KRAUSE / KRAUSE
Rol
C-178-2019
Fecha
11 de marzo de 2022
Materia
OPOSICIÓN REGULARIZACIÓN POSESIÓN D.L. 2.695
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: A folio 1 y siguientes, rola oposici n a saneamiento presentada por donó CRISTIAN ALEX ASTUDILLO RIFFO, C dula nacional de identidad Né º 14.079.422-8 y don ARIEL ARNOLDO KRAUSE FRYDERUP, C dula nacional deé identidad N 7.990.989-0 , quien en base a los argumentos vertidos solicita tener porº ingresada su oposici n al saneamiento de do a ó ñ ANA ROSAL A KRAUSEÍ FRYDERUP. A folio 14, rola contestaci n de demanda.ó A folio 18, rola audiencia de estilo. A folio 21, se recibi la causa a prueba fij ndose como hechos sustanciales,ó á pertinentes y controvertidos de la demanda principal los siguientes: 1.- Efectividad que el demandante tiene derechos sobre el inmueble a sanear y encontrarse en posesi n de ste.ó é En la afirmativa naturaleza de los derechos. 2.- Efectividad que el demandado cumple con las exigencias que hacen procedente la regularizaci n de la posesi n del inmueble.ó ó 3.- Superficie y deslindes del predio que se pretende sanear y del de propiedad del demandante. 4.- Efectividad de encontrarse el predio que se pretende regularizar dentro de una comunidad hereditaria. En la afirmativa quienes integran la comunidad hereditaria. A folio 60, se cit a las partes a o r sentencia. ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, refiere el demandante que se opone a la solicitud de saneamiento presentada por do a ANA ROSALIA KRAUSE FRYDERUP, se alandoñ ñ en su escrito de oposici n que ó “existe un 40% vigente a nombre de Eduvigis Krause Schmidt y resoluci n de la corte N 653-2009 . ó ° ” SEGUNDO: Que, la demandada contest la demandaó en tiempo y forma solicitando su rechazo, con costas. Fundamenta su contestaci n indicando que laó tramitaci n administrativa del presente proceso, fue acogida a tramitaci n mediante eló ó informe jur dico favorableí de fecha 24 de mayo del a o 2017 elaborado por elñ abogado Jorge Luis Saavedra Barra, en el expediente administrativo N 63994, el cual° se ala en lo pertinente: ñ Resultado del an lisis jur dico si es posible aplicar elá í procedimiento establecido en el D.L. N 2695J9. En el punto 5. Sobre procedencia de la° regularizaci n de la peque a propiedad ra z aó ñ í trav s del procedimiento establecido en elé D.L. N 2695, en el cual Conforme al informe Jur dico efectuado en este acto, la° “ í regularizaci n de la posesi n de la propiedad en particular no se podr obtener a trav só ó á é de procedimientos establecidos en otras leyes, lo cual resulta dif cil u oneroso deí rea/izar, en este caso por el derecho com n. Por lo que en conformidad con lo dispuestoú en el art culo 10 del citado D.L. se estima procedente, en principio, acoger a tramitaci ní ó el presente caso disponi ndose las diligencias que correspondan. De los antecedentesé acompa ados se tienen por acreditados su condici n de poseedor material, regular y sinñ ó violencia ni clandestinidad, por m s de 5 a os dando cumplimiento en principio a loá ñ dispuesto en el D: 2695, art culos 1 , 2o, 5 , 7 , 8 y 10 , y en su reglamento contenidoí º º º º º en el decreto Supremo N 541 de 1996 y sus modificaciones .° ” Posteriormente se dict una observaci n negativa con fecha 14 de agosto del a oó ó ñ 2017 por parte del inspector T cnico don Marco P ez, que resolvi denegar la solicitudé á ó de regularizaci n por parte de la Secretaria Regional Ministerial do a Marta Sorianoó ñ Barrientos, en raz n a un acceso a la playa que hab a otorgado uno de los herederos deó í la sucesi n Krause Fryderup y adem s porque no exist a una correlaci n del rol deó á í ó aval o fiscal de acuerdo al Ordinario N E-57195. Dicha denegaci n, fue dejada sinú ° ó efecto al ser interpuesto recurso de reposici n - de fecha 03 de mayo del a o 2018. Poró ñ parte de la solicitante y recurrida do a Ana Rosal a Krause Fryderup, acogiendo yñ í reanud ndose la tramitaci n del expediente administrativo N 63994, en la cual do aá ó ° ñ Natalia Andrea Rivera Vel squez, Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionalesá de la Novena Regi n, mediante el ordinario N E-8558, procedi a resolver que: ó ° ó 1 SE“ º ACOGE, recurso de reposici n presentado por do a Ana Rosalia Krause Fryderup; yó ñ d jese sin efecto la Resoluci n Exenta N E-20.989, de fecha 01 de Diciembre del a oé ó ° ñ 2017. 2 Contin ese c
Fallo
Por estas razones, y las ya se aladas claramente deben ser desvirtuadas lasñ oposiciones, por cuanto; No se ha indicado los fundamentos legales de la oposici nó basados en el art culo 19 del DL.N 2695, y aun cuando se podr a deducir, tampocoí º ° í son procedentes, porque no acredita en que parte del inmueble a regularizar se encuentra su dominio exclusivo que lo habilite para oponerse, y que prospere la misma oposici n. Ya que debe se alar espec ficamente al igual que en cualquier acci nó ñ í ó reivindicatoria, en que parte de su inmueble se ve perjudicada en su dominio, y que sobre el mismo ha ejercido posesi n exclusiva, adem s teniendo en consideraci n que seó á ó le reconoce la posesi n por m s de 5 a os por parte de quienes suscribieron documentosó á ñ de reconocimiento posesi n que se encuentran en el expediente administrativo , no seó condice con otra posesi n que pueda ser alegada en contra de su presentada quien la haó tenido en forma nica y exclusiva del inmueble a regularizar desde hace m s de 5 a os,ú á ñ teniendo adem s los actos materiales de posesi n que le hacen presumir su posesi n esá ó ó que en el inmueble , que llevo como consecuencia acoger a tramitaci n el expedienteó administrativo que debe necesariamente concluir en la inscripci n del mismo a favor deó la solicitante. EN CUANTO AL FUNDAMENTO DE LA REGULARIZACI N YÓ CANCELACI N DE T TULOS DE DOMINIO. El D.L. 2695 del a o 1979, se dictÓ Í ñ ó para permitir la incorporaci n al proceso productivo naciona
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Puc nó CAUSA ROL : C-178-2019 CARATULADO : KRAUSE / KRAUSE Pucon, once de Marzo de dos mil veintid só Vistos: A folio 1 y siguientes, rola oposici n a saneamiento presentada por donó CRISTIAN ALEX ASTUDILLO RIFFO, C dula nacional de identidad Né º 14.079.422-8 y don ARIEL ARNOLDO KRAUSE FRYDERUP, C dula nacional deé identidad N 7
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica