VALE EXPLORACIONES CHILE LTDA/
Rol
V-1362-2021
Fecha
7 de marzo de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 05 de noviembre de 2021, siendo las 22:22 horas, don JORGE HERNANDEZ MEDINA, Rut N° 12.877.148-4, casado, chileno, Ingeniero de Ejecución en Geomensura, en representación de VALE EXPLORACIONES CHILE LIMITADA, empresa chilena del rubro de su denominación, ambos domiciliados en Santiago, Rosario Norte N° 615, piso 12, oficina 1202, Las Condes, solicitó la constitución de una concesión minera de exploración, de sustancias concesibles en terrenos de una superficie total de 100 hectáreas, a la que denominó “LINK 8008”, cuyo punto medio se sitúa en la Provincia de El Loa, comuna de Calama, y tiene las siguientes coordenadas U.T.M. AL NORTE 7.618.000,00 metros; AL ESTE 530.400,00 metros. SEGUNDO: Que el referido pedimento fue inscrito con fecha 22 de noviembre de 2021, a fojas 6162 bajo el Nº 3291, en el registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, correspondiente al año 2.021. TERCERO: Que con fecha 6 de diciembre de 2021, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería, en la edición N° 43.121, CVE 2050981, el cual se encuentra agregado a la carpeta electrónica. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un cuadrado de 1.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, y las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración en trámite son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) PM 7.618.000,00 530.400,00 V1 7 618.500,00 529.900,00 V2 7.618.500,00 530.900,00 V3 7.617.500,00 530.900,00 V4 7.617.500,00 529.900,00 QUINTO: Que, mediante ordinario N° 897, de fecha 01 de marzo de 2022, el Servicio Nacional de Geología y Minería, emitió el correspondiente informe, sin observaciones, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano están correctos, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno pedido. SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes, 55, 57, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería; y 42 del Reglamento del cuerpo legal citado, resuelvo: I.- Declarar CONSTITUIDA la concesión de exploración “LINK 8008”, sobre una superficie total de 100 hectáreas, a favor de VALE EXPLORACIONES CHILE LIMITADA, antes individualizada, y APROBAR el plano. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Una vez certificada -a petición de la interesada- la ejecutoriedad de la presente sentencia, remítase -por este Juzgado- dicha certificación, junto a la sentencia constitutiva y copia digital del plano aprobado por Sernageomin, al correo electrónico proporcionado por el Conservador de Minas para tal efecto. IV.- Inscríbase esta sentenc
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FOJA: 9 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-1362-2021 CARATULADO : VALE EXPLORACIONES CHILE LTDA/ Calama, siete de Marzo de dos mil veintidós VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 05 de noviembre de 2021, siendo las 22:22 horas, don JORGE HERNANDEZ MEDINA, Rut N° 12.877.148-4, casado, chileno, Ingeniero de Ejecución en Geomensura, en re
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