1º Juzgado de Letras de Curicó

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CONTRATISTA MAURICIO ANTONIO PAREDES FUENZALIDA

Rol

C-3108-2020

Fecha

29 de marzo de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que, a folio 01, con fecha 09 de noviembre de 2020, comparece Maximiliano Sanchez Derio, abogado, mandatario judicial en representaci n convencional del ó Banco Del Estado De Chile, empresa aut noma de cr ditos del Estado, seg n se acredita con escrituraó é ú p blica de mandato judicial de fecha 02 de Enero de 2020, otorgada ante el Notario P blicoú ú de Santiago don lvaro Gonz lez Salinas, con domicilio en Avda. Libertador Bernardo OÁ á Higgins N 1111, piso 8 , Comuna de Santiago, quien interpone demanda ejecutiva por cobro´ º º de pagar en contra de é Contratista Mauricio Antonio Peredo Fuenzalida EIRL, deudor principal, ignora giro, representada legalmente por don Mauricio Antonio Peredo Fuenzalida, ignora profesi n u oficio, domiciliados en Pasaje Claude Debussy 260 Villa Boldoó V, Curic , y en calidad de avalista y codeudor solidario, por don ó Mauricio Antonio Peredo Fuenzalida, ignoro profesi n u oficio, con domicilio en Pasaje Claude Debussy 260 Villaó Boldo V, Curic .ó Funda su pretensi n en que ó es due o del pagar que se acompa a en el primer otrosñ é ñ í de su demanda, que fue suscrito en calidad de deudor principal por Contratista Mauricio Antonio Peredo Fuenzalida EIRL, representada legalmente por don Mauricio Antonio Peredo Fuenzalida. Refiere que el pagar fue suscrito por la suma de $14.614.792.-, por concepto deé capital, m s un inter s del 1,26% mensual, que el deudor se oblig a pagar en 6 cuotasá é ó semestrales y sucesivas de $3.237.102.- cada una, salvo la ltima cuota de $3.237.104.- todasú con vencimiento los d as 05 del mes correspondiente al servicio pactado, venciendo la primeraí de ellas el d a 05 de junio de 2020.í Indica que se estableci en el pagar que en caso de mora o simple retardo en el pagoó é de cualquiera de las cuotas pactadas, el deudor est obligado a pagar, desde elá incumplimiento, intereses penales equivalentes al m ximo convencional seg n las tasas queá ú rijan durante el retardo, sin perjuicio de los dem s derechos

Fallo

por tanto el Banco del Estado deí Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $14.614.792.-, m s los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completoá pago de la deuda m s la comisi n legal del 2,00% anual sobre el saldo del capital garantizadoá ó por el Fondo de Garant a para Peque os Empresarios (FOGAPE), m s las costas de estaí ñ á causa. Manifiesta que como consta del pagar que acompa a, la obligaci n es indivisible, elé ñ ó suscriptor relev al portador de los documentos de la obligaci n de protesto y, la(s) firma(s) deó ó este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligaci n es l quida, actualmente exigible yó í la acci n ejecutiva no se encuentra prescrita.ó Previa alusi n a la normativa en que funda su acci n, solicitaó ó tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de Contratista Mauricio Antonio Peredo Fuenzalida EIRL, representada legalmente por Mauricio Antonio Peredo Fuenzalida, y de don Mauricio Antonio Peredo Fuenzalida, ya individualizados, en las calidades ya indicadas, admitirla a tramitaci n y ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por laó ó suma de $14.614.792.-, m s la comisi n legal del 2,00% anual sobre el saldo del capitalá ó garantizado por el Fondo de Garant a para Peque os Empresarios (FOGAPE), m s interesesí ñ á pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecuci n hastaó que a su representada se le haga entero y cu

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 35 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : C-3108-2020 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/CONTRATISTA MAURICIO ANTONIO PAREDES FUENZALIDA Curico, veintinueve de Marzo de dos mil veintid só VISTO: Que, a folio 01, con fecha 09 de noviembre de 2020, comparece Maximiliano Sanchez Derio, abogado, mandatario judicial en repres

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