GUTIÉRREZ/AGROSUPER COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS LIMITADA
Rol
M-740-2022
Fecha
20 de enero de 2023
Materia
Costas, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · HECHOS A PROBAR X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA DEMANDADA X 1.- DOCUMENTAL X OFRECE E INCORPORA PRUEBA DEMANDANTE X 1.- DOCUMENTAL X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X PRUEBA DOCUMENTAL - LEY 20.886 SI NO OBS. · PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS X * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886 X * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL X · PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDADA 1 * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS X * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886 X * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL X AUTORIZA COMPARECENCIA: El Tribunal autoriza la comparecencia de doña CAROLINA CONSTANZA GUTIÉRREZ ESPINOZA, RUN 15.523.832-1, como absolvente de la parte demandada. CONCILIACION: El Tribunal propone a las partes lograr un acuerdo, y éste no se produce. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1.- Existencia de la relación laboral echa de término de la relación laboral, las funciones que cumplía el trabajador, la fecha de término y la causal de término por necesidades de la empresa. 2.- La efectividad de que el empleador hizo un descuento en el finiquito del trabajador, correspondiente al descuento del empleador al seguro de cesantía por la suma de $ 1.840.800. 3.- La remuneración del trabajador por la suma de $ 1.156.775. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1.- Efectividad de configurarse en la especie la causal de necesidades de la empresa conforme a los hechos señalados en la respectiva comunicación del término del contrato. PRUEBA OFRECIDA E INCORPORADA POR LA DEMANDADA: DOCUMENTAL: 1. Copia de contrato de trabajo, celebrado entre Agrosuper Comercializadora de Alimentos Ltda., y don Pablo Cesar Gutiérrez Peña, de fecha 01 de noviembre de 2021, que da cuenta del inicio de la relación la
Fallo
se declara que el despido de que fue objeto el demandante con fecha 08 de noviembre del año 2022 es injustificado y por lo anterior se condena a la demandada al pago de: 1.- La suma de $ 3.470.025 por concepto de recargo establecido en el artículo 168, letra a, del Código del Trabajo. 2.- La suma de $ 1.840.800 por concepto de devolución del descuento del aporte del empleador al seguro de cesantía. II.- Todo lo anterior con los con los reajustes e intereses que establecen los artículos 163 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se condena en costas a la demandada por haber sido absolutamente vencida y porque su reclamación no y tuvo más que un efecto puramente dilatorio en la tramitación del proceso, costas que se tasan en la suma prudencial de $ 600.000. Regístrese y en caso de no pago pase a la unidad de cobranzas en la oportunidad legal correspondiente. R.I.T. M-740-2022 R.U.C. 22- 4-0445531-5 Resolvió don CARLOS GABRIEL ALEJANDRO JERIA MONTOYA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. La presente audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra, en el registro de audio del Tribunal. Que para los efectos de la Ley 21.389 se deja expresa constancia que consultada la parte demandante en el Registro Nacional de deudores de Alimentos no registra deuda al día de hoy.
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 20/01/2023 RUC 22- 4-0445531-5 RIT M-740-2022 MAGISTRADO CARLOS GABRIEL ALEJANDRO JERIA MONTOYA ADMINISTRATIVO DE ACTAS José Antonio Benavente Pérez, Sala VIRTUAL N° 6 HORA DE INICIO 09:38 horas HORA DE TÉRMINO 10:26 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2240445531-5-1344 PARTE DEMANDANTE PABLO CÉSAR GUTIÉRREZ
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