2º Juzgado de Letras de San Bernardo

BANCO DE CHILE/QUEZADA

Rol

C-3902-2019

Fecha

28 de febrero de 2022

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Que por presentaci n de 24 de julio de 2019 comparece don Roberto Grant Deló Rio, abogado en representaci n de Banco de Chile, cuyo representante legal es donó Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero, stos ltimos domiciliados en calle Ahumadaé ú 251, comuna de Santiago y demandando en juicio ordinario de menor cuant a de cobroí de pesos a don lvaro Alejandro Quezada Briones domiciliado en calle La Capilla NÁ ° 8111, departamento 202, comuna de Cerro Navia, por la suma de $20.000.000 m sá intereses y costas. Indica que con fecha 21 de diciembre de 2001 el Banco de Chile como mutuante, celebr un contrato de mutuo de dinero con don ó lvaro Alejandro Quezada BrionesÁ como mutuario, por la cantidad de $20.000.000 y que se acord serian pagados el d aó í 23 de julio de 2018, devengando la obligaci n intereses a raz n de la Tasa Base Bancoó ó “ de Chile de 30 d as para colocaciones a un d a Banca de Personas recargada en 01,00í í puntos sobre el saldo deudor diario de la cuenta corriente de cr dito en el mesé respectivo (sic). Explica que la Tasa Base se ajusta autom ticamente de forma diaria.” “ ” á Agrega que el demandado declar conocer y aceptar que la referida Tasa se determinaó diariamente por el Banco en base al costo de sus fondos en el mercado nacional y que en caso de mora o retardo en el pago adem s el deudor se oblig a pagar interesesá ó penales iguales al m ximo convencional, que regir desde la mora o retardo hasta el d aá á í de pago. Es del caso que llegada la fecha de pago pactada el mutuo no fue solucionado, adeud ndose en consecuencia la suma de $20.000.000 por concepto de capital m s losá á intereses pactados. Razona en cuanto al derecho e indica que el mutuario no cumpli con laó obligaci n de restituir a que se refiere el art culo 2.196 del C digo Civil enó í ó circunstancias que, en su poca, el contrato se perfeccion de acuerdo a lo que se ala elé ó ñ art culo 2.197 del mismo cuerpo legal.í Previas citas legales termina su presentaci n solicitand

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO Que comparece don Roberto Grant Del Rio, abogado en representaci n de Banco de Chile, cuyo representante legal es don Eduardoó Ebensperger Orrego, ingeniero, stos ltimos domiciliados en calle Ahumada 251,é ú comuna de Santiago y demandando en juicio ordinario de menor cuant a de cobro deí pesos a don lvaro Alejandro Quezada Briones domiciliado en calle La Capilla NÁ ° 8111, departamento 202, comuna de Cerro Navia, por la suma de $20.000.000 m sá intereses y costas provenientes de un mutuo de dinero celebrado entre ellos. SEGUNDO: Que el demandado se mantuvo rebelde durante todo el curso del proceso. TERCERO: Que, recibida la causa a prueba el demandante acompa losñó siguientes documentos: 1.- Copia del pagar n mero 118802773, suscrito a la orden del Banco de Chile, poré ú don lvaro Alejandro Quezada Briones, con fecha 21 de diciembre de 2001, por laÁ suma de $20.000.000 por concepto de capital, los que deb an ser pagados el 23 de julioí de 2018 con intereses calculados de acuerdo a la Tasa Base de 1,00 puntos sobre el“ ” saldo deudor diario de la cuenta corriente de cr dito en el mes respectivo la que seé ajustar autom ticamente en forma diaria.á á 2.- Documento intitulado Liquidaci n En que se detalla un capital de $20.000.000 y“ ó ” un inter s penal por la suma de $7.448.683 con firma ilegible y timbre de Roxanaé Astudillo Torres. 3.- Documento intitulado Liquidaci n En que se detalla un capital de $20.000.000 y“ ó ” un inter s penal por la suma de $15.410.261 con firma ilegible y timbre de Jos Luisé é Mella Garc a.í 4.- Documento intitulado Listado de movimientos-L nea de cr dito moneda nacional “ í é ” CUARTO: Que, el art culo 1698 del C digo Civil, se ala que incumbe probarí ó ñ las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o stas; lo que se traduce en que esó é é carga procesal del actor acreditar la concurrencia de los presupuestos b sicos de suá acci n, esto es, acreditar la existencia de la obligaci n que demanda, y, a su vez, esó ó carga del demandado, acreditar que dio cumplimiento ntegro a sus obligaciones.í QUINTO: Que, seg n lo dispuesto por el art culo 2196 del C digo Civil, elú í ó mutuo o pr stamo de consumo es un contrato en que una de las partes entrega a la otraé cierta cantidad de cosas fungibles con cargo de restituir otras tantas del mismo g nero yé calidad. Por otra parte, el art culo 1 de la Ley 18.010, prescribe que son operaciones deí ° cr dito de dinero aquellas por las cuales una de las partes entrega o se obliga a entregaré una cantidad de dinero y la otra a pagarla en un momento distinto de aquel en que se celebra la convenci n.ó SEXTO: Que, del m rito de los documentos acompa ados por el demandante yé ñ rese ados en el considerando tercero, en especial el pagar N 118802773, consta que lañ é ° demandada declar , el 21 de diciembre de 2001 que adeuda al Banco de Chileó $20.000.000, los que deb an ser pagados el 23 de julio de 2018, devengando interesesí que deben ser calculados de acu

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda de fecha 24 de julio de 2019, conden ndose a doná lvaro Alejandro Quezada Briones al pago de la suma de $$20.000.000 a favor deÁ Banco de Chile, m s intereses corrientes para operaciones de cr dito de dinero noá é reajustables, los que se devengar n desde la fecha en que la presente sentencia está é ejecutoriada y hasta su pago efectivo. II. Que se condena a la demandada al pago de las costas. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad í í í Dictada por Mar a Carolina Torrealba Sandoval, Jueza Suplente.í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Bernardo, veintiocho de Febrero de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-02-28T15:05:16-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 46 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de San Bernardoº CAUSA ROL : C-3902-2019 CARATULADO : BANCO DE CHILE/QUEZADA San Bernardo, veintiocho de Febrero de dos mil veintid s.ó VISTOS Que por presentaci n de 24 de julio de 2019 comparece don Roberto Grant Deló Rio, abogado en representaci n de Banco de Chile, cuyo representante legal es donó Eduardo Ebensperger Orr

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