1º Juzgado de Letras de Santa Cruz

CONCELENE SPA/

Rol

V-67-2021

Fecha

11 de marzo de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 12 de agosto del a o 2021, comparece do a ñ ñ GLORIA TAPIA PRADENAS, abogada, c dula nacional de identidad n mero 12.956.956-5,é ú en representaci n deó “CONCELENE SPA” empresa chilena del giro energ tico,é RUT 76.541.892-5, ambos domiciliados en Calle Orrego Luco N° 053, segundo piso, comuna de Providencia, Santiago, se alando que desea constituir una concesi nñ ó minera de exploraci n de sustancias concesibles en terrenos abiertos e incultos, cuyoó punto medio se encuentra ubicado en la provincia de Colchagua, Comuna de Lolol, Regi n del Libertador General Bernardo O´Higginsó , que se denominará “RANGUIL III” y cuyo Punto Medio de la cara superior de la concesi n queó se solicita tiene las siguientes coordenadas U.T.M. 6.138.150,00 metros Norte y 248.790,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano La Canoa 1956, zona 19. Agrega que la concesi n tendr la formaó á de un Cuadrado, cuyos lados orientados en la direcci n Norte-Sur U.T.M. medir nó á 1.000 metros, y los lados orientados en la direcci n Este-Oeste U.T.M. medir nó á 1.000 metros, encerrando una superficie total de 100 hect reas.-á Que, con fecha 16 de agosto del a o 2021, se tuvo por presentado elñ pedimento minero, orden ndose su inscripci n y publicaci n.-á ó ó Que, con fecha 05 de noviembre del a o 2021, se solicit dictar sentenciañ ó constitutiva de concesi n de exploraci n respecto de las 100 hect reas deló ó á pedimento solicitado en autos, acompa ando los documentos pertinentes. Estandoñ dentro de plazo y habi ndose cumplido con los tr mites establecidos por la Ley,é á posteriormente el Tribunal orden el informe al Servicio Nacional de Miner a yó í Geolog a.-í Que, con fecha 08 de febrero del a o 2022, rola informe del Servicioñ Nacional de Geolog a y Miner a.-í í Que, con fecha 10 de marzo del a o 2022, quedaron los autos para fallo.-ñ

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 12 de agosto del a o 2021, comparece do añ ñ GLORIA TAPIA PRADENAS, abogada en representaci n deó “CONCELENE SPA” ya individualizados, se alando que desea constituir una concesi n minera deñ ó exploraci n de sustancias concesibles en terrenos abiertos e incultos, cuyo puntoó medio se encuentra ubicado en la provincia de Colchagua, Comuna de Lolol, Regi n del Libertador General Bernardo O´Higginsó , que se denominará “RANGUIL III” y cuyo Punto Medio de la cara superior de la concesi n queó se solicita tiene las siguientes coordenadas U.T.M. 6.138.150,00 metros Norte y 248.790,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano La Canoa 1956, zona 19. Agrega que la concesi n tendr la formaó á de un Cuadrado, cuyos lados orientados en la direcci n Norte-Sur U.T.M. medir nó á 1.000 metros, y los lados orientados en la direcci n Este-Oeste U.T.M. medir nó á 1.000 metros, encerrando una superficie total de 100 hect reas.-á SEGUNDO: Que, con fecha 16 de agosto del a o 2021, se tuvo porñ presentado el pedimento minero, orden ndose su inscripci n y publicaci n en elá ó ó Registro de Descubrimientos Mineros del Conservador de Minas de Santa Cruz, y publicaci n en el Bolet n Oficial de Miner a.-ó í í TERCERO: Que, con fecha 05 de noviembre del a o 2021, se solicitñ ó dictar sentencia constitutiva de concesi n de exploraci n respecto de las 100ó ó hect reas del pedimento solicitado en autos, acompa ando los documentosá ñ pertinentes, por lo que habiendo dado cumplimiento a los tr mites establecidos porá la Ley, el Tribunal orden el informe al Servicio Nacional de Miner a y Geolog a.-ó í í CUARTO: Que, de los documentos acompa ados con fecha 05 deñ noviembre del a o 2021, se acredita el pago de la tasa de pedimento, y el pago deñ la patente de concesi n y exploraci n; tambi n se acredit que el Pedimentoó ó é ó Minero de autos, se inscribi en el Registro de Descubrimientos Mineros deló Conservador de Minas de Santa Cruz, a fojas 31 vuelta N°16 con fecha 30 de Agosto de 2021; inscripci n que se public en el Bolet n Oficial de Miner aó ó í í Edici n N°43.047 con fecha 06 de septiembre del a o 2021, seg n ejemplaró ñ ú acompa ado. Por ltimo, se acompa plano en 3 ejemplares, un original y dosñ ú ñó copias.- QUINTO: Que, remitidos los autos, al SERNAGEOMIN, dicho organismo por Ordinario N°0076 de fecha 21 de enero del a o 2022, se ala que los aspectosñ ñ t cnicos relacionados con la solicitud y plano de la concesi n de exploraci né ó ó denominada “RANGUIL III”, se encuentra conforme con las disposiciones legales vigentes, y la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficial de laó concesi n solicitada se ajustan a la Ley, y sta queda comprendida dentro deló é terreno pedido.- SEXTO: Que, no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento, ni caducidades que lo anulen.-

Fallo

Por estas consideraciones y visto adem s lo dispuesto en los art culos 37, 43,á í 55, 87 del C digo de Miner a, y dem s normas aplicables, ó í á SE RESUELVE: I.- Que, se declara constituida la Concesi n Minera de exploraci nó ó denominada “RANGUIL III”, ubicada en la provincia de Colchagua, Comuna de Santa Cruz, Regi n del Libertador General Bernardo O’Higginsó , de una superficie de 100 hect reas a favor de á CONCELENE SPA, ya individualizado, presentada en este Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, con fecha 12 de agosto del a oñ 2021, inscrita a fojas 31 vuelta N°16 del Registro de Descubrimientos Mineros del Conservador de Minas de Santa Cruz con fecha 30 de Agosto de 2021, inscripci nó que se public en el Bolet n Oficial de Miner a con fecha 06 de septiembre deló í í a o 2021.-ñ II.- Que las coordenadas U.T.M. del Punto Medio del Pedimento que dio origen a la solicitud de autos son: NORTE: 6.138.150,00 metros y ESTE: 248.790,00 metros, referidas al Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956; Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Huso 19, y las Coordenadas U.T.M., de los v rtices de la cara superior de la concesi n solicitada son los siguientes:é ó V RTICE É NORTE (metros) ESTE (metros) V1 6.138.650,00 248.290,00 V2 6.138.650,00 249.290,00 V3 6.137.650,00 249.290,00 V4 6.137.650,00 248.290,00 Relaci n entre el v rtice V 1 y el Punto de Medio (P.M.) es de:ó é 707,11 metros medidos con Rumbo U.T.M. S-50,0000-E.- III.- Que, se aprueba el Plano de la Concesi n de Exp

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FOJA: 20.-veinte.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Santa Cruz CAUSA ROL : V-67-2021 CARATULADO : CONCELENE SPA/ Santa Cruz, once de Marzo de dos mil veintid s.ó VISTOS: Que, con fecha 12 de agosto del a o 2021, comparece do a ñ ñ GLORIA TAPIA PRADENAS, abogada, c dula nacional de identidad n mero 12.956.956-5,é ú en representaci n deó “CONCELENE SPA” empresa chile

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