CONSTANZO/BANCO DE ESTADO DE CHILE
Rol
C-6042-2021
Fecha
17 de marzo de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 19 de julio de 2021, comparece don Cristian Andrés Constanzo Hernández, profesor de educación física, domiciliado en Presidente Riesco N°5330, comuna de Las Condes, quien interpone demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva, en contra de Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, representada por don Juan Cooper Álvarez, ingeniero comercial, ambos con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O ´Higgins N°1111, comuna de Santiago, en consideración a los
Fundamentos
fundamentos que a continuación se exponen. Con fecha 19 de noviembre de 2021 se procedió a notificar la demanda a la demandada, por medio de su representante legal, conforme al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. Con fecha 3 de diciembre de 2021, la demandada presenta escrito de contestación allanándose a la prescripción de la acción ordinaria. Por resolución de fecha 13 de diciembre de 2021, se tiene por contestada la demanda, confiriéndose traslado para la réplica. Por resolución de fecha 23 de diciembre de 2021, se tuvo por evacuada la réplica, y atendido el mérito de autos, especialmente el allanamiento de la contraria, no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se omitió la recepción de la causa a prueba y se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 19 de julio de 2021, comparece don Cristian Andrés Constanzo Hernández, quien interpone demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva, en contra de Banco del Estado de Chile, representada por don Juan Cooper Álvarez, todos ya individualizados, en consideración a los fundamentos que a continuación se exponen. Funda su demanda en que mediante un pagaré se obligó a pagar a Banco del Estado de Chile la suma de $2.379.319.-, más intereses del 1,6900% mensual, mediante 36 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $89.285.- cada una, salvo la última que sería de $89.305.-, venciendo la primera de ellas el día 10 de febrero de 2017. Indica que en el mismo documento, se estableció que para el caso de no pago oportuno de la obligación, la parte deudora pagaría intereses del máximo C-6042-2021 Foja: 1 convencional a la fecha de suscripción, y además se pactó una cláusula de aceleración con la que el banco cobraría la deuda como si fuera de plazo vencido. Precisa que no pagó ninguna de las cuotas en las que se dividió la obligación, por lo que adeuda a su acreedor la suma de $2.379.319.- desde febrero del año 2017, por lo que habría transcurrido el plazo de prescripción de la acción ordinaria. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva, en contra de Banco del Estado de Chile, representada por don Juan Cooper Álvarez, todos ya individualizados, admitirla a tramitación y, en definitiva, declarar prescrita la acción ordinaria de cobro, con costas; SEGUNDO: Que, con fecha 3 de diciembre de 2021, la parte demandada concurre al procedimiento allanándose a la demanda deducida en su contra y solicitando se le exima del pago de las costas de la causa; TERCERO: Que, con fecha 23 de diciembre de 2021, habiéndose evacuado la réplica, y atendido el allanamiento de la demandada, no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se citó a las partes a oír sentencia, en conformidad a lo dispuesto por el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil; CUARTO: Que, la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos,
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1698, 2514, 2515 y 2516 del Código Civil; 160, 170, 254 y 342 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, se acoge la demanda de 19 de julio de 2021, declarándose prescrita la acción ordinaria de cobro que emana del mutuo otorgado por el demandado al actor, mediante el pagaré N°00005831618, por la suma de $2.379.319.-, suscrito a la orden de Banco del Estado de Chile; II.- Que, se exime de las costas a la parte demandada atendido su allanamiento. Regístrese, notifíquese y archívense los autos en su oportunidad. ROL N°C-6042-2021. Pronunciada por don Daniel Platt Astorga, Juez Suplente del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecisiete de Marzo de dos mil veintidós Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-03-17T19:59:27-0300
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C-6042-2021 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-6042-2021 CARATULADO : CONSTANZO/BANCO DE ESTADO DE CHILE Santiago, diecisiete de Marzo de dos mil veintidós VISTOS Con fecha 19 de julio de 2021, comparece don Cristian Andrés Constanzo Hernández, profesor de educación física, domiciliado en Presidente Riesco N°5330, comuna de Las Condes, qui
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