2º Juzgado de Letras de Quillota

BANCO DE ESTADO DE CHILE/CERDAN

Rol

C-1039-2021

Fecha

7 de marzo de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Con fecha 25 de agosto de 2021, comparece Claudio Altamirano Rodríguez, Abogado, mandatario judicial en representación convencional, del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado del Estado, domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N° 1111, Santiago y deduce demanda ejecutiva en contra de don Juan Carlos Cerdán Sánchez, ignora profesión u oficio, con domicilio en Pintor Francisco Mandiola N° 2324, Villa El Sendero, Quillota y/o Augusto Leguía Sur N°160, Las Condes, a fin de que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de 100,761513 UF, en adelante unidades de fomento, equivalente a modo referencial al día 09 de agosto de 2021 a $2.999.295.-, más los intereses pactados, reajustes y costas que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e íntegro de la obligación, ordenando que la ejecución siga adelante hasta que se haga entero y cumplido pago de lo adeudado a su mandante, con costas. Funda su demanda, señalando que con fecha 20 de enero de 2020, la demandada suscribió el pagaré N°00218992, por la cantidad de 95,507886 unidades de fomento, por concepto de capital que la deudora recibió en mutuo en dinero en efectivo de parte de su mandante, más los intereses del 3,3% real y anual a contar de la fecha de suscripción, obligándose a pagarlo en 3 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de 33,287899 UF cada una, salvo la última que será de 33,017342 UF, todas con vencimiento los días 01 de cada mes, venciendo la primera el día 01 de mayo de 2021. Se pactó que en caso de no pago oportuno de una o más cuotas de la obligación desde el incumplimiento, la deudora se obligó a pagar el interés máximo convencional que rija a la fecha de suscripción de este instrumento y, sin perjuicio de los demás derechos de acreedor, el Banco podrá - a su exclusivo arbitrio- hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuere de plazo vencido, mediante la cobranza judicial. Se estableció que todas la

Fallo

se declaran admisibles las excepciones y se reciben a prueba. Con fecha 07 de marzo de 2022, se cita a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO. PRIMERO. Con fecha 25 de agosto de 2021, comparece Claudio Altamirano Rodríguez, Abogado, mandatario judicial en representación convencional, del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado del Estado, domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins N° 1111, Santiago y deduce demanda ejecutiva en contra de don Juan Carlos Cerdán Sánchez, ignora profesión u oficio, con domicilio en Pintor Francisco Mandiola N° 2324, Villa El Sendero, Quillota y/o Augusto Leguía Sur N°160, Las Condes, a fin de que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de 100,761513 UF, en adelante unidades de fomento, equivalente a modo referencial al día 09 de agosto de 2021 a $2.999.295.-, más los intereses pactados, reajustes y costas que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e íntegro de la obligación, ordenando que la ejecución siga adelante hasta que se haga entero y cumplido pago de lo adeudado a su mandante, con expresa condenación en costas. Funda su demanda, en los hechos que se han reseñado en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO. La ejecutada opuso las siguientes excepciones: I.- La del n° 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, de falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejec

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C-1039-2021 Foja: 1 FOJA: 29 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-1039-2021 CARATULADO : BANCO DE ESTADO DE CHILE/CERDAN Quillota, siete de Marzo de dos mil veintid s.ó C-1039-2021. Vistos: Con fecha 25 de agosto de 2021, comparece Claudio Altamirano Rodríguez, Abogado, mandatario judicial en representación convencional, del Banco del Estad

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