1º Juzgado Civil de Santiago

CAR S.A./DÍAZ

Rol

C-13838-2020

Fecha

17 de marzo de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece MAURICIO ARANEDA BUNTING, abogado, domiciliado en Mac Iver N°125, piso 6, comuna de Santiago, en representación judicial de CAR S.A., sociedad anónima del giro operación y administración de tarjetas de crédito, representada por Matías Madrid Hidalgo, ingeniero comercial y por Christian González Salazar, ingeniero civil, todos domiciliados en calle Paseo Estado N°91, piso 2, comuna de Santiago, en contra de EUGENIO DIAZ CHAVEZ, ignora profesión u oficio, con domicilio en Av. 18 de Septiembre N°226, comuna de Limache, por el cobro de la suma de $2.055.967.-, más reajustes e intereses que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda la ejecución en que la demandada adeuda a su representado el importe correspondiente a la siguiente operación: .- Pagaré Nº000000809495, suscrito a la orden de CAR S.A., suscrito por Eugenio Díaz Chávez representado por Graciela Valenzuela Fernández, y ésta, a su vez en representación de Sociedad de Cobranzas Payback Limitada, por la suma de $2.055.967.-, cantidad que el deudor se obligó a C-13838-2020 Foja: 1 pagar el día 30 de agosto de 2020; agregando que, se estipuló que el capital adeudado no devenga intereses hasta la fecha de su vencimiento, y que en caso de mora o simple retardo en el pago de esta obligación se devengarán por todo el tiempo de la mora y hasta su pago efectivo, intereses con una tasa equivalente al máximo convencional para operaciones de crédito de dinero en moneda nacional no reajustable, según el monto y plazo de esta operación. Sostiene que el deudor no cumplió con obligación al no pagar la totalidad de la deuda el día pactado para su pago indicado, por lo que viene en hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $2.055.967.-, por concepto de capital adeudado, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo p

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, MAURICIO ARANEDA BUNTING, en representación de CAR S.A, demandó ejecutivamente a EUGENIO DIAZ CHAVEZ, en su calidad de deudor principal, por el cobro de la suma de $2.055.967.-, más reajustes e intereses que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicitó se siga adelante con la ejecución hasta C-13838-2020 Foja: 1 hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas, y la recepción a prueba de las mismas, fijando los correspondientes hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. A folio 23, se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, MAURICIO ARANEDA BUNTING, en representación de CAR S.A, demandó ejecutivamente a EUGENIO DIAZ CHAVEZ, en su calidad de deudor principal, por el cobro de la suma de $2.055.967.-, más reajustes e intereses que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicitó se siga adelante con la ejecución hasta C-13838-2020 Foja: 1 hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, el ejecutado opuso a la demanda ejecutiva de autos las excepciones contempladas en el artículo 464 N°s 7, 14 y 11 del Código de Procedimiento Civil, por los motivos ya expresados en lo expositivo, solicitando que se deseche la demanda de autos en su totalidad, con costas. TERCERO: Que, en orden a acreditar sus dichos, la parte ejecutante acompañó al proceso los siguientes documentos, los cuales se encuentran guardados en la custodia de la Secretaría del Tribunal bajo el N°4415-2020, y aparejados en copia simple al expediente digital a folio 3, de los cuales, en lo pertinente, se desprende lo siguiente: 1.- Pagaré N° OP. 000000809495

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C-13838-2020 Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-13838-2020 CARATULADO : CAR S.A./D AZÍ Santiago, diecisiete de Marzo de dos mil veintid só VISTOS: A folio 1, comparece MAURICIO ARANEDA BUNTING, abogado, domiciliado en Mac Iver N°125, piso 6, comuna de Santiago, en representación judicial de CAR S.A., sociedad anónima del giro

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