C/ CRISTOPHER MATÍAS ESPINOSA HERTE
Rol
O-3356-2025
Fecha
18 de noviembre de 2025
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público dedujo requerimiento en contra del imputado, fundándolo en que el día 07 de junio de 2025, a aproximadamente las 05.00 horas, el imputado CRISTOPHER MATÍAS ESPINOSA HERTE, conducía en estado de ebriedad el vehículo marca Daewoo, modelo Lanos S, PPU. UF.9628, color blanco, por av. Vicuña Mackenna poniente, momento en que funcionarios de carabineros observan que iba “zigzagueando” por las pistas de circulación, motivo por el cual le realizan señales para que se detenga, haciendo el Código: XCCBKXENVB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl imputado caso omiso de éstas, continuando su recorrido virando por pasaje Toledo, logrando finalmente darle alcance en la intersección de Toledo con calle Andalucía en la comuna de la Florida. En ese lugar los funcionarios se percataron que el imputado tenía hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, realizándole prueba respiratoria, la cual arroja resultado de 1.677 gramos de alcohol por litro de sangre. Además, se le toma muestra para Informe de alcoholemia, la cual arrojó como resultado 1.84 gramos de alcohol por litro de sangre según Informe del Servicio médico legal. Además, el acusado al momento de los hechos no registraba licencia de conducir alguna. Según el Ministerio Público, los hechos antes descritos son constitutivos del delito de manejo en estado de ebriedad, ilícito previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley 18.290 en relación con el artículo 110 inciso segundo del mismo cuerpo legal, el que se encuentra en el grado de desarrollo de consumado. Al requerido se le atribuye participación en calidad de autor ejecutor en los términos del artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Que, se le reconoce al imputado la circunstancia atenuante de responsabilidad contemplada en el número 9 del artículo 11 del Código Penal, esto es, la colaboración sustancial, perjudicándole la reincidencia especifica. Es en virtud de lo anterior que se solicitó la imposición de una pena de 301 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1/3 de UTM, accesorias legales y la prohibición para obtener licencia de conducir por el periodo de cinco años, todo lo anterior sin costas. Código: XCCBKXENVB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En mérito de lo anterior y artículo 1, 11Nº9, 12N°16,14Nº1, 15Nº1, 18, 25, 26, 30, 50, 67 y 69 del Código Penal; artículos 45, 47 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 110 y 196 de la Ley 18.290; y, artículo 8 de la Ley 18.216,
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a CRISTOPHER MATÍAS ESPINOSA HERTE, ya individualizado, a sufrir una pena de trescientos un días de presidio menor en su grado mínimo, a pagar a beneficio fiscal una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a la prohibición para obtener licencia de conducir por el periodo de cinco años, al ser considerado autor ejecutor del delito consumado de manejo en estado de ebriedad, perpetrado en la comuna de La Florida el día 7 de junio del 2025. II.- Que, la multa se le tendrá por pagada con la detención del día 7 de junio del 2025. III.- Que, por reunir el sentenciado en la especie los requisitos del artículo 8º de la Ley 18.216, se le impondrá como pena sustitutiva la reclusión parcial nocturna domiciliaria, computándose una noche por cada día de privación de libertad a que ha sido condenado, entre las 22:00 horas a 06:00 horas en el domicilio de Pasaje Toledo N°201, comuna de La Florida, Santiago, existiendo Informe de Factibilidad Técnica para control telemático favorable en el referido domicilio Folio N°262158, quedando citado el condenado al CRS Santiago Oriente para el día 24 de noviembre del 2025 a las 08:30 horas, sin abonos que considerar. IV.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas. Código: XCCBKXENVB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Los intervinientes son notificados
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C/ CRISTOPHER MATÍAS ESPINOSA HERTE. RIT: 3356-2025. RUC: 2500786128-4. MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Santiago, dieciocho de noviembre del 2025. Que, ante este 14º Juzgado de Garantía de Santiago con fecha 18 de noviembre del 2025 se celebró audiencia de procedimiento simplificado bajo la dirección del Juez Carlos Muñoz Sepúlveda, en la causa RIT 3356-2025, seguida contra CRISTOPHER MATÍAS ES
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