SERVICIO VIVIENDA Y URBANIZACIÓN REGION ARAUCANIA/
Rol
V-377-2021
Fecha
14 de marzo de 2022
Materia
EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 7 con fecha 08 de febrero de 2022, comparece don Felipe Andrés Rodríguez Saavedra, abogado, en representación de don OSCAR SALVADOR MARILEO ÑANCUPIL, microempresario, con domicilio en calle Los Laureles N°075, Isla Teja, comuna de Valdivia y solicita el giro de cheque, por la suma que corresponde a los fondos consignados con motivo de la expropiación que ha sufrido su propiedad, no habiéndose presentado oposición dentro de plazo legal.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que al folio 17 consta certificación secretarial de fecha 21 de febrero de 2022, que da cuenta que ningún otro interesado se haya presentado, dentro del plazo legal, haciendo valer sus derechos o créditos sobre la suma depositada. SEGUNDO: Que al folio 7 se agregó copia de inscripción de dominio del inmueble expropiado, rolante a fojas 9043 N°7145 del Registro de Propiedad del año 2013 del Sr. Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco; agregada igualmente conforme las instrucciones dadas por el Acuerdo del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 17 de junio de 2014, al folio 16; copia autorizada en la que consta que la propiedad expropiada pertenece al solicitante, Rol de avalúo N°1541-20 de la comuna de Temuco. TERCERO: Que al folio 7 rola certificado avalúo de la propiedad Rol N° 01541−00020 de la comuna de Temuco, constando que ésta se encuentra parcialmente afecta al pago de contribuciones de bienes raíces, agregándose certificado al folio 07 de la Tesorería General de la República de Chile en que se acredita que no registra deuda vencida a la fecha en el sistema de cuenta única tributaria. CUARTO: Que en consecuencia se cumplen todos los requisitos legales que hacen procedente el pago al peticionario, ordenándose el giro del cheque, como se dirá. Y visto además lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto Ley 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
SE RESUELVE: Que HA LUGAR a la solicitud del folio 7, se ordena el PAGO DEL MONTO CONSIGNADO POR EXPROPIACIÓN y en consecuencia GÍRESE CHEQUE a nombre de don OSCAR SALVADOR MARILEO ÑANCUPIL, con cargo a la Boleta Bancaria N°5000788916 de fecha 13 de diciembre de 2021, por la suma de $116.100.000.- (ciento dieciséis millones cien mil pesos). Concurra a la entrega del cheque tanto al expropiado, como su abogado personalmente. Anótese, regístrese, notifíquese y dese copia al interesado. Rol V-377-2021. DICTADA POR DOÑA PATRICIA ALEJANDRA RÍOS ROJAS, JUEZ DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, catorce de marzo de dos mil veintidós. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-03-14T18:39:01-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : V-377-2021 CARATULADO : SERVICIO VIVIENDA Y URBANIZACIÓN REGION ARAUCANIA/ Temuco, catorce de marzo de dos mil veintidós. VISTOS: Al folio 7 con fecha 08 de febrero de 2022, comparece don Felipe Andrés Rodríguez Saavedra, abogado, en representación de don OSCAR SALVADOR MARILEO ÑANCUPIL, microempresario, con domicilio
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