11º Juzgado Civil de Santiago

TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/FIGUEROA

Rol

C-4065-2020

Fecha

30 de marzo de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que compareció doña Leslie Loreto Merino Mendoza, abogada, mandatario judicial en representación de Scotiabank Chile, representada legalmente por su gerente general, don Francisco Sardón Taboada, abogado, en calidad de continuador o sucesor legal del Banco del Desarrollo, todos domiciliados, en Morandé Nº226, comuna de Santiago, quien comparece a su vez en calidad de mandatario especial de la Tesorería General de la República, con domicilio en calle Teatinos 28, comuna de Santiago, quien dedujo demanda ejecutiva por cobro de pagaré, en contra de doña Lesly Alejandra Figueroa González, ignora profesión u oficio, domiciliada en Los Tilos 1510 E, Pob. Cemento Melón, Nogales, comuna de La Calera, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de 1.118,1148 UF equivalentes en pesos al día 26 de febrero de 2020, a la suma de $31.805.960, más intereses y costas. Expone que el ejecutante es dueño de dos pagarés suscritos por el Banco del Desarrollo, hoy Scotiabank, a su vez en representación de la ejecutada en virtud del mandato conferido por esta última en la cláusula décimo quinta y décimo sexta, del Contrato de Apertura de Línea de Crédito para Estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal, celebrado en conformidad a la ley N° 20.027: 1) pagaré suscrito con fecha 28 de enero de RIT« » Foja: 1 2020, por la suma de 111,8115 UF, y 2) pagaré suscrito con fecha 28 de enero de 2020, por la suma de 1006,3033 UF. Expone que los pagarés no fueron pagados a la fecha de su vencimiento, por lo que el deudor se encuentra en mora desde dicha fecha respecto del capital. Además, se estipuló en dichos títulos que en caso de no pago de la deuda a la presentación a cobro del respectivo pagaré, se capitalizarán los intereses vencidos y la obligación devengará a favor del banco, a partir de esa misma fecha, a título de pena, intereses moratorios a la tasa de interés máximo convencional fijada por la autoridad a la fecha de suscripción

Fundamentos

Considerando: Primero: Que compareció doña Leslie Loreto Merino Mendoza, en representación de Scotiabank Chile, en calidad de continuador o sucesor legal del Banco del Desarrollo, quien comparece a su vez en calidad de mandatario especial de la Tesorería General de la República, quien dedujo demanda ejecutiva por cobro de pagaré, en contra de doña Lesly Alejandra Figueroa González, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de 1.118,1148 UF equivalentes en pesos al día 26 de febrero de 2020, a la suma de $31.805.960, más intereses y costas. Fundamentaron su demanda ejecutiva sobre la base de los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia que se tienen por íntegramente reproducidos. Segundo: Que al comparecer la ejecutada Lesly Alejandra Figueroa González se opuso a la ejecución deduciendo las excepciones sobre la concesión de esperas o la prórroga del plazo; la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidas en las leyes para que el título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado; la nulidad de la obligación; y la ineptitud del libelo por falta de algún requisito legal en el modo de formular la demanda, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 254 del código de procedimiento civil, reguladas respectivamente, en los numerales 11, 7, 14 y 4 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, fundamentada en la parte expositiva de esta sentencia. RIT« » Foja: 1 Tercero: Que recibida la causa a prueba, las partes no rindieron prueba, salvo la documental presentada con la demanda, consistente en los pagarés fundantes, el contrato de apertura de la line de crédito, y las personerías del banco ejecutante, sus apoderados y de la abogada patrocinante. Cuarto: La alegación de ineptitud de libelo que efectúa la ejecutada ha de desestimada. Dicha excepción guarda estricta relación con las exigencias contenidas en el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, las que se puede verificar cumplida en la demanda. El hecho de que plantee la demandada de que primero debió hacer efectiva la garantía antes de demandar, no se refiere para nada con los requisitos formales de la demanda, sino más bien es una alegación de fondo vinculada con la legitimación activa, lo que además de no ser explicado y fundado debidamente, escapa de los alcances de la excepción esgrimida, debiendo rechazarse. Quinto: En cuanto a la excepción contemplada en numeral 11° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, basta para su rechazo la sola constatación de que ninguna prueba se ha rendido para probarla, carga procesal que de conformidad con el artículo 1698 del Código Civil le cabía a la ejecutada. Sexto: Respecto de de la excepción del N° 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esta consiste en que no se ha realizado el protesto ni suscrito ante notario. La demandada reconoce haber suscrito un contrato de contrato de apertura

Fallo

se declararon admisibles las excepciones, y se recibió la causa a prueba fijándose el siguiente punto de RIT« » Foja: 1 prueba: Si la ejecutante le ha otorgado a la parte ejecutada concesiones de esperas o prórrogas del plazo en cuanto a la presente ejecución. Fecha y estipulaciones. El 5 de enero de 2022 se citó a las partes a oír sentencia. Considerando: Primero: Que compareció doña Leslie Loreto Merino Mendoza, en representación de Scotiabank Chile, en calidad de continuador o sucesor legal del Banco del Desarrollo, quien comparece a su vez en calidad de mandatario especial de la Tesorería General de la República, quien dedujo demanda ejecutiva por cobro de pagaré, en contra de doña Lesly Alejandra Figueroa González, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de 1.118,1148 UF equivalentes en pesos al día 26 de febrero de 2020, a la suma de $31.805.960, más intereses y costas. Fundamentaron su demanda ejecutiva sobre la base de los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia que se tienen por íntegramente reproducidos. Segundo: Que al comparecer la ejecutada Lesly Alejandra Figueroa González se opuso a la ejecución deduciendo las excepciones sobre la concesión de esperas o la prórroga del plazo; la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidas en las leyes para que el título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado; la nulidad de la obligació

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 21 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4065-2020 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REPUBLICA DEÍ CHILE/FIGUEROA Santiago, treinta de Marzo de dos mil veintid só Vistos: Que compareció doña Leslie Loreto Merino Mendoza, abogada, mandatario judicial en representación de Scotiabank Chile, representada legalmente por su geren

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