FRUMENTO/FRUMENTO
Rol
C-929-2021
Fecha
15 de marzo de 2022
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y de derecho que seó exponen. Se al que, con fecha 19 de marzo del a o 2019, su representada le entrego enñ ó ñ arrendamiento a la demandada un inmueble ubicado en calle Santiago D az N 1280, ení º la ciudad de Punta Arenas, luego de acordar de manera verbal la celebraci n de unó contrato de arrendamiento. Agrega que, dicha relaci n contractual comenz luego de que por problemasó ó personales de la demandada -en ese momento con sus hijas- no ten a un lugar dondeí habitar, de modo que, la actora acord con DOLORES FRUMENTO la celebraci nó ó del contrato arrendamiento respecto del inmueble de marras. En esa oportunidad se pact una renta mensual de $70.000 (setenta mil) pesos, pagaderos anticipadamenteó dentro de los 5 primeros d as de cada mes, mediante el dep sito del canon en la cuentaí ó RUT de GINA DE LOURDES FRUMENTO V SQUEZ, conocida por la demandadaÁ o a trav s de la entrega del dinero directamente a la arrendadora. La duraci n delé ó contrato se pact por el plazo de un a o renovable autom ticamente en forma t cita yó ñ á á sucesiva por periodos iguales si ninguna de las partes manifiesta su intenci n de poneró t rmino por carta certificada enviada al arrendatario, asimismo, la arrendataria asumié ó el pago de los consumos b sicos domiciliarios en el porcentaje que le correspond a.á í A ade que la ltima renta fue pagada en su totalidad en el mes de marzo del a oñ ú ñ 2021 por la suma de $70.000 (setenta mil) pesos, adeudando todas la dem s rentas hastaá la fecha, esto es, abril, mayo y junio del a o en curso, adeudando a la fecha la suma deñ $210.000 (doscientos diez mil) pesos, correspondientes a los saldos adeudados de los meses anteriormente se alados correspondientes al a o 2021, sin perjuicio de las rentasñ ñ que se devenguen durante la tramitaci n del presente juicio y hasta la restituci n deló ó inmueble de marras; Indica que al preguntarle por los pagos adeudados, la demandada da una serie de excusas y se compromete para realizar l
Fundamentos
considerando el m rito de autos.é Con fecha 29 de junio de 2021, lo que consta en folio 6, se notificó personalmente la demanda, oportunidad en se tuvo por practicada la primera reconvenci n de pago, el que no se verific .ó ó Con fecha 16 de agosto de 2021, a folio 17, y continuaci n de fecha 15 deó diciembre de 2021, folio 31, se realiz la audiencia de contestaci n, conciliaci nó ó ó y prueba, con la sola asistencia de la demandante, quien ratific su demanda en todasó sus partes, practic ndose la segunda reconvenci n de pago, el que no se produjoá ó atendida la inasistencia de la demandada, teni ndose asimismo por contestada laé demanda en rebeld a de sta, no prosperando en consecuencia el llamado a conciliaci ní é ó efectuado. Finalmente se recibi la causa a prueba, fijando los hechos sustanciales,ó pertinentes y controvertidos de autos, rindiendo prueba la parte demandante de la forma que se expondr m s adelante.á á Con fecha 22 de febrero de 2022, folio 42, se cit a las partes a o ró í sentencia. Con fecha 3 de marzo de 2022, folio 43, se dictaron medidas para mejor resolver, teni ndose por cumplidas con fecha 14 de marzo de 2022.é CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, atento al debate referido en lo expositivo de la sentencia, en la audiencia de fecha 16 de agosto de 2021, a folio 17, se recibi la causa a prueba y seó fijaron como hechos substanciales, pertinentes y controvertidos sobre los cuales deberá recaer los siguientes: 1.-Existencia de contrato de arrendamiento que liga a las partes. Estipulaciones en l contenidas.é 2.- En la afirmativa del punto anterior, rentas insolutas adeudadas por el arrendatario. SEGUNDO: Que, para acreditar su pretensi n, la parte demandante, rindi lasó ó siguientes probanzas: I.- Instrumental, no objetada, consistente en los siguientes documentos: 1.- Carta de fecha 19 de marzo de 2021, suscrita ante Notario P blico de Puntaú Arenas, don Horacio Silva Reyes y dirigida a la arrendataria DOLORES DEL TR NSITO FRUMENTO V SQUEZ a su domicilio ubicado en calle Santiago D azÁ Á í 1280, de la ciudad de Punta Arenas, manifestando su intenci n de no perseverar en eló contrato de arrendamiento, y constancia del env o de la misma.í 2.- Inscripci n de dominio de acciones y derechos sobre el inmueble ubicado enó Calle Santiago D az N 1280 de esta ciudad, inscrita a fojas 1628 N 2937 del Registroí ° ° de Propiedad del a o 2010 del Conservador de Bienes Ra ces de Punta Arenas. ñ í 3.- Inscripci n de dominio de acciones y derechos sobre el inmueble ubicado enó Calle Santiago D az N 1280 de esta ciudad, inscrita a fojas 1575 N 2749 del Registroí ° ° de Propiedad del a o 2007 del Conservador de Bienes Ra ces de Punta Arenas. ñ í II.- Confesional, consistente en la declaraci n de la demandada do aó ñ DOLORES DEL TR NSITO FRUMENTO V SQUEZ, quien previamenteÁ Á juramentada ante ministro de fe, expuso conforme al pliego de posiciones acompa adoñ en autos, en el siguiente tenor: 1.- Diga c mo es cierto y efectivo que U
Fallo
Por lo expuesto solicita tener por interpuesta Demanda en juicio Sumario Especial de Terminaci n del contrato de arrendamiento por no pago de las rentas, enó contra de do a DOLORES DEL TR NSITO FRUMENTO V SQUEZ, yañ Á Á individualizada, ordenar que se practiquen las reconvenciones legales por las sumas indicadas en el cuerpo de este escrito, la primera, al notificarle la demanda; y la segunda, en la audiencia de estilo; y, en definitiva, acoger esta demanda y declarar: 1. Terminado el Contrato de Arrendamiento de autos; 2. Proceder a practicar la reconvenci n para el pago de la suma de $210.000ó (doscientos diez mil) pesos por concepto de saldo insoluto de rentas, junto a la deuda por Consumos B sicos en el porcentaje que le corresponda y que existan al momento deá restituir el inmueble, lo anterior sumado a los c nones de arriendo que se devenguená durante la tramitaci n del juicio hasta que se efect e la restituci n o el pago contandoó ú ó los intereses por retardo; 3. Condenar a la demandada a pagar los valores ya indicados en el punto anterior, m s los intereses y reajustes que se ala el legislador en el art culo 21 de la leyá ñ í 18.101, junto al pago de los consumos b sicos en el porcentaje que le corresponde y queá se adeuden hasta la fecha en que la sentencia definitiva se encuentra ejecutoriada; 4. Ordenar la restituci n de la propiedad arrendada, dentro de tercero d a,ó í totalmente desocupada y libre de todo otro ocupante, desde que el fallo cause ejecutoria, bajo
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Punta Arenasº CAUSA ROL : C-929-2021 CARATULADO : FRUMENTO/FRUMENTO Dtr Punta Arenas, quince de Marzo de dos mil veintid s.ó VISTOS. Con fecha 9 de junio de 2021, folio 1, compareci don CRISTIANó ESCOBAR ESCOBAR, abogado, c dula de identidad N 16.381.985-6, ené ° representaci n de do a GINA DE LOURDES FRUMENTO V SQUEZó ñ Á , chilena,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica