MARTÍNEZ/HOSPITAL DR. EXEQUIEL GONZÁLEZ CORTÉS
Rol
T-48-2022
Fecha
27 de enero de 2023
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Costas, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos denunciados le han causado una profunda afectación emocional, sufrimiento y daño moral, el que debe ser indemnizado conforme explica y detalla, dándose por reproducida la demanda en lo pertinente y en mérito de lo expuesto y normas legales que invoca, solicita se condene a la demandada al pago de las prestaciones que consigna en el petitorio de su libelo pretensor. SEGUNDO: Que la demandada no contestó en tiempo y forma el libelo incoado en su contra, por lo que nada expuso con relación a las pretensiones del actor y se tuvo por evacuado el trámite de contestación en su rebeldía. TERCERO: Que celebrada la audiencia preparatoria, sólo compareció a ella la parte demandante y fracasado el trámite de conciliación, el Tribunal recibió la causa a prueba, fijando los hechos a probar que constan en el acta respectiva la que, en lo pertinente, se da por reproducida para todos los efectos legales. CUARTO: Que, en orden a acreditar los
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que Julio Andrés Martínez Guajardo, técnico en enfermería, domiciliado para estos efectos en Agustinas N°1442, oficina 303-B, comuna de Santiago, interpone denuncia en procedimiento de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales durante la relación laboral, en contra del Hospital Dr. Exequiel González Cortés, representado legalmente por Inés de las Mercedes Araneda Aranda, ambos domiciliados en calle Ramon Subercaseaux N°1528, comuna de San Miguel, con el objeto que se hagan las declaraciones y se condene al demandado al pago de las prestaciones que indica. Fundando su pretensión señala que empezó su relación laboral con el Hospital Doctor Exequiel González Cortés, el día 1 de febrero del año 2016, en calidad funcionario público de salud a contrata, para desempeñarse como técnico en enfermería nivel superior dentro de la Unidad de Medicina Transfusional, con una jornada de 44 horas semanales, percibiendo una remuneración mensual bruta de $650.000.- Indica que siempre tuvo problemas con su jefa y sus compañeros de trabajo donde mantenían un trato poco respetuoso y de constante descalificación hacia su persona, siendo constantemente perseguido por sus compañeros y jefatura directa, siendo criticado de forma constante e injustificada dentro de la Unidad de Medicina Transfusional, en cuanto a sus capacidades relacionales con sus compañeros, siendo criticado por su introvertida forma de ser, por lo que siempre se le tildó de “distante, frío y hasta agresivo”. Añade que con fecha 29 de mayo de 2020, se presentó un reclamo administrativo en su contra por parte de varios de sus compañeros de trabajo, quienes sostenían que él era un “compañero de trabajo distante, agresivo y que siempre le llevaba la contraria a todo el departamento”, cosa que es totalmente falsa. Señala que con fecha 15 de Junio del año 2020, dentro del grupo de WhatsApp de los funcionarios de la unidad de Unidad de Medicina Transfusional, expuso su punto de vista respecto de cómo podían todos mejorar como equipo de trabajo, lo que fue tomado de mala manera por su jefatura, en razón de ello, su empleador con fecha 6 de noviembre de 2020, de forma indebida y sin mayor fundamente administrativo ni jurídico, realizó “una renovación parcial por 6 meses” de su contrato. Indica que el clima laboral dentro de la Unidad de Medicina Transfusional empeoró de sobremanera hasta el día de hoy y su jefatura lo presionaba cada vez más con mayor sobrecarga de trabajo en relación con sus otros colegas y afirma que el hostigamiento constante de su jefatura y demás colegas ha perdurado hasta la actualidad, por lo que está actualmente bajo la evaluación del Instituto de Seguridad Laboral, para determinar el mejor tratamiento que pueda obtener en contra del fuerte cuadro de estrés laboral que lo afecta. Luego de citar normativa aplicable en la especie, señala que los hechos denunciados le han causado una profunda afectación emocional, sufrimiento y daño moral, el que
Fallo
en mérito de lo expuesto y normas legales que invoca, solicita se condene a la demandada al pago de las prestaciones que consigna en el petitorio de su libelo pretensor. SEGUNDO: Que la demandada no contestó en tiempo y forma el libelo incoado en su contra, por lo que nada expuso con relación a las pretensiones del actor y se tuvo por evacuado el trámite de contestación en su rebeldía. TERCERO: Que celebrada la audiencia preparatoria, sólo compareció a ella la parte demandante y fracasado el trámite de conciliación, el Tribunal recibió la causa a prueba, fijando los hechos a probar que constan en el acta respectiva la que, en lo pertinente, se da por reproducida para todos los efectos legales. CUARTO: Que, en orden a acreditar los fundamentos de su pretensión, la parte demandante ofreció e incorporó en la audiencia de juicio la prueba documental singularizada en el acta respectiva la que, para todos los efectos legales, se da por expresamente reproducida en lo pertinente. A su vez, solicitó se hiciera efectivo el apercibimiento legal respecto de la prueba confesional y exhibición de documentos solicitada. Que, por su parte, el hospital demandado no incorporó probanza alguna en orden a desvirtuar las alegaciones formuladas por el demandante. QUINTO: Que con el mérito de la prueba documental incorporada en esta causa, se tendrá por acreditado que el demandante ingresó a prestar servicios para el hospital demandado el día 1 de febrero del año 2016, en calidad a contratado,
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintisiete de enero de dos mil veintitrés Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Que Julio Andrés Martínez Guajardo, técnico en enfermería, domiciliado para estos efectos en Agustinas N°1442, oficina 303-B, comuna de Santiago, interpone denuncia en procedimiento de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales durante la relación laboral, en contra del Hospital Dr. Exequiel
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica