BANCO SANTANDER - CHILE/URRA
Rol
C-1833-2021
Fecha
14 de marzo de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En folio 1, de carpeta digital, con fecha 08 de junio de 2021, se presenta don CARLOS FUENTES QUIROZ, Abogado, habilitado para el ejercicio de la profesi n, patente al d a N 301239 de la Municipalidad deó í ° Temuco, domiciliado en Temuco, calle Arturo Prat 847, oficina 801, en representaci n, como se acreditar , del BANCO SANTANDER-CHILE, sociedadó á del Giro Bancario, representado por su Gerente General don Miguel Mata Huerta, ambos de su mismo domicilio, a US., respetuosamente digo: En la representaci n que invisto, vengo en interponer demanda en Juicio ejecutivo enó contra de don RODRIGO ORLANDO URRA ALMARZA, en su calidad de deudor principal, ignoro profesi n u oficio, domiciliado en calle Avenida Losó Pablo N 1950, depto. 61 torre 4, por las razones que a continuaci n expongo:° ó Mi representado es acreedor de los siguientes pagar s: 1.- Pagaré é N 650037449215 a la orden del BANCO SANTANDER-CHILE, suscrito con° fecha 24 de Abril del a o 2020, por don Rub n Valdebenito Aravena, enñ é representaci n del Banco Santander Chile, ste como mandatario del deudor donó é RODRIGO ORLANDO URRA ALMARZA, ya individualizado; por la suma de $26.053.608.-, moneda legal, que declar haber recibido en pr stamo en dineroó é efectivo y que se oblig a pagar conjuntamente con los interesesó correspondientes, en 47 cuotas mensuales sucesivas e iguales de $659.866.- con vencimiento los d as 24 de cada mes, a contar del 24 de julio del a o 2020, yí ñ hasta el 24 de Mayo del a o 2024, y una ltima de $659.861 con vencimiento elñ ú 24 de junio del a o 2024. En el pagar se pact que el capital adeudadoñ é ó devengar a desde la fecha de suscripci n y hasta su vencimiento una tasa deí ó inter s del 0,75% mensual vencido, calculado en base a meses de 30 d as y poré í el n mero de d as efectivamente transcurridos, sin perjuicio del inter s en casoú í é de mora, simple retardo o pr rroga. En el pagar se estipul adem s, que laó é ó á mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de l
Fundamentos
considerando la obligaci n como de plazo vencido, en caso de mora o simpleó retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas en que se divide esta obligaci n, sea de capital o intereses, sean consecutivas o no, sin perjuicio de losó dem s derechos del acreedor. Las obligaciones que emanan de este pagará é tendr an el car cter de indivisible. El suscriptor del pagar liber al Bancoí á é ó Santander Chile de la obligaci n de protesto del mismo. La firma del suscriptoró del pagar fue autorizada ante Notario p blico, por lo que dicho instrumentoé ú tiene m rito ejecutivo en contra del demandado. Es del caso que llegada la fechaé de vencimiento de la cuota N 03 del pagar , correspondiente al mes de° é Septiembre del a o 2020, el deudor no la pag al igual que las siguientes cuotas,ñ ó C-1833-2021 Foja: 1 por lo que el acreedor est facultado para cobrar la totalidad de lo adeudado.á En consecuencia y estando facultado para ello en virtud del mandato que se me efectu , vengo en demandar el pago total de la obligaci n, la que asciende a laó ó suma de $25.527.991.- m s intereses y costas de la causa. La obligaci n esá ó l quida, actualmente exigible, consta de t tulo ejecutivo y la acci n no seí í ó encuentra prescrita. 2.- Pagar N 650038949360 que se acompa a en un otros ,é ° ñ í suscrito con fecha 18 de Mayo del a o 2021, por do a Hilda Ver nica Vivancoñ ñ ó Puebla, en representaci n de Santander Gesti n de Recaudaci n y Cobranzaó ó ó Limitada, ste como mandatario del deudor don RODRIGO ORLANDO URRAé ALMARZA, ya individualizado; por la suma de $682.000.-, cantidad que debe y pagar a a la orden del Banco Santander Chile, el d a 19 de Mayo del 2021,í í suma que declar haber recibido en pr stamo de dicho Banco. En el pagar seó é é pact que el capital devengar a desde el momento de la mora o simple retardo yó í hasta la fecha de su pago efectivo, el m ximo inter s que permita estipular la leyá é estipular para este tipo de operaciones. Todas las obligaciones derivados de este pagar ser n solidarias e indivisibles para todos los efectos legales, y en especialé á para aquellos contemplados en los art. 1526 N 4 y 1528 del C digo Civil. El° ó acreedor qued liberado de protestar el pagar . Es del caso que llegada la fechaó é del vencimiento del pagar , la demandada no pag lo adeudado, raz n por laé ó ó cual, el Banco Santander Chile, viene en hacer exigible, por medio de la presente demanda, el capital adeudado, ascendente a la suma de $682.000.-; m sá intereses y costas de la causa. 3.- Pagar N 650039254560 que se acompa a ené ° ñ un otros , suscrito con fecha 18 de Mayo del a o 2021, por do a Hilda Ver nicaí ñ ñ ó Vivanco Puebla, en representaci n de Santander Gesti n de Recaudaci n yó ó ó Cobranza Limitada, ste como mandatario del deudor don RODRIGOé ORLANDO URRA ALMARZA, ya individualizado; por la suma de $5.936.679.-, cantidad que debe y pagar a a la orden del Banco Santander Chile,í el d a 19 de Mayo del 2021, suma que declar haber recibido en pr stamo deí
Fallo
POR TANTO, en m rito de lo anteriormente expuesto, losé documentos acompa ados y lo dispuesto en el art culo 434 N 4 del C digo deñ í ° ó Procedimiento Civil, A S.Sa., PIDO: tener por interpuesta la presente demanda ejecutiva en contra de RODRIGO ORLANDO URRA ALMARZA, en su calidad de deudor principal, C-1833-2021 Foja: 1 ordenando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo por laó suma de $53.002.962.-, que corresponde a lo adeudado por los 4 pagar sé singularizados, m s los reajustes, intereses convenidos, compensatorios yá moratorios, hasta la fecha de pago efectivo, declarando en definitiva que debe seguirse adelante con la ejecuci n hasta hacer a mi representado entero yó cumplido pago del total de lo adeudado, con costas. En folio 11, con fecha 07 de julio de 2021, la parte ejecutada opone a la demanda ejecutiva la excepci n del art culo 464 del C digo deó í ó procedimiento Civil N 6, 14 y 7. ° En folio 18, con fecha 13 de diciembre de 2021, la parte ejecutante contest las excepciones.ó En folio 21, con fecha 28 de enero de 2022, se recibi la causa a prueba.ó En folio 29, con fecha 02 de marzo de 2022, 2021, se cit a lasó partes para o r sentencia.í CONSIDERANDO: I.- En cuanto a la objeci n de documentos efectuada por laó ejecutada en su escrito de excepciones del segundo otros :í 1.- Que el apoderado de la ejecutada en el segundo otros deí escrito de excepciones se ala, que de acuerdo a lo dispuesto, en el art culo 346ñ í n mero 3 del C digo de Proced
Texto Completo (Preview)
C-1833-2021 Foja: 1 FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-1833-2021 CARATULADO : BANCO SANTANDER - CHILE/URRA Temuco, catorce de Marzo de dos mil veintid só VISTOS: En folio 1, de carpeta digital, con fecha 08 de junio de 2021, se presenta don CARLOS FUENTES QUIROZ, Abogado, habilitado para el ejercicio de la profesi n, patente al d a N 3
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica