Juzgado de Familia Puente Alto

ANONIMIZADO

Rol

P-533-2024

Fecha

19 de febrero de 2024

Materia

VULNERACIÓN DE DERECHOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: En mérito de lo expuesto en el requerimiento de medida de protección, lo sugerido por la profesional del consejo técnico doña Narni Valdés, esto es, que sugiere no dar curso a la tramitación de la presente causa, toda vez que el requerimiento dice relación hechos que no indican vulneraciones de derechos respecto a un niño niña o adolescente que ameriten la intervención por parte de este Tribunal. Que el artículo 8 n°7 de la Ley 19.968, dispone que solo es procedente adoptar una medida de protección cuando un niño. Niña o adolescente se encuentre gravemente vulnerado amenazado en sus...

Fallo

En mérito de lo expuesto en el requerimiento de medida de protección, lo sugerido por la profesional del consejo técnico doña Narni Valdés, esto es, que sugiere no dar curso a la tramitación de la presente causa, toda vez que el requerimiento dice relación hechos que no indican vulneraciones de derechos respecto a un niño niña o adolescente que ameriten la intervención por parte de este Tribunal. Que el artículo 8 n°7 de la Ley 19.968, dispone que solo es procedente adoptar una medida de protección cuando un niño. Niña o adolescente se encuentre gravemente vulnerado amenazado en sus...

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RIT: P-533-2024 Puente Alto, a diecinueve de febrero del año dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: En mérito de lo expuesto en el requerimiento de medida de protección, lo sugerido por la profesional del consejo técnico doña Narni Valdés, esto es, que sugiere no dar curso a la tramitación de la presente causa, toda vez que el requerimiento dice relación hechos que no indican vulneracio

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