ITAUCORPBANCA/PACHECO
Rol
C-14301-2020
Fecha
3 de marzo de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1 compareció LESLIE LORETO MERINO MENDOZA, abogada, mandatario judicial en representaci n convencional de BANCOó ITAU CORPBANCA., sociedad an nima bancaria continuadora legal deó Banco Corpbanca cuyo representante legal es el se or Gabriel Amado deñ Moura, Gerente General, ambos domiciliados para estos efectos en calle Rosario Norte N 660, comuna de Las Condes de esta ciudad, quienº interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de MARIAé ANGELICA PACHECO BADILLA, ignora profesi n u oficio, domiciliadaó en PASAJE LAS CARMELITAS N 100 VILLA GALILEA LOS ANGELES. A folio 5 se dio curso a la demanda y se orden despacharó mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folio 5 del cuaderno de apremio consta la notificaci n de laó demanda en virtud de lo se alado en el art culo 44 de C digo deñ í ó Procedimiento Civil. Asimismo a folio 6 del cuaderno de apremio consta el requerimiento de pago en rebeld a de la parte demandada.í A folio 6 compareci la ejecutada, quien dentro de plazo opone a laó ejecuci n, las excepciones contempladas en los numerales 4 , es decir, laó ° ineptitud del libelo; 7 La falta de alguno de los requisitos o condiciones° “ establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva ; 11 ,í ” ° C-14301-2020 Foja: 1 esto es La concesi n de esperas o la pr rroga del plazo ; y 14 La nulidad“ ó ó ” ° “ de la obligaci n ; todos del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.ó ” í ó A folio 21 se tuvieron por opuestas las excepciones y se confirió traslado de ellas al ejecutante. A folio 22 compareci el ejecutante evacuado el traslado que le fueraó conferido y solicitando el rechazo de las excepciones opuestas. A folio 23 se tuvo por evacuado el traslado conferido a la ejecutante. Acto seguido se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yá controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer. Resoluci n interlocutoriaé ó ó de prueba que con
Fundamentos
fundamentos de derecho en que apoyan su presentaci n, ya que no se alaó ñ la operaci n aritm tica que permite al acreedor obtener el monto que exigeó é su pago en la presente demanda ejecutiva. Solo se preocupa de se alar que existen intereses y gastos no as cualñ í es el valor y/o porcentaje de los mismos ni sobre que monto se extrae el porcentaje en caso de expresarse en dicha medida, como tampoco se ala elñ momento de la mora del deudor. Fund la excepci n del numeral 7 en el hecho de que no apareceó ó ° acreditado en el libelo, que se haya dado cumplimiento por la parte ejecutante al pago del impuesto previsto por el art culo 1 N 3 del Decretoí º º Ley N 3.475, Ley de Timbres y Estampillas, por lo que se hace aplicable laº sanci n del art culo 26 del mismo cuerpo legal. ó í Adem s de ello expuso que no consta el protesto del pagare,á conforme a las normas contenidas en la Ley 18.092, sobre Letra de Cambio y Pagar , espec ficamente sus art culos 49, 79, 106 y 107, que, a la fecha deé í í notificaci n de la presente ejecuci n dicho documento carec a de valor, yó ó í
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yá controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer. Resoluci n interlocutoriaé ó ó de prueba que consta debidamente notificada a las partes a folios 25 y 26 respectivamente. Encontr ndose suspendido el t rmino probatorio en virtud de loá é se alado en el art culo 6 de la Ley N 21.226, se dispuso su reactivaci n añ í ° ° ó folio 31. A folio 33 se cit a las partes para o r sentencia. ó í Y Considerando; Primero: Que compareci LESLIE LORETO MERINOó MENDOZA, abogada, mandatario judicial en representaci n convencionaló de BANCO ITAU CORPBANCA., sociedad an nima bancariaó continuadora legal de Banco Corpbanca cuyo representante legal es el se orñ Gabriel Amado de Moura, Gerente General, ambos domiciliados para estos efectos en calle Rosario Norte N 660, comuna de Las Condes de estaº ciudad, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra deé MARIA ANGELICA PACHECO BADILLA, ignora profesi n u oficio,ó domiciliada en PASAJE LAS CARMELITAS N 100 VILLA GALILEA LOS ANGELES, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n yó embargo por la suma de 115,8898 UF, equivalente en pesos al d a 10 DEí AGOSTO DE 2020, por la suma de $3.321.405.- pagaderas seg n valor deú la unidad de fomento al d a del pago, por concepto de capital, m s losí á C-14301-2020 Foja: 1 intereses pactados, devengados y los que se devenguen, y ordenar se siga adelante con l
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C-14301-2020 Foja: 1 FOJA: 21 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-14301-2020 CARATULADO : ITAUCORPBANCA/PACHECO Santiago, tres de Marzo de dos mil veintid s.ó Visto: A folio 1 compareció LESLIE LORETO MERINO MENDOZA, abogada, mandatario judicial en representaci n convencional de BANCOó ITAU CORPBANCA., sociedad an nima bancaria continuadora lega
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