ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A./PESQUERA EL GOLFO S.A.
Rol
C-1653-2019
Fecha
8 de marzo de 2022
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1 comparece don CLAUDIO CANALES YAÑEZ, abogado, domiciliado en Agustinas 814 de la comuna de Santiago, en representación de ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A, representada por don ALFREDO GONZALO PAROT DONOSO, ingeniero civil industrial, domiciliada en Avenida Costanera Sur, N° 2760, comuna de las Condes, Santiago, e interpone demanda de cobro de pesos en procedimiento de Mayor cuantía, en contra de PESQUERA EL GOLFO S.A., representada legalmente por Manuel Gallardo Araneda, ignora profesión y oficio, ambos domiciliados en Colón 2400, comuna de Talcahuano. Funda su pretensión, en que al demandado se le prestaron servicios telefónicos y de comunicaciones por su representada por la suma de $39.243.828- , sin que hasta la fecha haya cancelado suma alguna. Termina solicitando que de conformidad con lo expuesto y lo dispuesto en las normas legales que menciona, se tenga por interpuesta la demanda de cobro de pesos en juicio ordinario de Mayor cuantía en contra de PESQUERA EL GOLFO S.A., representada por Manuel Gallardo Araneda, ambos ya individualizados, acogerla a tramitación, y condenar en definitiva al demandado a pagar la suma de $39.243.828- , por concepto de capital, más intereses devengados a la fecha, bajo apercibimiento legal, de las disposiciones citadas, con costas. A folio 11 se notifica personalmente la demanda a don Manuel Gallardo Araneda, en representación de Pesquera El Golfo S.A. A folio 12 la parte demandada evacúa contestación de la demanda en los siguientes términos: Expone que su representada es continuadora legal de PESQUERA EL GOLFO S.A., pues es la resultante de la fusión de Pesquera Itata S.A. y Pesquera El Golfo S.A. y por la cual la primera absorbió a la segunda, extinguiéndose la personalidad jurídica de Pesquera El Golfo S.A. y subsistiendo la personalidad jurídica de Pesquera Itata S.A., bajo la razón social de Blumar S.A.. La fusión indicada se produjo en julio de 2011, según se acredita con los antecedentes que se acompa
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 compareció don CLAUDIO CANALES YAÑEZ, en representación de ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A, representada por don ALFREDO GONZALO PAROT DONOSO, e interpone demanda de cobro de pesos en procedimiento de Mayor cuantía, en contra de PESQUERA EL GOLFO S.A., representada legalmente por Manuel Gallardo Araneda, la que se reseñó en la parte expositiva de esta sentencia, solicitando que en definitiva se le condene a pagar la suma de $39.243.828- , por concepto de capital, más intereses devengados a la fecha, bajo apercibimiento legal, de las disposiciones citadas, con costas. SEGUNDO: Que a folio 12 la parte demandada evacuó contestación de la demanda en los términos ya señalados en la parte expositiva de esta sentencia. TERCERO: Que la parte demandante no evacuó el traslado de la réplica en tiempo y forma. CUARTO: Que a folio 25 la parte demandada evacuó el traslado de la dúplica como ya se mencionó en la parte expositiva de esta sentencia. QUINTO: Que la parte demandada a folio 12, allegó a la causa la siguiente prueba documental: 1.- Copia de escritura pública de fecha 28 de julio de 2011, otorgada ante el Notario Público de Santiago don José Jara Cadot, repertorio 15.109-2011, donde consta la fusión de Pesquera Iatta S.A. con Pesquera El Golfo S.A. 2.- Copia de protocolización de extracto Pesquera Itata S.A. de fecha 12 de agosto de 2011, ante el Notario Público de Santiago don José Jara Cadot, repertorio 16.689-2011 junto a certificación de extracto de acuerdo de fusión del Conservador de Comercio de Santiago y copia de inscripción de fs. 45594 N° 36641 del año 2011 del registro de Comercio de Santiago y publicación en el Diario Oficial del mencionado extracto. SEXTO: Que conforme lo dispone el artículo 1698 del Código Civil, al actor le corresponde acreditar la existencia de la obligación que alega incumplida, sin perjuicio de ello, sólo se limitó a deducir la presente acción, sin allegar a la causa prueba alguna con el fin de acreditar sus dichos. De esta manera, sólo cabe rechazar la demanda de cobro de pesos incoada, como se dirá en la parte resolutiva de esta sentencia.
Fallo
en mérito de lo expuesto y las disposiciones legales que cita, se tanga por contestada la demanda y, en definitiva rechazarla en todas sus partes, con costas. A folio 25 rola dúplica de la demanda, en la cual ratifica expresamente lo expuesto en la contestación de la demanda. A folio 30 rola audiencia de conciliación con la asistencia del apoderado de la parte demandada y en rebeldía de la demandante. A folio 33 se recibió la causa a prueba y se fijan los hechos a probar. A folio 41 el Tribunal citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 compareció don CLAUDIO CANALES YAÑEZ, en representación de ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A, representada por don ALFREDO GONZALO PAROT DONOSO, e interpone demanda de cobro de pesos en procedimiento de Mayor cuantía, en contra de PESQUERA EL GOLFO S.A., representada legalmente por Manuel Gallardo Araneda, la que se reseñó en la parte expositiva de esta sentencia, solicitando que en definitiva se le condene a pagar la suma de $39.243.828- , por concepto de capital, más intereses devengados a la fecha, bajo apercibimiento legal, de las disposiciones citadas, con costas. SEGUNDO: Que a folio 12 la parte demandada evacuó contestación de la demanda en los términos ya señalados en la parte expositiva de esta sentencia. TERCERO: Que la parte demandante no evacuó el traslado de la réplica en tiempo y forma. CUARTO: Que a folio 25 la parte demandada evacuó el traslado de la dúplica como ya se mencionó en la parte
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Talcahuano CAUSA ROL : C-1653-2019 CARATULADO : ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A./PESQUERA EL GOLFO S.A. Talcahuano, ocho de Marzo de dos mil veintid só VISTO: A folio 1 comparece don CLAUDIO CANALES YAÑEZ, abogado, domiciliado en Agustinas 814 de la comuna de Santiago, en representación de ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A, representad
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica