1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ARAYA/SOCIEDAD MEDICA CRUZ VERDE LTDA

Rol

O-7175-2022

Fecha

23 de enero de 2023

Materia

Costas, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 23 de noviembre del año 2022, compareció don ALONSO RICARDO ARAYA MONTOYA, cédula nacional de identidad N°7.047.228-7, chileno, casado, médico, domiciliado en Carlos Wilson Nº1415, Departamento 704, comuna de Providencia, interponiendo demanda de despido Indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en contra de SOCIEDAD CRUZ VERDE LIMITADA, cédula nacional de identidad N°89.529.700-3, representada en virtud del artículo 4° del Código del Trabajo por PEDRO CARLOS CHACÓN MUÑOZ, cédula nacional de identidad N°5.724.638-3 ambos domiciliados en Noruega Nº6620, Depto. 213, comuna de Las Condes Las Condes Que, la parte demandada se notificó en forma personal subsidiaria por actuación de 15 de diciembre de 2022; llevándose a cabo la audiencia preparatoria, con fecha 17 de enero de 2023, con la sola comparecencia de la demandada, representada por su abogada y en rebeldía de la demandada, haciéndose efectivo el apercibimiento del inciso segundo, del numeral 3 del artículo 435 del Código del Trabajo, esto es, “de no haber hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, el tribunal dará por concluida la audiencia y procederá a dictar sentencia”. Y, conforme la prueba subida a la carpeta digital, dentro de plazo, se dicta sentencia. CON LO OÍDO, VISTO Y CONSIDERNADO: PRIMERO: Que, mediante la interposición de la demanda se pide que se declare justificado su despido indirecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo, por cuanto el empleador ha incurrido en la causal del Nº7 del artículo 160, siendo por tanto procedentes las siguientes prestaciones e indemnizaciones legales: a) $20.891.664 pesos por el pago de los 24 meses que trabajé sin remuneración; b) Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $870.486; c) Indemnización por años de servicios, por 11 sueldos, por la suma de $9.575.346; d) 5% de incremento de las indemnizaciones legales, de conformidad al artículo 171 del Código del Trabajo, por un v

Fallo

por tanto procedentes las siguientes prestaciones e indemnizaciones legales: a) $20.891.664 pesos por el pago de los 24 meses que trabajé sin remuneración; b) Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $870.486; c) Indemnización por años de servicios, por 11 sueldos, por la suma de $9.575.346; d) 5% de incremento de las indemnizaciones legales, de conformidad al artículo 171 del Código del Trabajo, por un valor de $4.787.673; e) Condenar al pago de $4.000.000 pesos por la falta de pago a la Isapre Vida Tres desde febrero del año 2021 hasta septiembre del año 2022 los cuales tuvieron que ser cubiertos directamente por él; f) Condenar al pago de las Cotizaciones de seguridad social adeudadas g) Condenar al pago de vacaciones proporcionales, correspondientes a 19,5 días, ascendentes a $16.974.477; h) Reajustes de las sumas adeudadas desde el mes anterior a la fecha del despido, más el interés máximo para operaciones reajustables, conforme lo disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo; i) Costas de la Causa; j) O las sumas o cantidades que S.S. estime de justicia conforme el mérito de autos. Entregando antecedentes de la relación laboral expresa que que ingresó a prestar servicios bajo subordinación y dependencia para la demandada desde el día 1 de mayo del año 1992, como Médico Cirujano; y, desde el 1 de enero del año 2000, el contrato se modificó, cambiando las labores a “Médico a Domicilio”; acordando una nueva modificación, el 1 de marzo del año 20

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintitrés de enero de dos mil veintitrés. Vistos: Que, con fecha 23 de noviembre del año 2022, compareció don ALONSO RICARDO ARAYA MONTOYA, cédula nacional de identidad N°7.047.228-7, chileno, casado, médico, domiciliado en Carlos Wilson Nº1415, Departamento 704, comuna de Providencia, interponiendo demanda de despido Indirecto, nulidad del

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