TRONCOSO/FEMAX WORLD SOLUTION SPA
Rol
M-5-2022
Fecha
20 de enero de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS NO · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA NO · OFRECIMIENTO DE PRUEBA NO · 1. DEMANDADA NO · 2. DEMANDANTE NO • DICTACIÓN DE SENTENCIA SI ACTUACIONES DEL TRIBUNAL: Se da inicio a la presente audiencia con la comparecencia del abogado demandante y sin la comparecencia de demandada, encontrándose válidamente notificada. Integro registro en audio. Al escrito pendiente de fecha 18 de enero de 2023, se provee: Téngase presente, incorpórese en la etapa procesal correspondiente. LLAMADO A CONCILIACIÓN: Atento a la incomparecencia de la parte demandada, no siendo posible, por tanto, arribar a acuerdo entre partes, se tiene por frustrada la conciliación. Integro registro en audio. ACTUACIONES DEL TRIBUNAL: El Tribunal da lectura al contenido de la demanda, que es ratificada por la demandante. PARTE DEMANDANTE: Solicita se omita la recepción de la causa a prueba y dicte sentencia inmediata por los
Fundamentos
fundamentos que se registran en audio. El tribunal resuelve: Atendido lo dispuesto en el número 1 del artículo 453 del Código del Trabajo, no habiendo contestado las demandadas la demanda interpuesta en su contra, se van a estimar como tácitamente admitidos los hechos contenidos en la misma, se omitirá la recepción de la causa a prueba y se procederá a dictar sentencia en forma inmediata, la cual se notificará por correo electrónico a la demandante y a las demandadas conforme al artículo 426 del Código del Trabajo. Íntegramente en registro de audio. DICTACIÓN DE SENTENCIA: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 58, 63, 162, 173, 453, 454, 496 y siguientes del Código del Trabajo,
Fallo
por tanto, arribar a acuerdo entre partes, se tiene por frustrada la conciliación. Integro registro en audio. ACTUACIONES DEL TRIBUNAL: El Tribunal da lectura al contenido de la demanda, que es ratificada por la demandante. PARTE DEMANDANTE: Solicita se omita la recepción de la causa a prueba y dicte sentencia inmediata por los fundamentos que se registran en audio. El tribunal resuelve: Atendido lo dispuesto en el número 1 del artículo 453 del Código del Trabajo, no habiendo contestado las demandadas la demanda interpuesta en su contra, se van a estimar como tácitamente admitidos los hechos contenidos en la misma, se omitirá la recepción de la causa a prueba y se procederá a dictar sentencia en forma inmediata, la cual se notificará por correo electrónico a la demandante y a las demandadas conforme al artículo 426 del Código del Trabajo. Íntegramente en registro de audio. DICTACIÓN DE SENTENCIA: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 58, 63, 162, 173, 453, 454, 496 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda deducida por don JUAN ANDRÉS TRONCOSO CORONA en contra de FEMAX WORLD SOLUTION SpA., representada legalmente por don MARIO ENRIQUE RODRÍGUEZ ZAPATA, declarándose injustificado el despido del demandante, por ser carente de causa legal y como consecuencia de ello se ordena el pago a la demandada de las siguientes prestaciones: a) $513.000 por concepto de remuneraciones correspondientes al período comprendido desde el 03 al 28 de
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA FECHA Chañaral, a dieciocho de enero de dos mil veintitrés. RUC 22-4-0402773-9 RIT M-5-2022 MAGISTRADA ANA ELIZABETH PINO PARRA ENCARGADO DE ACTA FRANCISCO VICENCIO MARDONES HORA DE INICIO 12:42 HORAS HORA DE TERMINO 12:56 HORAS DEMANDANTE (COMPARECE) JUAN ANDRÉS TRONCOSO CORONA. RUT: 10.905.094-6 ABOGADO (COMPARECE ZOOM) WILSON GABRIEL FRITIS GONZÁLEZ
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