3º Juzgado Civil de Santiago

BASTIDAS/PROMOTORA CMR FALABELLA S.A.

Rol

C-16949-2020

Fecha

11 de marzo de 2022

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PREPARATORIA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 13 de agosto de 2021, folio 1, comparece don Pablo Andr sé Moscoso Rivera, abogado, en representaci n de do a ó ñ Karla Makarena Bastidas Ram rezí , dependiente, ambos domiciliados en calle Hu rfanos N 1117, piso 513,é ° comuna de Santiago, quien viene en interponer demanda de prescripci n extintiva deó las acciones en contra de Promotora CMR Falabella S.A., persona jur dica del giroí comercial, representada legalmente por don Alejandro Arze Safi n, ignora profesi n uá ó oficio, ambos con domicilio en calle Moneda N 970, piso 17, comuna de Santiago,° en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que expone. Con fecha 08 de febrero de 2022, folio 7, consta notificaci n personaló subsidiaria a la demandada, mediante su representante legal. Con fecha 15 de febrero de 2022, folio 9, concurre la demandada al procedimiento, allan ndose a la acci n deducida en su contra.á ó Con fecha 22 de febrero de 2022, folio 13, se tuvo por contestada la demanda y atendido el m rito de autos, se cit derechamente a las partes a o r sentencia. é ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 13 de agosto de 2021, comparece don Pablo Andr s Moscoso Rivera, en representaci n de do a Karla Makarena Bastidasé ó ñ Ram rez, quien viene en interponer demanda de prescripci n extintiva de las accionesí ó en contra de Promotora CMR Falabella S.A., persona jur dica del giro comercial,í representada legalmente por don Alejandro Arze Safi n, todos ya individualizados, ená virtud de los fundamentos de hecho y derecho que expone. Funda su pretensi n en el hecho que su representado concurri al Bolet nó ó í Comercial de la C mara de Comercio de Santiago, a fin de obtener un certificadoá oficial de antecedentes comerciales, enter ndose que la demandada inform unaá ó deuda desconocida. Explica que por tal motivo, su representado solicit una medida prejudicial deó exhibici n de documentos, en espec fico de pagar u otro t tulo ejecutivo. Indica queó í é í el d a 26 de mayo de 2021, en la audiencia respectiva la demandada Promotoraí CMR Falabella S.A., exhibi fotocopia de pagar suscrito por su representada, deló é cual se desprende que la obligaci n y acciones est n prescritas, por haberse superadoó á Q RIT« » Foja: 1 el plazo de prescripci n de la acci n ejecutiva y sus correlativas obligaciones queó ó corresponde a un a o, conforme a lo dispuesto en el art culo 98 de la Ley 18.902. ñ í Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ordinaria de prescripci n extintiva en contra de Promotora CMR Falabella S.A., yaó individualizada, a fin de que se declare la prescripci n total de la acci n ejecutivaó ó emanada del pagar materia de autos; é SEGUNDO: Que, con fecha 08 de febrero de 2022, consta notificaci nó personal subsidiaria a la demandada, mediante su representante legal. TERCERO: Que, con fecha 15 de febrero de 2022, concurre la demandada al procedimiento, allan ndose a la acci n de prescripci n extintiva deducida en suá ó ó contra, raz n por la que solicita no se le condene en costas; ó CUARTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o deó extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberseí ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratada en el C digo Civil, en los art culosá ó í 2492 y siguientes; QUINTO: Que, la prescripci n se inserta en un sistema jur dico proteccionaló í que tiene como objetivo principal el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan a los sujetos d

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1698, 2514, 2515í y 2516 del C digo Civil; 160, 170, 254 y 342 N 3 del C digo de Procedimientoó ° ó Civil; 98 y 107 de la Ley N 18.092, se declara que: ° I.- Que se acoge la demanda de 13 de agosto de 2021, declar ndose prescritaá la acci n cambiaria para exigir el cobro de pagar N 01621902, por $3.823.474,ó é ° suscrito por don Sergio Daniel Ulloa, en representaci n de Servicios de Evaluacionesó y Cobranzas Sevalco Ltda. y sta, a su vez, en representaci n del actor, sra. Karlaé ó Makarena Bastidas Ram rez, a favor de Promotora CMR Falabella S.A., coní vencimiento el 11 de enero de 2019; II.- Que cada parte pagar sus costasá . Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad. í í í ROL N C-16.949-2020.° Pronunciada por do a ñ Soledad Araneda Undurraga, Juez Titular. Autoriza do a ñ Ximena del Pilar Andrade Hormaz balá , Secretaria Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Santiago, once de Marzo de dos mil veintid s.-ó Q Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-03

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-16949-2020 CARATULADO : BASTIDAS/PROMOTORA CMR FALABELLA S.A. Santiago, once de marzo de dos mil veintid s. ó VISTOS: Con fecha 13 de agosto de 2021, folio 1, comparece don Pablo Andr sé Moscoso Rivera, abogado, en representaci n de do a ó ñ Karla Makarena Bastidas Ram rezí , dependiente, ambos dom

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