me entrega carta de aviso de termino de contrato por “necesidades de la empresa”. La Carta entregada por mi ex empleador es del siguiente tenor: “Señora ANA MARIA CUYAN HUICHAL Cédula de Identidad N° 16.385.446-5 VENEZUELA 6172 PEÑALOLEN Presente Ref.: Comunica término del contrato de trabajo por artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo. De nuestra consideración: Por medio de la presente, comunicamos a usted la decisión de Servicios y Cobranzas Seyco Ltda. ("SEYCO” o la "Empresa” o la "Compañía”) Rol Único Tributario N°76.098.502-3., de poner término a su contrato de trabajo con esta fecha, de conformidad con la causal establecida en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, esto es "necesidades de la empresa, establecimiento o servicio". Los antecedentes objetivos que sirven de fundamento a esta decisión son los que a continuación se indican: La pandemia del COVID-19 ha hecho que la economía se desplome, al punto de ver la peor recesión en décadas. Como es de público conocimiento, el 18 de marzo de 2020. el Presidente de la República decretó el estado de catástrofe a propósito de la pandemia mundial por Coronavirus SARS COV 2 - COVIDI9. el que se prorrogó hasta el 30 de septiembre de 2021, situación que aún no ha terminado, encontrándonos actualmente en estado de Alerta Sanitaria. Asimismo, el alza imparable de la inflación, con un índice de Precios al Consumidor (1PC) por sobre el 13%., ha aumentado enormemente el valor de la canasta básica, disminuyendo la capacidad económica de los deudores de productos financieros que cobra la Empresa, lo que indudablemente ha significado una disminución importante en recupero que debe efectuar la Empresa en virtud de la cobranza prejudicial, es decir, no se ha logrado el recupero de los valores imputables al pago de productos financiero
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda de autos interpuesta por ANA MARIA CUYAN HUICHAL en contra de SERVICIOS Y COBRANZAS SEYCO LTDA, y en consecuencia: a) se declara injustificado el despido que fue objeto la actora. b) la demandada deberá pagar a la demandante la cantidad de $2.865.414.-por concepto de recargo del 30% de la indemnización por años de servicio. c) la demandada deberá restituir a la demandante la cantidad de $1.559.973.-, descontada ilegalmente del finiquito por concepto de aporte patronal al fondo de cesantía d) las sumas señaladas anteriormente deberán pagarse con los intereses y reajustes señalados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. II.- Que se condena en costas a la demandada, por haber resultado completamente vencida, regulándose prudencialmente las mismas en la suma de $400.000.-. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT M-3423-2022 RUC 22- 4-0445369-K Dictada por GONZALO FIGUEROA EDWARDS, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, dos de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece al proceso ANA MARIA CUYAN HUICHAL, C.N.I. 16.385.446-5, Chilena, desempleada, con domicilio en Arturo Prat 625, oficina 32, San Bernardo, Región Metropolitana, quien interpone demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones en contra de SERVICIOS Y COBRANZAS SEYCO LTDA
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