Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

VANEGAS/HOSPEDAJE ALPHA

Rol

O-207-2022

Fecha

16 de enero de 2023

Materia

Costas, Despido indirecto, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones, Subterfugio

Resultado

No especificado

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Hechos

JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA DE JUICIO POR VIDEO CONFERENCIA_PLATAFORMA_ZOOM FECHA Antofagasta, a dieciséis de enero del año dos mil veintitrés. MAGISTRADO ELENA DEL PILR PÉREZ CASTRO INICIO 10:55 horas. TÉRMINO 12:06 horas. ENCARGADO DE ACTA Daphner Flores Campusano. SALA 6 RUC 22-4-0386508-0 RIT O-207-2022 REGISTRO DE AUDIO N° 22-4-0386508-0-1335 PARTES INDIVIDUALIZACION y COMPARECENCIA SI NO DEMANDANTE I Sandra Johanna Restrepo. X DEMANDANTE II Luz Mila Vanegas Gómez.  X ABOGADO DEMANDANTE FORMA NOTIFICACIÓN Yessenia Torres Bugueño. ytorres@naranjoyasociados.cl X DEMANDADA Hospedaje ALPHA’S S.P.A. X DEMANDADA Kimberly Gisselle Rojas Rubio. X DEMANDADA Miriam Onixia Rubio Rebolledo. X DEMANDADA Jordhan Edwin Andrés Rojas Rubio. X DEMANDADA Diego Ignacio Rubio Marabolí. X ACTUACIONES EFECTUADAS SI NO · INDIVIDUALIZACION DE LAS PARTES X · RINDE PRUEBA DEMANDANTE X · RINDE PRUEBA DEMANDADAS X · SENTENCIA INMEDIATA X Se deja constancia que se ha realizado el llamado a viva voz en las dependencias físicas del Tribunal y habiéndose dado inicio a la audiencia con quince minutos de retraso a fin de salvaguardar posibles problemas de conexión de la parte demandada Hospedaje Alpha S.P.A., Kimberly Gisselle Rojas Rubio, Miriam Onixia Rubio Rebolledo, Jordhan Edwin Andrés Rojas Rubio y Diego Ignacio Rubio Marabolí; encontrándose esta válidamente emplazada conforme consta en carpeta digital, no ha comparecido nadie en su representación. Proveyendo el escrito de fecha 16 de enero en curso: Téngase presente la delegación de poder para todos los efectos legales en abogada habilitada que indica. El Tribunal da inicio al juicio: Rendición de prueba de la parte demandante: 1. Prueba documental: Se incorporaron mediante lectura resumida los siguientes documentos ofrecidos en la audiencia preparatoria: (acompañados a folios 16 y 19) 1. Consulta tributaria de terceros corre

Fundamentos

CONSIDERANDO: Por las consideraciones antes señaladas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 160, 168, 453 y siguientes del Código del Trabajo, resuelve que: I.- Se acoge la demanda de despido indirecto, cobro de prestaciones laborales y nulidad del despido deducidas en representación de Sandra Johanna Restrepo, RUT 27.410.750-2 y Luz Mila Vanegas Gómez, RUT 27.239.780-5, en contra de Hospedaje Alpha SpA, RUT 76.977.149-2; Kimberly Gisselle Rojas Rubio, RUT 17.867.154- 5; Miriam Onixia Rubio Rebolledo, RUT 11.605.251-2; Jordhan Edwin Andrés Rojas Rubio, RUT 18.654.988-0; y Diego Ignacio Rubio Marabolí, RUT 16.926.417-1 y en consecuencia, se condenas a estas últimas a pagar en calidad de co-empleadores y solidariamente a la demandantes las siguientes sumas: Respecto de Sandra Johanna Restrepo: 1) $484.000.- (cuatrocientos ochenta y cuatro mil pesos) por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2) $289.755.- (doscientos ochenta y nueve mil setecientos cincuenta y cinco pesos) por concepto de feriado proporcional. 3) $935.733.- (novecientos treinta y cinco mil setecientos treinta y tres pesos) por concepto de remuneraciones adeudadas. 4) $602.313.- (seiscientos dos mil trescientos trece pesos) por concepto de horas extraordinarias. 5) $484.000.- (cuatrocientos ochenta y cuatro mil pesos) por concepto de nulidad del despido, desde la fecha del despido indirecto, esto es, el día 28 de enero de 2022 y la fecha en que se pague íntegramente las cotizaciones previsionales adeudadas y que corresponden al periodo que media entre el 23 de febrero de 2021 y el día 28 de enero de 2022 y se cumpla con las formalidades previstas al efecto en el artículo 162 del Código del Trabajo. Respecto de Luz Vanegas Gómez: 1) $$484.000.- (cuatrocientos ochenta y cuatro mil pesos) por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2) $279.951.- (doscientos setenta y nueve mil novecientos cincuenta y un pesos) por concepto de feriado proporcional. 3) $935.733.- (novecientos treinta y cinco mil setecientos treinta y tres pesos) por concepto de remuneraciones adeudadas. 4) $573.631.- (quinientos setenta y tres mil seiscientos treinta y uno) por concepto de horas extraordinarias. 5) $484.000.- (cuatrocientos ochenta y cuatro mil pesos) por concepto de nulidad del despido, desde la fecha del despido indirecto, esto es, el día 28 de enero de 2022 y la fecha en que se pague íntegramente las cotizaciones previsionales adeudadas y que corresponden al periodo que media entre el 8 de marzo de 2021 y el día 28 de enero de 2022 y se cumpla con las formalidades previstas al efecto en el artículo 162 del Código del Trabajo. II.- Se condena en costas a las demandadas, regulándose desde ya las personales en la suma equivalente a dos (2) Ingresos Mínimos Mensuales para fines remuneracionales. Anótese, regístrese y archívese la causa en su oportunidad. Solicitud medida cautelar: La parte demandante solicita que, de conformidad con el artículo 4

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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA DE JUICIO POR VIDEO CONFERENCIA_PLATAFORMA_ZOOM FECHA Antofagasta, a dieciséis de enero del año dos mil veintitrés. MAGISTRADO ELENA DEL PILR PÉREZ CASTRO INICIO 10:55 horas. TÉRMINO 12:06 horas. ENCARGADO DE ACTA Daphner Flores Campusano. SALA 6 RUC 22-4-0386508-0 RIT O-207-2022 REGISTRO DE AUDIO N° 22-4-0386508-0-1335

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