2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SANCHEZ CON CENTRO MEDICO DE NUTRICION INTEGRAL LIMITADA

Rol

O-5787-2022

Fecha

31 de enero de 2023

Materia

Despido indirecto

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos que constan en registro de audio: 1) Sandra Irene Montoya Salomón, empleada, Rut 26.347.376-0, domiciliada en Huerfanos 669, oficina 412, Santiago. Oficios: La parte demandante se desiste de incorporar el oficio solicitado a la Dirección del Trabajo, según consta en registro de audio. La parte DEMANDADA incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de trabajo de fecha 10 de marzo de 2021 celebrado entre Centro Médico de Nutrición Integral Ltda., y la demandante de fecha 10 de marzo de 2021. 2) Dos comprobantes de constancia laboral para empleadores de fecha 14 y 19 y julio ambos del 2022. 3) Liquidación de remuneración del mes de abril de 2022. 4) Comprobante de transferencia de fecha 02 de mayo de 2022. 5) Comprobante de transferencia de fecha 10 agosto de 2022. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandada. Confesional: La parte demandada se desiste de hacer efectivo este medio de prueba, según consta en registro de audio. Testimonial: Declaró la siguiente testigo, quien legalmente juramentada expone sobre los hechos que constan en registro de audio: 1) Patricia Angélica Ruiz Aguilera, cedula de identidad N° 11.225.917-1. Observaciones a la prueba: Las partes realizaron las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. VISTOS, OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Parte resolutiva

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 10, 11, 41, 42, 63, 67, 73, 171, 420 y siguientes, 453 y siguientes, 462 y siguientes, se declara: I. Que, ha lugar a la demanda interpuesta por doña Gianella Sánchez Molina en contra de CENTRO MEDICO DE NUTRICION INTEGRAL SpA, representada legalmente por doña Fabiola Georgina Ruiz Aguilera, solo en cuanto se condena a esta última a pagar a la demandante las siguientes prestaciones: a) $195.443.- por concepto de remuneración de 13 días de julio del año 2022. b) $130.263.- por concepto de saldo pendiente de feriado legal y proporcional. II. Que, las sumas ordenadas a pagar deberán serlo más reajustes e intereses conforme lo dispuesto en el artículo 63 del Código del Trabajo. III. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo debe entenderse que el término de los servicios de la demandante, producido el 13 de julio del año 2022, fue por renuncia voluntaria de ésta. IV. Que, no se condena en costas a la parte demandada por no haber sido totalmente vencida. V. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesta en ella dentro de quinto día, en caso contrario, certifíquese y conforme a lo dispuesto en el artículo 468 del Código del Trabajo pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional respectivo. Devuélvanse los documentos a las partes una vez ejecutoriada la sentencia. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente d

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 31 DE ENERO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 4 (PRESENCIAL) RUC 22-4-0428360-3 RIT O-5787-2022 MAGISTRADA LORENA FLORES CANEVARO ADMINISTRATIVA DE ACTAS CLAUDIA CÉSPEDES SOTOMAYOR HORA DE INICIO 11:22 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:56 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2240428360-3-1349-2301

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