Juzgado de Letras de La Calera

MVC SOLAR 41 SPA/

Rol

V-101-2021

Fecha

8 de marzo de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 26/08/2021, siendo las 08:20 horas, como consta en folio 1, comparece MARIO ALEJANDRO VENEGAS IBIETA, chileno, divorciado, abogado, domiciliado en calle Evaristo Lillo N° 78 Oficina 61, Comuna de Las Condes, Santiago, en representación convencional de la sociedad MVC SOLAR 41 SpA, sociedad constituida en Chile, Rol Único Tributario N° 76.880.906-2, domiciliada en la localidad de Nogales, representada por la sociedad Constructora y Servicios MVC SpA, sociedad constituida en Chile, Rol Único Tributario N° 76.848.561-5, domiciliada en calle Aldunate N° 86, Comuna de Nogales, representada a su vez por doña MARIA VICTORIA CUSSEN ELTIT, chilena, factor de comercio, soltera, domiciliada en calle Pedro Félix Vicuña N° 203, Nogales, Región de Valparaíso, Cédula de Identidad N° 16.300.514-K, solicitando pedimento minero y concesión de exploración que se denominará “MAKLUBE”. Las coordenadas del punto medio de la cara superior del terreno pedido, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum La Canoa de 1956, Huso 19, Banda H, son las siguientes: Norte 6.374.844,52; Este 295.513,81 metros. Indica que el terreno pedido se encuentra ubicado en calle Los Tilos, Parcela N° 13, Sector La Peña, de la Comuna de Nogales, y es el comprendido dentro de un cuadrado trazado imaginariamente en el plan horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado y cuyos lados miden 1.000 metros en el sentido norte-sur U.T.M. por 1.000 metros en el sentido este-oeste U.T.M., y cuya superficie total es de 100 hectáreas. En definitiva, solicita tener por presentado pedimento, ordenar su inscripción y publicación de conformidad a la ley, ordenando copia autorizada y certificado conforme el artículo 50 del Código de Minería, para los fines ahí previstos, tramitarlo y en definitiva, declarar constituida la concesión minera de exploración minera en favor de su representada, la sociedad “MVC SOLAR 41 SpA”. Que con fecha 26/08/2021, folio 1, siendo las 08:20 h

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el pedimento minero solicitado consta inscrito con fecha 7 de septiembre de 2021, a fojas 30 vta Nº 16 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Bienes Raíces y Minas de La Calera, del año 2021. SEGUNDO: Que la solicitud de pedimento minero, se publicó el día lunes 20 de septiembre de 2021, en el Núm. 43.057 del DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE, sección VII, Boletín Oficial de Minería, CVE 20109834 esto es, dentro del plazo legal. TERCERO: Que, conforme al PLANO CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN MAKLUBE, las coordenadas universales transversales de Mercator (U.T.M) referidas al Datum La Canoa 1956, huso 19, del Punto Medio y de cada uno de los vértices de la cara superior de la concesión de exploración solicitada son: VERTICE NORTE ESTE PUNTO MEDIO (P.M.) 6.374.844,52 m. 295.513,81 m. V1 6.375.344,52 m. 295.013,81 m. V2 6.375.344,52 m. 296.013,81 m. V3 6.374.344,52 m. 296.013,81 m. V4 6.374.344,52 m. 295.013,81 m. CUARTO: Que evacuado informe del Servicio Nacional de Geología y Minería, que consta en folio 18, éste procedió a emitir opinión favorable a la solicitud de pedimento y plano acompañado en autos, mediante Ord. Nº 87 de fecha 06/01/2022, en el cual señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, y que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley y queda comprendida dentro del terreno pedido.

Fallo

Por estas consideración, habiéndose cumplido en tiempo y forma todas las exigencias legales, y visto además lo dispuesto en los artículos 28, 34, 35, 37, 39, 43, 46, 48, 51, 52, 54, 55, 56, 57, 87, 89, 90, 91, 232 y 239 del Código de Minería; Decreto Supremo N° 1 de fecha 3 de enero de 1.986 del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial, edición N° 32.709 de fecha 27 de febrero de 1.987 y artículos 817, 826 y 828 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA QUE: I. SE APRUEBA el plano de la concesión de exploración solicitada, debiendo mantenerse agregado a los autos una copia del mismo y remítase al Servicio Nacional de Geología y Minería el original de dicho plano, junto con copia autorizada de esta sentencia definitiva, una vez que se encuentre firme o ejecutoriada. II. SE DECLARA CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada “MAKLUBE”, con una superficie total de cien (100) hectáreas, a favor de MVC SOLAR 41 SpA, RUT Nº 76.880.906-2, ya individualizado. III. EXTRÁCTESE la presente sentencia constitutiva al tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería y PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de Minería de Santiago el primer día hábil de cualquier mes, antes de requerirse al Conservador de Minas de La Calera la inscripción de esta sentencia. IV. INSCRÍBASE la presente sentencia constitutiva en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de La Calera. Dicha inscripción deberá efectuarse dentro del término de ciento veinte (120) d

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de La Calera CAUSA ROL : V-101-2021 CARATULADO : MVC SOLAR 41 SpA/ Fecha de inicio : 26/08/2021 Fecha cit. oír sent : 13/01/2022 La Calera, ocho de Marzo de dos mil veintidós VISTOS: Que, con fecha 26/08/2021, siendo las 08:20 horas, como consta en folio 1, comparece MARIO ALEJANDRO VENEGAS IBIETA, chileno, divorciado, abogado, domiciliad

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