14º Juzgado Civil de Santiago

ARRIENDO URBANO SPA/CAMPOS

Rol

C-940-2022

Fecha

14 de marzo de 2022

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Jos Alejandro Briones Rodr guez, abogado, domiciliado en calleé í Amanda Labarca Nro. 96, oficina 102, comuna de Santiago, en representaci n judicial deó Arriendo Urbano SpA, sociedad del giro de su nombre, representada convencionalmente por don Armando Ide Nualart y por don Francisco Bascu n Obach, todos domiciliados enñá Avenida Andr s Bello Nro. 2777, oficina 24, comuna de Las Condes; quien deduceé demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, cobro deó rentas insolutas y consumos domiciliarios en contra de don Omar Nicanor Campos Ibarra, ignora profesi n u oficio, en su calidad de arrendatario, con domicilio en calle San Diegoó Nro. 313, departamento 803, comuna de Santiago. Asegura que con fecha 15 de junio de 2021 su representada celebr un contrato deó arrendamiento con el demandado sobre el inmueble ubicado en calle San Diego Nro. 313, departamento 803, comuna de Santiago. Conforme a lo acordado por las partes en el contrato referido, indica que se estipul que el pago de las rentas ser a por adelantado, dentro de los primeros 5 d as deló í í mes, y que el canon de arrendamiento ascender a a la cantidad de í $230.000 mensuales, reajustable anualmente en la misma proporci n que experimente la variaci n del IPC,ó ó fij ndose tambi n que el contrato ser a de 1 a o plazo, renovable autom ticamente porá é í ñ á periodos iguales y sucesivos de 1 mes, para el evento que las partes no manifestaren por escrito su intenci n de no renovarlo.ó Rol: C-940-2022 2 A su vez, dice, y para el caso del simple retardo en la renta mensual, las partes acordaron expresamente una multa por cada d a de atraso, por el equivalente en monedaí nacional a un 1% del valor diario de la renta de arrendamiento mensual (cl usula 10°).á Asimismo, y como consta en la misma estipulaci n, si el atraso en el pago por parte deló arrendatario hiciese necesaria la cobranza judicial, tal como aconteci , la parte arrendatariaó se oblig a pagar, a t tul

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Jos Alejandro Briones Rodr guez, abogado, ené í representaci n de Arriendo Urbano SpA, quien deduce demanda de terminaci n de contratoó ó de arrendamiento por no pago de rentas, y la posterior restituci n de la propiedad a donó Omar Nicanor Campos Ibarra, en su calidad de arrendatario, respecto de la propiedad Rol: C-940-2022 7 ubicada en calle San Diego Nro. 313, departamento 803, comuna de Santiago; fund ndoseá para ello en los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en su libelo, los que han sido rese ados en lo expositivo de esta sentencia.ñ SEGUNDO: Que legalmente notificado el demandado, aqu l no comparece a laé audiencia fijada, no contesta la demanda, ni aporta prueba alguna en su defensa; de acuerdo a lo relacionado en lo expositivo de esta sentencia. TERCERO: Que la parte demandante, a fin de acreditar su pretensi n, acompaó ñó copia de documento designado “Contrato de arrendamiento”, celebrado con fecha 15 de junio de 2021 entre Arriendo Urbano SpA, representado por don Francisco Bascu nñá Obach, como arrendadora, y don Omar Nicanor Campos Ibarra, como arrendatario. - La cl usula primera se ala que por dicho acto e instrumento, Arriendo Urbanoá ñ SpA da en arrendamiento a don Omar Nicanor Campos Ibarra, quien acepta para s , elí departamento Nro. 803 del Edificio con ingreso por calle San Diego 313, comuna de Santiago. - La cl usula tercera se ala que el contrato empezar a a regir el d a 15 de junioá ñ í í de 2021 y tendr a una duraci n de 12 meses, terminando en consecuencia el d a 30 deí ó í junio de 2022. En atenci n a la modalidad de pago de las rentas de arrendamiento, lasó partes acordaron que, si el arrendatario deseare renovar el contrato de arrendamiento por un nuevo per odo de 12 meses, deb a concurrir a las oficinas del arrendador con unaí í anticipaci n de 60 d as a la fecha de vencimiento, documentando las rentas deó í arrendamiento por dicho nuevo per odo o presentando un fiador y codeudor solidario, aí satisfacci n del arrendador.ó - La cl usula cuarta se ala que la renta mensual de arrendamiento ser a la suma deá ñ í $230.000. El arrendatario estar a obligado a pagar la renta por per odos anticipados, dentroí í de los primeros 5 d as de cada mes en efectivo, con cheque de la plaza en el domicilioí del arrendador se alado en el contrato, o bien en el domicilio que con posterioridad leñ indique, mediante pago por cualquiera de los medios indicados en el anexo del contrato. Rol: C-940-2022 8 En el evento que el arrendatario retrasare el pago m s all del plazo estipulado, deb aá á í pagar conjuntamente con la renta, la multa contemplada en el numeral 10° del contrato. - La cl usula quinta se ala que la renta mensual se reajustar a anualmente deá ñ í acuerdo a la variaci n del alza del IPC. En caso de que el IPC fuese negativo, la renta seó congelar a durante ese per odo.í í - La cl usula sexta se ala que el arrendatario estar a obligado a pagar con todaá ñ í puntualidad y a

Fallo

por lo expuesto, es procedente ordenar la terminaci n y restituci n aó ó su representada del Inmueble ya singularizado, dentro de tercero d a o del plazo que í el Tribunal estime en derecho y justicia, contado desde la notificaci n del correspondienteó fallo a la parte demandada, as como el pago de las rentas de arrendamiento adeudadas yí otras prestaciones reclamadas a la conclusi n, en los t rminos que se indicar . ó é á En m rito de lo expuesto, disposiciones legales citadas, y lo dispuesto en losé art culos 1, 6, 7, 8, 10, 11, 14, 15 y 21 de la Ley Nro. 18.101í , en los art culos 1545,í 1546, 1945, 1950 Nro. 4, 1947 y 1977 del C digo Civiló , los art culos 680 y siguientes delí C digo de Procedimiento Civiló , dem s normas legales citadas y otras aplicables a la especie,á solicita tener por interpuesta demanda de terminaci n inmediata de contrato deó arrendamiento por falta de pago de rentas, cobro de rentas insolutas y consumos domiciliarios en contra de don Omar Nicanor Campos Ibarra, en su calidad de arrendatario, ya individualizado, someterla a tramitaci n y, previa pr ctica de las dos reconvenciones deó á pago establecidas en el art culo 1977 del C digo Civilí ó , acogerla en todas sus partes, de conformidad a las siguientes peticiones concretas: Rol: C-940-2022 4 1.- Que se declara terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes con fecha 15 de junio de 2021, por la falta de pago de las rentas correspondiente a los meses de septiembre, octubre, nov

Texto Completo (Preview)

Rol: C-940-2022 1 NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 14° Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-940-2022 CARATULADO : ARRIENDO URBANO SPA/CAMPOS En Santiago, a catorce d as del mes de marzo de dos mil veintid s.í ó VISTOS: Comparece don Jos Alejandro Briones Rodr guez, abogado, domiciliado en calleé í Amanda Labarca Nro. 96, oficina 102, comuna de Santiago, en representaci n judicial deó

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