ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A./FERNANDEZ
Rol
C-4989-2021
Fecha
11 de marzo de 2022
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Fallo
por tanto, la obligación de ésta última de pagar por dicha prestación recibida. Entonces, encontrándose acreditado el único punto de prueba fijado, conforme lo ya expuesto y razonado, y no habiendo efectuado la demandada alegación alguna, por encontrarse en rebeldía, se acogerá la demanda. TERCERO. Que, incumbe probar la existencia de las obligaciones a quien alega aquéllas o ésta. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1437, 1545, 1546, 1698, 2196 y siguientes del Código Civil; 144, 160, 170, 341, 342 y 680 del Código de Procedimiento Civil; 797 y 798 del Código de Comercio, se declara: - Que se acoge, con costas, la demanda deducida, en consecuencia se declara que la demandada debe pagar a la actora la suma de $1.603.972.- reajustada según la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumidor, a contar de la notificación del presente fallo y el interés máximo convencional para operaciones reajustables a contar de la ejecutoria, ambos accesorios hasta el pago efectivo. Regístrese y Notifíquese. PRONUNCIADA POR CAROLINA CANALES MORALES, JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA, LORETO GREZ BECKER, SECRETARIA SUBROGANTE. C-4989-2021 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, once de Marzo de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de sept
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C-4989-2021 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4989-2021 CARATULADO : ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A./fernandez Santiago, once de Marzo de dos mil veintid só VISTOS. Con fecha 3 de junio de 2021, don Felipe André Contreras Carrasco, abogado, mandatario judicial convencional y en representación de ENEL DISTRIBUCIÓN CHILE S.A. -
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