1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GÁLVEZ/SALESLAND CHILE SPA

Rol

O-4055-2022

Fecha

27 de enero de 2023

Materia

Costas, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. La existencia de una relación laboral entre las partes entre el 06 de octubre del 2020 y 11 de marzo del 2022 desempeñándose la demandante como ejecutiva de ventas y con una última remuneración de $457.307. 2. Que la demandada principal puso fin a la relación laboral con fecha 11 de marzo del 2022 en virtud del N°3 del artículo 160 del Código del Trabajo cumpliendo con las formalidades legales 3. Que la demandada no recibió licencia médica por las ausencias de la actora entre el 01 y 11 de marzo del 2022 y 4. Que la actora no presto servicios en los días antes referidos y como HECHOS A PROBAR: 1. Contenido de la carta de despido. 2. Concurrencia delos hechos invocados en ella 3. Motivo por el cual la demandante no se presentó a prestar servicios entre el 01 y 11 de marzo del 2022. CUARTO: Que la parte demandada incorporó a la audiencia de juicio los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de trabajo de la actora, de fecha 6 de octubre de 2020, más 11 anexos firmados con esa fecha, entre los cuales se encuentre recepción conforme del Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad. 2. Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad de la empresa. 3. Liquidaciones de remuneraciones entre octubre de 2020 a marzo del año 2022, ambos meses inclusive. 4. Detalle de comisiones entre enero a marzo de 2022. 5. Registro de asistencia de la actora mes de marzo de 2022. 6. Carta de despido de la actora de fecha 11 de marzo de 2022, orden transporte de la carta de despido y notificación a la Dirección del Trabajo. 7. Certificado de pago de cotizaciones de la trabajadora durante todo el periodo trabajado emitido por PREVIRED. Confesional: Compareció a absolver posiciones doña MARÍA OLGA GÁLVEZ GAJARDO cédula de identidad 16.778.892-0. Testimonial: Compareció a declarar don ELÍAS FIGUEROA DODER, C.I. 15.347.761-2.- QUINTO: Que a su turno la demandante incorporó la siguiente prueba: Documental: 1.- Acta de comprendo de conciliación ante

Fundamentos

CONSIDERANDO DEMANDA PRIMERO: Que en estos autos comparece doña MARÍA OLGA GALVEZ GAJARDO, cédula de identidad 16.778.892-0, empleada, domiciliada en Avda. Mar de Chile N° 811, departamento 1, comuna de Viña Del Mar, quien interpone demanda en Procedimiento de Aplicación General por Despido Indebido y cobro de prestaciones, en contra de mi ex empleadora: SALESLAND CHILE SPA, Rut: 76.192.463-K, del giro otras actividades de dotación de recursos humanos, representada legalmente en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 inciso 1º del Código del Trabajo, por don DAVID PÉREZ RODADO, Rut 24.796.956-K, ignoro profesión u oficio, o por quien haga las veces de tal en virtud de dicho artículo, ambos domiciliados en calle Arzobispo Larraín Gandarillas N°65, comuna de Providencia. Expone que con fecha 06 de octubre de 2020, ingresó a prestar servicios personales para la demandada, bajo vínculo de subordinación y dependencia, en los términos del artículo 7º del Código del Trabajo, suscribiendo contrato de trabajo a plazo fijo que pasó a ser indefinido. Las funciones para las cuales fue contratada eran las de “ejecutiva de ventas junior”, debiendo desarrollarlas en el domicilio de la demandada ubicado en calle 4 Oriente N°52, comuna de Viña del Mar, en una jornada de 45 horas semanales, distribuidas de Lunes a Viernes, en un horario que se extendía desde las 10:00 a las 19:00 horas; y el sábado, desde las 10:30 a las 15:30 horas. - Remuneración. En cuanto a la remuneración, para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, el promedio de las tres últimas remuneraciones íntegras, marzo, abril y mayo de 2021, asciende a la cantidad de $457.307 mensuales. En el mes de junio de 2021 sufrió un accidente laboral de trayecto, fracturándome un pie, siendo tratada en la Asociación Chilena de Seguridad, hasta el mes de septiembre de 2022, fecha en que le fue otorgada el alta médica, sin perjuicio continuó con molestias y comenzó a sufrir crisis de pánico. Inició tratamiento con médico siquiatra, manteniéndose con reposo médico desde octubre 2021 hasta la fecha de esta presentación Luego de concluir el tratamiento, continuó con molestias físicas y comenzó a sufrir reiteradas crisis de pánico. Por esta razón consultó a un médico psiquiatra e inició un tratamiento que la mantiene con licencias médicas continuas desde el mes de octubre de 2021 hasta la fecha de esta presentación. Refiere que las licencias médicas eran remitidas por vía electrónica a su empleadora, sin embargo, con fecha 11 de marzo de 2022, recibió un correo electrónico que comunicaba el término de la relación laboral en virtud de la causal del artículo 160 N° 3 del Código del Trabajo, ya que se le imputaban inasistencias injustificadas desde el 01 al 11 de marzo de 2022. – Al recibir esta comunicación, con fecha 14 de marzo de 2022, se contactó con el médico tratante, quien al revisar el sistema, se percató que la licencia médica extendida, no había sido debidamente enviada, por una aparente falla

Fallo

POR TANTO, en mérito de lo expuesto y de conformidad a lo establecido en los artículos 67, 73, 160, 162, 168, 172, 173, 446, 454 Nº 1 inciso 2°, y siguientes del Código del Trabajo, demás normas citadas pode tener por interpuesta demanda, acogerla a tramitación, declarando en definitiva: 1. Indemnización por 1 año de servicios, por la cantidad de $457.307, 2. Recargo legal del 80% respecto de la indemnización por años de servicios, por la cantidad de $365.845, 3. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, por la cantidad de $457.307, 4. Feriado legal, correspondiente a la anualidad 2020-2021, equivalente 21 días de remuneración, por la cantidad de $285.687, 5. Feriado proporcional, correspondiente al período que se extiende desde el 06 de octubre de 2021 al 11 de marzo de 2022, equivalente a 9,0415 días de remuneración, por la cantidad de $123.002, 6. Las siguientes cotizaciones de seguridad social en: - AFC Chile S.A: marzo de 2022. 7. Reajustes e intereses en relación a los montos demandados. 8. Las costas de la causa. CONTESTACION SEGUNDO: Que en representación de la demandada SALESLAND CHILE SPA, compareció don FRANCISCO JAVIER ACEITUNO CONTRERAS, abogado, quien contestando la demanda solicitó su rechazo con costas. Expuso que niega que la trabajadora haya justificado en forma debida a la empresa su ausencia en los días 1-2-3-4-5-7-8-9-10-11 de marzo de 2022 (10 días seguidos), lo que ocasionó el despido; que se haya hecho entrega a la empresa de documento alg

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintisiete de enero de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO DEMANDA PRIMERO: Que en estos autos comparece doña MARÍA OLGA GALVEZ GAJARDO, cédula de identidad 16.778.892-0, empleada, domiciliada en Avda. Mar de Chile N° 811, departamento 1, comuna de Viña Del Mar, quien interpone demanda en Procedimiento de Aplicación General por

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