28º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/GÓMEZ

Rol

C-13300-2020

Fecha

24 de marzo de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. Con fecha 26 de agosto del 2020, comparece don Jos Miguel Matte Risopatr né ó , abogado, actuando en calidad de mandatario judicial - seg n consta de copia deú escritura p blica de fecha 04 de julio de 2019 acompa ada en un otros de su demandaú ñ í ejecutiva, - del Banco de Cr dito e Inversionesé , sociedad del giro de su denominaci n,ó representada legalmente por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, Ingeniero Civil, todos con domicilio para estos efectos en Av. Libertador Bernardo O Higgins N 1449, Torre 04, Piso 8, Edificio Santiago Down- Town, comuna de´ ° Santiago, quien interpuso demanda ejecutiva en contra de do a ñ JANET ROXANY GOMEZ HUERTA, ignora profesi n u oficio, actualmente con domicilio particular enó Jos Miguel Carrera 439, Depto. Santiago é y pide despachar mandamiento de ejecuci n yó embargo por la suma de $ 1.103.741.-, m s intereses y costas.á Refiere que su representado es due o del Pagar a la vista extendido a la ordenñ é de su representado, el que fue suscrito con fecha 27 DE MAYO DE 2020 a nombre de la deudora por la suma de $1.103.741. El documento referido fue suscrito, en representaci n de la deudora, por do aó ñ PATRICIA SALAS MARTICORENA quien act a debidamente facultado para suscribirú el pagar de autos a nombre de la demandada. Para acreditar esta circunstanciaé acompa a, oportunamente, tanto el mandato conferido por la ejecutada a suñ representada para suscribir el pagar a su nombre y documentar la deuda, comoé asimismo la personer a de í PATRICIA SALAS MARTICORENA para actuar a nombre del banco acreedor. A contar de esta fecha la obligaci n devengar intereses a raz n deó á ó la tasa m xima convencional que la ley permite estipular para operaciones monedaá nacional no reajustables. Se a que la deudora ya individualizada no ha dado cumplimiento a la obligaci nñ ó contra da, toda vez que no ha efectuado el pago de lo adeudado, dado que no haí pagado ntegramente el cr dito, encontr ndose por

Fundamentos

considerando que es un pagare a la vista y por lo mismo laá fecha de su vencimiento la determina el beneficiario. Beneficiario que en el caso de autos, no cumpli con la carga de presentar el documento para su pago.ó Previa jurisprudencia y citas legales, solicita se acojan las excepciones interpuestas, con costas Con fecha 8 de abril del 2021, el ejecutante, evacua el traslado conferido, solicitando el rechazo de las excepciones opuestas con condenaci n en costas. ó Con fecha 12 de abril del 2021, se tiene por evacuado el traslado conferido,

Fallo

se declaran admisibles las excepciones opuestas y se reciben a prueba por el t rmino legal. é Con fecha 18 de enero del 2022, se cita a las partes a o r sentencia. í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que con fecha 26 de agosto del 2020, comparece don Jos Miguelé Matte Risopatr nó , abogado, actuando en calidad de mandatario judicial - seg n constaú de copia de escritura p blica de fecha 04 de julio de 2019 acompa ada en un otros deú ñ í su demanda ejecutiva, - del Banco de Cr dito e Inversionesé , sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmente por su Gerente General don ó Eugenio Von Chrismar Carvajal, Ingeniero Civil, , quien en virtud de los argumentos de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia, pide despachar mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de ó $ 1.103.741.-, m s intereses y costas.á SEGUNDO: Que, con fecha 25 de marzo del 2021, el abogado don Mauricio Alejandro Saurines Barria, en representaci n de la parte ejecutada,ó opuso a la ejecuci nó las excepciones de los numerales 7 , 11 y 14 del art culo 464 del C digo de° ° ° í ó Procedimiento Civil C-13300-2020 TERCERO: Que con fecha 8 de abril del 2021, el ejecutante, evacua el traslado conferido, solicitando el rechazo de las excepciones opuestas con condenaci n enó costas CUARTO: Que habi ndose excepcionado la parte ejecutada, argumentando laé falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que los t tulos esgrimidos por

Texto Completo (Preview)

C-13300-2020 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13300-2020 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/G MEZÉ Ó Santiago, veinticuatro de Marzo de dos mil veintid só VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. Con fecha 26 de agosto del 2020, comparece don Jos Miguel Matte Risopatr né ó , abogado, actuando en calidad de mandatario judicial - seg n

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica