SERVICIOS FINANCIEROS PROGRESO S.A./MUÑOZ
Rol
C-5682-2021
Fecha
2 de marzo de 2022
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 23 de agosto de 2021, comparece el abogado Carlos Arturo Elgueta Rojas, domiciliado en calle Hu rfanos N 1011, oficina 117, entrepiso,é ° comuna de Santiago, en representaci n convencional de Servicios Financierosó Progreso S.A., persona jur dica del giro de su denominaci n, representada por suí ó gerente general Cristi n Javier lvarez Inostroza, ambos domiciliados en calleá Á Miraflores N 222, piso 25, comuna de Santiago, en estos autos iniciados con la° gesti n de medida prejudicial precautoria de secuestro, e interpone demanda enó juicio sumario especial de terminaci n de contrato de arrendamiento, restituci n deó ó los bienes arrendados, cobro de rentas adeudadas y multas, en contra de Comercial Budapest Limitada, persona jur dica del giro de importaci n y venta al detalle,í ó representada legalmente por Ver nica Mu oz Trivelli, empresaria, y en contra deó ñ esta ltima, en su condici n de codeudora solidaria, todos con domicilioú ó Panamericana Sur S/N, sector Caanan, comuna de Chonchi, D cima Regi n.é ó Refiere que su representada suscribi dos contratos con el demandado:ó 1) El contrato de arrendamiento-leasing signado bajo el n mero Nú ° 111.522, celebrado por escritura privada el 20 de noviembre de 2020, protocolizada ante la notario Myriam Amigo Arancibia, con fecha 3 de febrero de 2021, bajo el Repertorio N 1628-21, mediante el cual su mandante le entreg en arrendamiento a° ó la demandada, el siguiente bien de su propiedad: Camioneta, marca Toyota, modelo HILUX DCAB 4x4 4P 2.4, n mero de motor N 2GD0810193, n mero de chasisú ° ú 8AJKB3CD7L1624183, n mero de vin 8AJKB3CD7L1624183, color rojo micaú met lico, a o 2021, placa patente PKZP-54-5.á ñ Se ala que en la cl usula tercera del contrato de arrendamiento, las partesñ á acordaron que la renta de arrendamiento quedar a regulada de la siguiente manera:í con el pago de la suma de $4.631.261 m s Impuesto al Valor agregado IVA-,á – la que fue pagada en ese acto y se imput como primera renta de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Servicios Financieros Progreso S.A. interpuso demanda en juicio sumario especial de terminaci n de contrato de arrendamiento, restituci n deó ó los bienes arrendados, cobro de rentas adeudadas y multas, en contra de Comercial Budapest Limitada, representada legalmente por Ver nica Mu oz Trivelli y enó ñ contra de esta ltima, en su condici n de codeudora solidaria, respecto de laú ó camioneta marca Toyota, modelo HILUX DCAB 4x4 4P 2.4, n mero de motorú 2GD0810193, n mero de chasis 8AJKB3CD7L1624183, n mero de vinú ú 8AJKB3CD7L1624183, color rojo mica met lico, a o 2021, placa patente PKZP-54-á ñ 5; y de la camioneta marca Toyota, modelo HILUX DCAB 4x4 4P 2.4, n mero deú motor 2GD0850057, n mero de chasis 8AJFB3CD6M1517998, color gris oscuroú met lico, a o 2021, placa patente PLDF-83-6.á ñ SEGUNDO: Que las demandadas se mantuvieron rebeldes durante toda la tramitaci n del juicio, por lo que a su respecto no hay alegaciones ni pruebas queó ponderar. TERCERO: Que para acreditar sus asertos el demandante acompa , enñó forma legal y sin objeci n de contrario, la prueba ya rendida en el cuaderno deó medida prejudicial precautoria, esto es: 1.- Copia de Protocolizaci n de Contrato de Arrendamiento Leasing Nó ° 111.522, de fecha 3 de febrero de 2021, Repertorio N 1628-21, con firma° electr nica avanzada que contiene el contrato de arrendamiento leasing de fecha 20ó de noviembre de 2020, entre Servicios Financieros Progreso S.A. y Comercial Budapest Limitada. 2.- Copia de Protocolizaci n de Contrato de Arrendamiento Leasing Nó ° 140.049, de fecha 15 de febrero de 2021, Repertorio N 2119-21, con firma° electr nica avanzada que contiene el contrato de arrendamiento leasing de fecha 30ó de noviembre de 2020 Servicios Financieros Progreso S.A. y Comercial Budapest Limitada. 3.- Dos copias de acta de entrega y recepci n de los bienes sublite.ó 4.- Dos certificados de inscripci n y anotaciones vigentes respecto de losó bienes sub lite. 5.- Copia de factura electr nica N 1885 emitida por la empresa Autoó ° Berrios SpA. 6.- Copia de factura electr nica N 248 emitida por la empresa Automotrizó ° Inalmotors SpA. 7.- Informe Dicom Empresarial 360 de Comercial Budapest Limitada.° 8.- Informe Dicom platinum de Ver nica Mu oz Trivelli.ó ñ CUARTO: Que, al tenor de los documentos acompa ados, se tendr n porñ á acreditadas las siguientes circunstancias: a) Que entre las partes se celebraron dos contratos de arrendamiento- leasing. El N 111.522, de fecha 20 de noviembre de 2020, respecto de una° camioneta marca Toyota, modelo HILUX DCAB 4x4 4P 2.4, n mero de motorú 2GD0810193, n mero de chasis 8AJKB3CD7L1624183, n mero de vinú ú 8AJKB3CD7L1624183, color rojo mica met lico, a o 2021, placa patente PKZP-54-á ñ 5; y el N° 140.049, de fecha 30 de noviembre de 2020, respecto de una camioneta marca Toyota, modelo HILUX DCAB 4x4 4P 2.4, n mero de motor 2GD0850057,ú n mero de chasis 8AJFB3CD6M1517998, color gris oscuro met lico, a o 2021, placaú á ñ pa
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES, citas legales, y visto adem s loá dispuesto en los art culos 1698, 1915, 1916, 1917, 1918, 1919, 1942, 1945 delí C digo Civil; y 144, 158, 160, 170, 346 N 3, y 607 y siguientes del C digo deó º ó Procedimiento Civil; m s dem s que fueren aplicables; á á SE RESUELVE: I.- Que se hace lugar a la demanda de fecha 23 de agosto de 2021, en cuanto se declara que los contratos de arrendamiento existentes entre las partes terminaron en la fecha de la restituci n de los bienes objeto de las convenciones, losó d as 31 de agosto y 28 de diciembre de 2021 respectivamente.í II.- Que se hace lugar al cobro de las rentas adeudadas, en la forma dispuesta en el considerando sexto. III.- Que se hace lugar al cobro por concepto de multa por mora pactada en la cl usula d cimo cuarta de los contratos de arrendamiento, solo por las sumasá é de $719.782 para el primer contrato y $1.392.425 para el segundo, ambas m s IVA.á IV.- Que se hace lugar al cobro por concepto gastos de cobranza extrajudicial anotados para cada contrato, de acuerdo al art culo 37 de la ley 19496,í por el valor de 6% por cada renta morosa indicada, en la forma dispuesta el considerando d cimo.é V.- Que las sumas ordenadas pagar deber n hacerse con m s el inter sá á é m ximo legal para operaciones reajustables, desde la fecha de la mora, y hasta elá pago efectivo, como se dispone en el considerando duod cimo.é VI.- Que se condena en costas a las demandadas. REG STRESE Y NOTIF QUESEÍ Í DICTADA POR GUS
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5682-2021 CARATULADO : SERVICIOS FINANCIEROS PROGRESO S.A. / MU OZÑ Santiago, dos de marzo de dos mil veintid só VISTO: Con fecha 23 de agosto de 2021, comparece el abogado Carlos Arturo Elgueta Rojas, domiciliado en calle Hu rfanos N 1011, oficina 117, entrepiso,é ° comuna de Santiago, en representaci n convencio
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