ESPINOZA/FISCO DE CHILE-CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
Rol
O-658-2022
Fecha
20 de enero de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 61, 62, 63, 159, 162, 163, 168, 453 454, todos del Código del Trabajo y demás normas pertinentes, se declara: I. Que se acoge la demandada interpuesta por doña DANAHE ELIZABETH ESPINOZA PAREDES, cédula de identidad 17.919.910-6, en contra de su exempleador SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGIÓN METROPOLITANA – FISCO DE CHILE, Rut 61.806.000-4, representada legalmente por doña Ernestina Ruth Israel López, Rut 9.772.243-9, y siendo injustificado el término de la relación laboral invocada por la parte demandada con fecha 30 de noviembre de 2021 por la causal del artículo 159 N° 5 del Código del Trabajo, se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones: a) $1.208.272 por indemnización equivalente a un total de 24 días por tiempo servido. b) La suma de $1.510.340 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. c) $604.136 por concepto de recargo legal de un 50% a la indemnización por tiempo servido en los términos señalados en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo. II. Que se rechaza la demanda en todo lo demás pedido. III. Que las sumas que estas sentencias ordene pagar se reajustarán y devengarán intereses de acuerdo a lo previsto en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Que cada parte pagará sus costas. Regístrese y archívese los antecedentes en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas.- Dirigió don Cristian Rodrigo Álvarez Mercado, Juez Titular del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.- Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. De requerirse los audios en forma inmediata, estos pueden ser solicitados en el Segundo Piso de este Tribunal, con un dispositivo idóneo para su grabación. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veinte de enero de dos mil veintitrés.
Fundamentos
fundamentos que constan en registro de audio. Excepción de finiquito: La parte demandada, atendida la prueba nueva que se incorporará, opone la excepción de finiquito en la presente audiencia. El Tribunal rechaza la solicitud de la parte demandante de oponer excepción de finiquito en audiencia de juicio, sin perjuicio de su valor probatorio, según fundamentos que constan en registro de audio. Recurso de reposición: La parte demandada deduce recurso de reposición contra la resolución que rechaza la excepción de finiquito. El Tribunal resuelve desestimar el recurso de reposición, según fundamentos que constan en registro de audio. Llamado a Conciliación: Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce. Medios de Prueba: LA PARTE DEMANDADA INCORPORA LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1. Contrato de trabajo de fecha 15 de junio de 2020 celebrado entre Danahe Espinoza Paredes y Subsecretaría Región Metropolitana de Salud Pública. 2. Carta de aviso de término de contrato de trabajo de fecha 30 de noviembre de 2021 dirigido a doña Danahe Espinoza Paredes y comprobante de envío DT n° folio correlativo 203732. 3. Dictamen de CGR n° E127446N21. 4. Certificado de cotizaciones previsionales previred de fecha 07 de marzo de 2022 correspondiente a doña Danahe Espinoza Paredes. 5. Liquidaciones de sueldo de doña Danahe Espinoza Paredes, correspondiente a los meses de septiembre de 2020 a noviembre de 2021, ambos meses inclusive. 6. Publicación de Diario Oficial de resolución exenta número 828 del año 2021, que dispone medidas sanitarias que indica por brote de covid-19. Confesional: · La parte demandada se desiste de este medio probatorio.- Testimonial: La parte demandada se desiste de este medio probatorio.- LA PARTE DEMANDANTE INCORPORA LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1. Contrato de trabajo de fecha 15 de junio de 2020, suscrito entre Danahe Elizabeth Espinoza Paredes y la SEREMI de la Región Metropolitana. 2. Carta de despido de doña Danahe Elizabeth Espinoza Paredes, emitida por la SEREMI de la Región Metropolitana en fecha 30 de Noviembre de 2021. 3. Liquidaciones de sueldo de doña Danahe Elizabeth Espinoza Paredes, emitidas por SEREMI de la Región Metropolitana en fecha 30 de Noviembre de 2021 y correspondiente a los meses de Enero a Noviembre de 2021, respectivamente. 4. Certificado de cotizaciones de doña Danahe Elizabeth Espinoza Paredes, emitido por AFP Capital en fecha 12 de Enero de 2022. 5. Certificado de cotizaciones de la demandante Danahe Elizabeth Espinoza Paredes, emitida por la Isapre Cruz Blanca en fecha 12 de Enero de 2022. 6. Certificado de cotizaciones previsionales AFC de doña Danahe Elizabeth Espinoza Paredes, emitido en fecha 12 de Enero de 2022. 7. 3 licencias médicas de la demandante Danahe Elizabeth Espinoza Paredes, emitidas en fecha 26 de Octubre, 22 y 30 de Noviembre, respectivamente, todas del año 2021. Confesional: · Absuelve posiciones don Matías Francisco Leal Espinoza, en su calidad de repr
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demandada interpuesta por doña DANAHE ELIZABETH ESPINOZA PAREDES, cédula de identidad 17.919.910-6, en contra de su exempleador SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGIÓN METROPOLITANA – FISCO DE CHILE, Rut 61.806.000-4, representada legalmente por doña Ernestina Ruth Israel López, Rut 9.772.243-9, y siendo injustificado el término de la relación laboral invocada por la parte demandada con fecha 30 de noviembre de 2021 por la causal del artículo 159 N° 5 del Código del Trabajo, se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones: a) $1.208.272 por indemnización equivalente a un total de 24 días por tiempo servido. b) La suma de $1.510.340 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. c) $604.136 por concepto de recargo legal de un 50% a la indemnización por tiempo servido en los términos señalados en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo. II. Que se rechaza la demanda en todo lo demás pedido. III. Que las sumas que estas sentencias ordene pagar se reajustarán y devengarán intereses de acuerdo a lo previsto en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Que cada parte pagará sus costas. Regístrese y archívese los antecedentes en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas.- Dirigió don Cristian Rodrigo Álvarez Mercado, Juez Titular del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.- Se deja constancia que el registro oficial de la p
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 20 DE ENERO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 22-4-0382391-4 RIT O-658-2022 SALA 7 N° CUSTODIA 180-2023 MAGISTRADO CRISTIAN RODRIGO ÁLVAREZ MERCADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS CATALINA CISTERNAS GALARCE HORA DE INICIO 12:42 HORAS HORA DE TERMINO 13:46 HORAS Nº REGISTRO D
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