29º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CHILE/SILVA

Rol

C-4619-2020

Fecha

4 de marzo de 2022

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Roberto Grant del Río, abogado, con domicilio en Morandé N° 322, oficina 502, Santiago, mandatario judicial y en representación convencional del Banco de Chile, cuyo gerente general es Eduardo Ebensperger Orrego, domiciliados en calle Ahumada N° 251, Santiago, interpone demanda en contra de Miguel Ángel Silva Pena, ignora profesión u oficio, con domicilio en avda. Los Olmos N° 3220, depto. 18-B, Macul, solicitando se lo condene al pago de la suma de $13.707.201, más intereses y costas, deuda originada en un mutuo de fecha 9 de octubre de 2018, por el cual se dio en préstamo la suma de $13.707.201, que el mutuario se obligó a pagar en 72 cuotas mensuales, 71 cuotas iguales y sucesivas de $228.751 cada una venciendo la primera el 5 de diciembre de 2018 y las siguientes cuotas sucesivamente con la misma periodicidad, y una cuota final por la suma de $228.749 que se pagaría el 5 de noviembre de 2024, destacando que el demandado no pagó alguna. Con fecha 22 de julio de 2020 se notifica la demanda. La parte demandada no contestó. Con fecha 22 de octubre de 2020 se llama a las partes a conciliación, sin éxito. Con fecha 29 de octubre de 2020 se recibe la causa a prueba. Con fecha 4 de marzo de 2022 se cita a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que según la regla general sobre onus probandi, correspondió a la parte actora acreditar el presupuesto de hecho de su pretensión, esto es, la existencia de la obligación, mientras que a la parte demandada, su extinción. SEGUNDO: Que, con dicho propósito, acompaña copia del pagaré N° 93834, de fecha 9 de octubre de 2018, que suscribió el demandado a la orden del Banco de Chile, manifestando haber recibido en préstamo –a su entera satisfacción- la suma de $13.707.201, que se obligó a pagar en 72 cuotas mensuales, 71 cuotas iguales y sucesivas de $228.753 cada una, venciendo la primera el 5 de diciembre de 2018, y las siguientes cuotas sucesivamente con la RIT« » Foja: 1 misma periodicidad, y una cuota final por la suma de $228.749 que se pagaría el 5 de noviembre de 2024. Se contempla una cláusula de aceleración. La tasa de interés mensual es del 0,50%. La firma aparece autorizada por un notario público.

Fallo

Por tanto, se valora la copia del pagaré con el carácter de escritura pública, por tratarse de un documento privado reconocido tácitamente por la parte a quien se opuso, en los casos y con los requisitos prevenidos por la Ley. Esto, porque el artículo 346 del Código de Procedimiento Civil indica pautas procesales para establecer el reconocimiento de los documentos privados presentados al juicio, pero su valoración se encuentra contenida en normas del Código Civil. En consecuencia, se entiende que en cuanto a la existencia de su contenido, es decir, al hecho de que él fue declarado por el demandado, tiene valor de plena prueba; y que en cuanto a la sinceridad de las declaraciones entre las partes también hace plena prueba. TERCERO: Que, así las cosas, la parte demandante ha logrado acreditar la existencia y fuente de la obligación, en tanto el pagaré, no impugnado, la refleja, que no es otra que un mutuo en cuotas documentado con un pagaré. Por otro lado, habiéndose obligado el demandado al pago de las cuotas consignadas en el documento, no pagó alguna ni acreditó en estos autos haberlo hecho, encontrándose, por tanto, en mora de cumplimiento, motivo por el que la presente acción será acogida, en los términos que se expresará en lo resolutivo. Sin perjuicio de ser suficiente la prueba indicada para concluir de esta manera, cabe destacar que también se encuentra agregada al proceso copia de la solicitud de crédito que antecede al pagaré, por el mismo monto y cuotas, document

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 29 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4619-2020 CARATULADO : BANCO DE CHILE/SILVA Santiago, cuatro de Marzo de dos mil veintid só VISTOS: Roberto Grant del Río, abogado, con domicilio en Morandé N° 322, oficina 502, Santiago, mandatario judicial y en representación convencional del Banco de Chile, cuyo gerente general es

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