BANCO DE CHILE/SILVA
Rol
C-38988-2018
Fecha
28 de febrero de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparecen Patricio Andr s Pacheco Cofr , Daniela Rubilar Urrutia y Lesliaé é Lagos Labra a, abogados, en representaci n convencional del ñ ó Banco de Chile, sociedad an nima bancaria y financiera, representada por su Gerente General don Eduardoó Ebensperger Orrego, todos domiciliados para estos efectos en calle Bandera Nro. 577, 2° piso, comuna de Santiago; quienes deducen demanda ejecutiva de cobro de pagar ené contra de don Ariel Andr s Silva Riquelmeé , ignoran profesi n u oficio, domiciliado enó Los Peumos Poniente Nro. 6023, Sitio 9, Manzana C, comuna de Pe alol n.ñ é Aseguran que su representado es due o y leg timo tenedor del pagar signadoñ í é con el Nro. 000000088580, suscrito por el demandado en calidad de deudor principal, por un capital original de $34.270.657, capital al que se debe aplicar una tasa de inter sé mensual de 0,50%, seg n se se ala en el mismo documento.ú ñ A aden que se estipul que el capital y los intereses de la obligaci n se pagar anñ ó ó í en 60 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 59 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $663.900, cada una de ellas, venciendo la primera el 09 de febrero de 2018 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer an sucesivamente con la mismaí periodicidad antes indicada; y una cuota de $663.875, que se pagar a el 0í 9 de enero de 2023. Hacen presente que como se estipul en el mismo pagar , el monto de cada unaó é de las cuotas indicadas incluye pago de capital e intereses. Indican que en el mismo pagar se estipul que se acepta que el acreedor ené ó forma exclusiva y privativa, pod a destinar en cada oportunidad el importe total de lasí cuotas a la amortizaci n del capital y/o de los intereses, o de ambos a la vez, en laó C-38988-2018 Foja: 1 proporci n que estime conveniente.ó Se alan que se pact que el simple retardo y/o mora en el pago ntegro yñ ó í oportuno de todo o parte de una de las cuotas, facultar a al Banco de Chile para exigirí el pago total de la deuda o d
Fundamentos
fundamentos d cimo sexto a vig simo, se revoca la sentencia apelada de veintiunoé é de noviembre de dos mil ocho, escrita de fojas 21 a 23 y en su lugar
Fallo
fallo de casaci n yé á ó ó que se ha calificado de imperativa por esta Corte, de manera que el plazo de exigibilidad del total de la obligaci n ha de contarse desde el evento deducido, esto es, eló no pago oportuno de una cualquiera de las cuotas de capital y/o inter s, suceso queé aconteci el 18 de octubre de 2007, por lo que al 30 de octubre de 2008, fecha deló requerimiento al deudor, el plazo de prescripci n se encontraba cumplido. 4.- Que poró lo razonado corresponde acoger la excepci n opuesta y declarar prescrita la obligaci nó ó cobrada en autos. De conformidad a lo expuesto, normas legales citadas y lo razonado en los fundamentos d cimo sexto a vig simo, se revoca la sentencia apelada de veintiunoé é de noviembre de dos mil ocho, escrita de fojas 21 a 23 y en su lugar se declara que se acoge la excepci n opuesta, por encontrarse prescrita la obligaci n y, en consecuencia,ó ó se absuelve de ella al demandado, con costas. Reg strese y devu lvase con sus agregados.í é Redacci n a cargo del Ministro Sr. Sergio Mu oz. N 6229-2009. Pronunciado por laó ñ ° Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sres. Adalis Oyarz n M., Sergioú Mu oz G., Sra. Margarita Herreros M., Sr. Juan Araya E. y Abogado Integrante Sr.ñ Domingo Hernandez E.- No firma el Abogado Integrante Sr. Hernandez, no obstante haber concurrido a la vista del recurso y acuerdo del fallo, por estar ausente. Autorizado C-38988-2018 Foja: 1 por la Secretaria Sra. Rosa Mar a Pinto Egusquiza. En Santiago, a
Texto Completo (Preview)
C-38988-2018 Foja: 1 FOJA: 86 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 14 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-38988-2018 CARATULADO : BANCO DE CHILE/SILVA Santiago, veintiocho de Febrero de dos mil veintid só VISTOS: Comparecen Patricio Andr s Pacheco Cofr , Daniela Rubilar Urrutia y Lesliaé é Lagos Labra a, abogados, en representaci n convencional del ñ ó Banco de Chile, sociedad an n
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica