Juzgado de Letras y Gar. de Chañaral

MINERA FREEPORT - MCMORAN/

Rol

V-353-2021

Fecha

17 de marzo de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral, en folio N°1, compareció don MARIO EMILIO LARENAS GONZALEZ, chileno, abogado, casado, cédula nacional de identidad N° 10.618.331-7, en representación de MINERA FREEPORT-MCMORAN SOUTH AMERICA LIMITADA, empresa de nacionalidad chilena RUT 78.273.180-7, ambos domiciliados en Rosario Norte N° 100, piso 17, Las Condes, Santiago; presentó, con fecha 13 de septiembre de 2021, a las dieciocho horas con dos minutos y cuarenta y dos segundos, solicitud de pedimento minero denominado “TERESA DE COLMO E4”, mediante la cual requiere se constituya a su favor la concesión de exploración de cien (100) hectáreas. Asimismo, el Tribunal con fecha 14 de septiembre de 2021 ordenó inscribir y publicar. SEGUNDO: Que a folio 6, el pedimento se inscribió con fecha 22 de septiembre de 2021, a fojas 534, número 325 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Chañaral del año 2021. TERCERO: Que a folio 6, la solicitud de pedimento minero se publicó el día lunes 04 de octubre de 2021, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, las coordenadas universales transversales de Mercator (U.T.M) del Punto Medio y de cada uno de los vértices de la cara superior de la concesión de exploración solicitada son: VERTICES NORTE (metros) ESTE (metros) P.M 7.126.500,00 398.500,00 V1 7.127.000,00 398.000,00 V2 7.127.000,00 399.000,00 V3 7.126.000,00 399.000,00 V4 7.126.000,00 398.000,00 QUINTO: Que a folio N°10, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe favorable a la solicitud de pedimento y plano acompañado en autos, mediante Ordinario Nº271, de fecha 13 de enero de 2022, en el cual señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, y que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajusta a la ley y queda comprendida dentro del terreno pedido. SEXTO: Que, se han cu

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, con lo dispuesto en los artículos 28, 34, 37, 39, 43, 46, 48, 51, 52, 54, 55, 56, 57, 87, 89, 90, 91, 232 Y 239 del Código de Minería; Decreto Supremo N° 1 de fecha 3 de enero de 1.986 del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial, edición N° 32.709 de fecha 27 de febrero de 1.987 y artículos 817, 826 y 828 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA QUE: I. SE APRUEBA el plano de la concesión de exploración solicitada, debiendo mantenerse agregado a los autos una copia del mismo y remítase al Servicio Nacional de Geología y Minería el original de dicho plano, junto con copia autorizada de esta sentencia definitiva, una vez que se encuentre firme o ejecutoriada. II. SE DECLARA CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada “TERESA DE COLMO E4” con una superficie total de cien (100) hectáreas, a favor de MINERA FREEPOT-MCMORAN SOUTH AMÉRICA LIMITADA, ya singularizado. III. EXTRÁCTESE la presente sentencia constitutiva al tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería y PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de Minería de Copiapó el primer día hábil de cualquier mes, pero, en todo caso, antes de requerirse al Conservador de Minas de Chañaral la inscripción de esta sentencia. IV. INSCRÍBASE la presente sentencia constitutiva en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Chañaral. Dicha inscripción deberá efectuarse dentro del término de ciento veinte días, contados desde la fecha de la pre

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Chañaral CAUSA ROL : V-353-2021 CARATULADO : MINERA FREEPORT - MCMORAN/ Chañaral, diecisiete de Marzo de dos mil veintidós VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral, en folio N°1, compareció don MARIO EMILIO LARENAS GONZALEZ, chileno, abogado, casado, cédula nacional de identidad

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