3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

COOPERATIVA DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE LIMITADA/ABURTO

Rol

C-1874-2019

Fecha

15 de marzo de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 05 de abril de 2019, comparece doña May Conzuelo Gutiérrez Otto, abogada, en representación de Cooperativa del Personal de la Universidad de Chile Limitada, COOPEUCH LTDA, ambos domiciliados en calle Compañía de Jesús N°13900, oficina N°1109, Santiago, quien interpone demanda en juicio ejecutivo, en contra de doña Jazmín Maritza Aburto Díaz, ignora profesión u oficio, domiciliada en calle Arturo Aliaga N°524, Villa Sierra Nevada, Antofagasta, a fin que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $2.386.575.-, más intereses pactados y costas. Funda acción señalando que, su representada es dueña del pagaré a la orden N°201770633230, suscrito con fecha 28 de abril del año 2017, por la suma de $2.820.470.-, cantidad que la ejecutada se obligó a pagar, conjuntamente con los intereses correspondientes, en 48 cuotas, mensuales y sucesivas, de las cuales 47 cuotas serán iguales de $90.621.-, y, la número 48, será de $89.873.-, todas y cada una con vencimiento los días 15 de cada mes, a contar del mes de julio de 2017. La ejecutada se encuentra en mora en el pago de esta obligación a partir del día 15 de julio de 2018, adeudando la suma de $2.386.575.-, haciendo efectiva la cláusula de aceleración pactada, por lo que la parte ejecutante ejerce su derecho para hacer exigible el total de lo adeudado a contar de la notificación de la demanda. A la fecha de la presentación de la demanda, la obligación asciende a la suma de $2.386.575.-. La firma de la ejecutada ha sido autorizada ante Notario Público, por lo que dicho instrumento constituye título ejecutivo en su contra. La deuda es líquida, actualmente exigible y la acción no se encuentra prescrita. SEGUNDO: Que, con fecha 24 de febrero de 2022, comparece doña Jazmín Maritza Aburto Díaz, ejecutada, quien opone en el segundo otrosí de su presentación, excepción del artículo 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil, a saber, prescripción de la de

Fundamentos

motivos plausibles para litigar. En consecuencia, con el mérito de lo precedentemente expuesto y visto, además, lo dispuesto en los artículos 464, 470 y 471 del Código de Procedimiento Civil, 98, 102 y 107 de la ley N°18.092,

Fallo

se resuelve que: I.- Se acoge excepción de prescripción, y, en consecuencia, se rechaza íntegramente la demanda ejecutiva. II.- Se absuelve al ejecutante del pago de costas, por cuanto se estima que poseía motivos plausibles para litigar. ROL C-1874-2019 Sentencia pronunciada por don Homero Caldera Latorre, Juez Suplente. En Antofagasta, a quince de marzo de dos mil veintidós, se notifica por el estado diario, la sentencia precedente. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-03-15T11:17:55-0300

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : TERCER JUZGADO CIVIL ANTOFAGASTA. ROL : C-1874-2019 EJECUTANTE : COOPEUCH LIMITADA. EJECUTADO : JAZMÍN MARITZA ABURTO DÍAZ. MATERIA : JUICIO EJECUTIVO. Antofagasta, quince de marzo de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 05 de abril de 2019, comparece doña May Conzuelo Gutiérrez Otto, abogada, en representación de Cooperativa del Personal de la Universi

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